Premios Participa-Acció IV Edición para el ejercicio 2025 - GVA.ES
Premios Participa-Acció IV Edición para el ejercicio 2025
Qué es
Convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la IV edición de los premios PARTICIPA-ACCIÓ, que tienen por objeto destacar proyectos ejecutados en el territorio de la Comunitat Valenciana por entidades locales, entidades ciudadanas, centros docentes y ciudadanía (personas físicas), que aporten valor e innovación a favor de la participación ciudadana y del fomento del asociacionismo, y las trayectorias personales que tienen que ver con ellos.
1. Podrán participar en los premios las personas físicas y las entidades mencionadas en la base segunda de las bases reguladoras establecidas por la Resolución de 24 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Participa-Acció, y la convocatoria de su IV edición para el ejercicio 2024, que hayan realizado proyectos innovadores y de calidad, que fomenten la participación ciudadana y el asociacionismo en los dos años anteriores a la convocatoria.
También podrán participar las personas y entidades mencionadas por la realización de proyectos y/o actividades que sean continuación de otros ya iniciados en anteriores años si persisten los fines por los que se iniciaron, o si existe previsión de continuarlos en el tiempo.
En la modalidad 3 la propuesta de candidatura conformada por personas físicas acreedoras al reconocimiento por su trayectoria personal solo podrá presentarse por entidades ciudadanas, casas regionales y centros valencianos en el exterior, y referida respectivamente al reconocimiento que se otorgue en su ámbito propio.
2. No podrán concurrir a la presente convocatoria, en las modalidades 1 y 2, las personas físicas o entidades que hayan resultado premiadas en alguna de las dos modalidades de las dos últimas convocatorias de los premios Participa-Acció.
3. Será incompatible formar parte del órgano de valoración con la participación como entidad o persona beneficiaria en esta convocatoria.
A quién va dirigido
Modalidades 1 (proyectos de participación ciudadana) y 2 (proyectos de educación para la participación):
- Entidades locales cuyo ámbito territorial sea inferior al provincial.
- Entidades ciudadanas.
- Casas regionales.
- Centros valencianos en el exterior.
- Centros docentes.
- Ciudadanía (personas físicas).
Modalidad 3 (trayectorias personales relevantes para el fomento del asociacionismo, o para la mayor integración y participación ciudadana, en los ámbitos específicos de actividad de las entidades ciudadanas, las casas regionales y los centros valencianos en el exterior):
- Personas físicas.
Entidades locales:
- Estar inscritas en el Registro de Entidades Locales de la Comunitat Valenciana.
Entidades ciudadanas:
- Estar inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones o en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana o en aquellos registros especiales, establecidos por la normativa vigente.
- Estar adaptadas, en el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones, al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y, en el caso de fundaciones, a la Ley 8/1998, de 9 de diciembre, de Fundaciones de la Comunitat Valenciana, o a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (para fundaciones de ámbito estatal).
Centros docentes:
- Estar inscritos en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.
Ciudadanía:
- Personas físicas que gocen de la condición política de valencianos y valencianas de acuerdo con el concepto recogido en el artículo 3.1 del Estatuto de Autonomía (todos los ciudadanos españoles que tengan o adquieran vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunitat Valenciana).
Cómo se tramita
Presentación de la solicitud acompañada de la documentación requerida.
En la valoración de los proyectos que opten a ganar uno de los premios regulados en las bases del anexo I de la Resolución de 24 de octubre de 2024 y en esta convocatoria, en sus modalidades 1 y 2, y en la valoración de las trayectorias personales que opten al reconocimiento a través de uno de los premios regulados en la modalidad 3, se podrá obtener un máximo de 100 puntos, de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en la base séptima de dicho anexo:
A) ADECUACIÓN/PERTINENCIA: contextualización y justificación de la actuación (35 puntos).
1º. Contextualización (15 puntos).
2º. Justificación del proyecto (20 puntos).
B) CALIDAD DEL PROYECTO: alineación entre objetivos, actividades y resultados. Transversalización de enfoques de género y de sostenibilidad medioambiental en las actividades. Incorporación de metodologías participativas. Instrumentos de evaluación. Descripción de resultados. (50 puntos).
