Convocatoria subvenciones para proyectos de inversión en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas; Línea estratégica B: Adquisición de vehículos adaptados o adaptación de vehículos que sean necesarios para el desarrollo de la actividad de los centros en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas. - GVA.ES
Convocatoria subvenciones para proyectos de inversión en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas; Línea estratégica B: Adquisición de vehículos adaptados o adaptación de vehículos que sean necesarios para el desarrollo de la actividad de los centros en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas.
Qué es
Se convoca en régimen de concurrencia competitiva para ayudas destinadas a la adquisición de vehículo adaptados s o ayudas para la adaptación de vehículos que sean necesarios para el desarrollo de la actividad de centros gestionados por entidades locales y entidades sin fin de lucro del sistema...
- Orden 3/2020, de 17 de abril de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento y...
- Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan subvenciones para entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para proyectos de inversión en materia de equipamiento, vehículos, obras y proyectos de obras, en el...
A quién va dirigido
A) Entidades locales de la Comunitat Valenciana. inscritas en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana, antes de la propuesta de la resolución de la subvención.
B) Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas. inscritas en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana
a) Estar inscritos en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana.
b) Acreditar que disponen de un plan de igualdad ya sea de ámbito municipal o de centro de trabajo, en el caso de que, de conformidad con la legislación que les sea de aplicación, sea exigible. En el caso de no ser exigible se justificará la concurrencia de las causas de no obligatoriedad.
c) Requisitos específicos centro:
1.Si se trata de centros en funcionamiento deberán haber obtenido la Resolución de autorización de funcionamiento conforme a lo establecido en el Decreto 59/2019 de 12 de abril, del Consell, de ordenación del sistema público valenciano de servicios sociales (en adelante D59/2019). Se exceptúan los centros de servicios sociales municipales donde se ubiquen los equipos profesionales.
2. Si se trata de centros que no están en funcionamiento o vehículo para iniciar su funcionamiento, deberán haber obtenido visado previo o informe favorable del proyecto, emitido por la Oficina Técnica de Obras y Proyectos de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas (en adelante OT), con carácter previo la propuesta de resolución concesión de la ayuda.
En el supuesto de centros en construcción las obras deberán finalizar antes del 1 de septiembre de 2023.
En todo caso las plazas deberán ponerse a disposición del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.
3. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria, aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cómo se tramita
Las solicitudes deberán ir dirigidas a la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia donde se ubique el centro o espacio en el que se desarrolla el servicio.
La Comisión de Valoración, constituida según lo establecido en la Orden 3/2020, de 17 de abril y en el Resuelvo duodécimo de la Resolución de 23 de mayo de 2023 analizará y valorará los expedientes remitidos por las Direcciones Territoriales, y elaborará, siguiendo el orden de puntuación obtenido, una relación priorizada por cada línea estratégica y sublínea y tipo de entidad y elevará al órgano competente para la concesión de subvenciones, las propuestas de concesión a favor del número de beneficiarios que permitan las disponibilidades de crédito.
Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Infraestructuras de Servicios Sociales la resolución de las solicitudes previo informe y propuesta de la Comisión de Valoración.
Puntuación total máxima Línea Estratégica B de 15 puntos.
A) Criterio de necesidad e impacto ambiental. Hasta 10 puntos.
a) Por la eficiencia energética y emisiones de los vehículos hasta 6 puntos (según clasificación IDAE).
a. Clasificación A: 6 puntos
b. Clasificación B: 4 puntos
c. Clasificación C: 2 punto
d. Otra clasificación: 0 puntos
b) Por la necesidad. Hasta un máximo de 4 puntos.
a. Centros ubicados fuera del núcleo urbano a una distancia superior a 5 km y que no dispongan de vehículo 4 puntos
b. Centros ubicados fuera del núcleo urbano y a una distancia inferior a 5 km que no dispongan de vehículo 2 puntos
B) Adecuación a los fines y plazas concertadas. Máximo 5 puntos.
a) Adquisición de vehículos adaptados o adaptación de vehículos para el transporte colectivo necesarios para el funcionamiento de los centros de titularidad EELL y centros acción concertada centro, 5 puntos.
a. Centros titularidad de las EELL, 5 puntos.
b. Centros concertados del sistema público valenciano, 5 puntos
b) Adquisición de vehículos adaptados o adaptación de vehículos que sean necesarios para el funcionamiento de los centros de titularidad EELL y centros acción concertada, 8 puntos.
a. Centros titularidad de las EELL, 4 puntos.
b. Centros concertados del sistema público valenciano, 4 puntos
c) Otros supuestos: 3 puntos
Se entenderá por transporte colectivo aquellos vehículos que cuenten con más de 5 plazas útiles para el transporte de los usuarios (excluido el conductor).
03002 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46001 - València/Valencia
Formularios
- (ANEXO II) SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE VEHÍCULOS
- (ANEXO VI) CERTIFICADO DE ACUERDO DEL ÓRGANO COMPETENTE
- (ANEXO VII) ACREDITACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD
- (ANEXO VIII) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE FINALIZACIÓN DE OBRAS
- (ANEXO IX) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO 7 DE LA ORDEN DE BASES
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (ANEXO X) COMPROMISO DISPOSICIÓN DE PLAZAS
Solicitud
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9606, de 30.05.2023).
Formularios
- (ANEXO II) SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYECTOS DE INVERSIÓN EN MATERIA DE VEHÍCULOS
- (ANEXO VI) CERTIFICADO DE ACUERDO DEL ÓRGANO COMPETENTE
- (ANEXO VII) ACREDITACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD
- (ANEXO VIII) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE FINALIZACIÓN DE OBRAS
- (ANEXO IX) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO 7 DE LA ORDEN DE BASES
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (ANEXO X) COMPROMISO DISPOSICIÓN DE PLAZAS
No se devengan tasas por el trámite.
Resolución
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