1º. Lógica de la gestión del proyecto (20 puntos).
2º. Resultados y aprendizajes (30 puntos).
C) SOSTENIBILIDAD/CONTINUIDAD: Contribución a la creación de redes y socialización de resultados (15 puntos).
1º. Trabajo en Red (5 puntos).
2º. Devolución y socialización de resultados (10 puntos).
Para determinar los premios, se tendrá en cuenta la adecuación de los proyectos presentados acciones y trayectorias personales, a los criterios de valoración establecidos en la base séptima. Será requisito necesario para poder optar a la obtención de un premio, el haber superado una puntuación mínima de 50 puntos.
En la valoración de las trayectorias personales que opten al reconocimiento a través de uno de los premios regulados en estas bases y convocatoria en su modalidad 3, se podrá obtener un máximo de 100 puntos, de acuerdo con los criterios objetivos siguientes:
a) Realización de actividades de importancia y trascendencia social, institucional o técnica para la puesta en valor de la participación ciudadana, en alguno de los ámbitos de reconocimiento previstos (25 puntos).
b) Realización de aportaciones o innovaciones de importancia para el fomento del asociacionismo valenciano, en alguno de los ámbitos de reconocimiento previstos (25 puntos).
c) Contribución a la mayor visibilidad, prestigio y empatía del asociacionismo valenciano en alguno de los ámbitos de reconocimiento de esta modalidad de los premios (25 puntos).
d) Dedicación y esfuerzo notables durante el desempeño de su liderazgo o en el ejercicio de su cargo, en alguno de los ámbitos de reconocimiento previstos (25 puntos).
Los proyectos presentados serán examinados y valorados por el Jurado, que determinará, por orden de puntuación de mayor a menor, los aspirantes seleccionados para la concesión de premio, de acuerdo con los límites establecidos en el resuelvo 4 de esta convocatoria.
En caso de empate de las mejores proposiciones presentadas en las modalidades 1 y 2, se considerará primero al proyecto que tenga mayor puntuación en:
- Resultados y aprendizajes.
Si persiste el empate, se considerará primero al proyecto que tenga mayor puntuación en:
- Lógica de la gestión del proyecto.
Si persiste el empate, se considerará primero al proyecto que tenga mayor puntuación en:
- Justificación del proyecto.
Si persiste el empate, se considerará primero al proyecto que tenga mayor puntuación en:
- Contextualización
Si persiste el empate, se considerará primero al proyecto que tenga mayor puntuación en:
- Devolución y socialización de resultados
Si persiste el empate, se considerará primero al proyecto que tenga mayor puntuación en:
- Trabajo en Red
Si persiste el empate, quien haya presentado la solicitud en primer lugar, teniendo en cuenta la entrada de registro.
En caso de empate de las mejores candidaturas presentadas en la modalidad 3, se considerará
primero la de la persona candidata que tuviera mayor edad.
El órgano de valoración podrá proponer, mediante informe motivado, dejar desierto el premio convocado, cuando se consideren insuficientes los méritos de las entidades o personas solicitantes o que figuren en las candidaturas presentadas.
46010 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 10060, de 05/03/2025).
La solicitud formalizada en todos sus apartados, especificará la modalidad a la que se presenta, y deberá ir acompañada de los siguientes documentos, dependiendo de la modalidad.
Modalidades 1 y 2:
a) Documento de proyecto técnico, con una extensión máxima de 20 páginas, que se cumplimentará, única y exclusivamente, en la “Ficha de candidatura IV edición Premios Participa-Acció”, disponible en la página web: http://participacio.gva.es/es/web/participacio/convocatorias-y-subvenciones .
La no presentación del proyecto técnico en la “Ficha de candidatura IV edición Premios Participa-Acció” según bases reguladoras y con los requisitos señalados en el punto dos de este apartado, determinará la exclusión de la convocatoria.
b) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
c) Para las Entidades Ciudadanas, Centros Docentes y Entidades Locales de ámbito territorial inferior al provincial: Certificado de inscripción en el Registro correspondiente, de conformidad con lo establecido en la base sexta de esta convocatoria y novena de las bases reguladoras.
d) Para la Ciudadanía (personas físicas): Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente, y Certificado acreditativo de tener la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de la Comunitat Valenciana (certificado de empadronamiento).
Modalidad 3:
a) Memoria explicativa que recoja el currículum vitae o la trayectoria personal de la persona candidata, con una extensión máxima de 20 páginas, que se cumplimentará, única y exclusivamente, en la “Ficha de candidatura IV Edición Premios Participa-Acció”, disponible en la página web de la Dirección General de Transparencia y Participación de la Presidencia de la Generalitat:
http://participacio.gva.es/es/web/participacio/convocatorias-y-subvenciones
Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma telemática tal y como se establece en el apartado quinto de la convocatoria.
Las entidades y personas solicitantes obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la LPAC, presentarán las solicitudes exclusivamente de forma telemática.
Dónde dirigirse
46001 - València/Valencia
- Resolución de 26 de febrero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria de la IV edición de los Premios Participa-Acción, para el ejercicio 2025
- Extracto de la Resolución de 26 de febrero de 2025, por la que se efectúa la convocatoria de la IV edición de los Premios Participa-Acció, para el ejercicio 2025.
Alegación / Aportación
Resolución
La resolución se dictará en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Transcurrido el plazo señalado sin que se haya producido resolución expresa se entenderá que las solicitudes han sido desestimadas, a los efectos previstos por el artículo 25 de la LPAC.
CUANTÍA:
Los premios, en el caso de las modalidades 1 y 2, consistirán en un certificado o un diploma de reconocimiento y, adicionalmente, en la asignación económica establecida en la base cuarta de las bases reguladoras de la Resolución de 24 de octubre de 2024.
De acuerdo con la propuesta de concesión del órgano de valoración, regulado en la base duodécima de las bases reguladoras, se concederán los siguientes premios:
- Modalidad 1. Proyectos de participación ciudadana:
Primer premio 6.000 euros.
Segundo premio 3.500 euros.
Tercer premio 2.000 euros.
- Modalidad 2. Proyectos de educación para la participación, tanto en el ámbito formal como en el ámbito no formal:
Primer premio 6.000 euros.
Segundo premio 3.500 euros.
Tercer premio 2.000 euros.
Los premios, en el caso de la modalidad 3, consistirán en un certificado o diploma de reconocimiento, otorgándose un único reconocimiento en cada uno de los ámbitos específicos de actividad de las casas regionales, entidades ciudadanas y centros valencianos en el exterior.
En caso de existir crédito sin adjudicar, por declararse desierto alguno de los premios de una determinada modalidad (1 o 2), dicho crédito incrementará proporcionalmente el importe de los restantes premios de la misma modalidad.
En caso de existir crédito sin adjudicar, por declararse desiertos todos los premios de alguna
de las modalidades 1 y 2, dicho crédito incrementará proporcionalmente el importe de los premios de la otra modalidad que no haya quedado desierta.
PAGO:
El pago de la totalidad del importe del premio en las modalidades 1 y 2 se realizará una vez dictada la resolución de concesión de los premios convocados y publicada la misma en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.
A las cantidades concedidas en concepto de premio se les aplicarán las retenciones fiscales que correspondan.
El procedimiento de concesión de los premios será en régimen de concurrencia competitiva.
El órgano de valoración, previsto en la base duodécima de la Resolución de 24 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Participa-Acció, y la convocatoria de su IV edición para el ejercicio 2024, se constituirá en la fecha prevista en la resolución de su nombramiento o, si no hubiera de ser nombrado, en la fecha indicada en el anuncio en que se publique la identidad de sus miembros.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y candidaturas a los premios, y, en su caso, realizadas las subsanaciones oportunas, el jurado correspondiente, las examinará teniendo en consideración la documentación presentada y sus conocimientos para valorar estas propuestas y, a través del órgano instructor del procedimiento, elaborará la propuesta de concesión de estos premios.
46001 - València/Valencia
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