Convocatoria de subvenciones para proyectos de inversión en el ámbito de la igualdad y las políticas inclusivas; Línea estratégica D: Redacción de proyectos básicos y de ejecución cuyo contenido será el necesario para la realización de obras.

Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Código SIA: 2985648
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Código GVA: 22997
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Plazo cerrado

Desde 31-05-2023

Hasta 20-06-2023

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Se convoca en régimen de concurrencia competitiva para el ejercicio 2023 y ayudas destinadas a la redacción de proyectos básicos y de ejecución para:

 

1.Construcción de centros nuevos con el siguiente destino:

 

- Atención primaria básica en caso de que el solicitante sea entidad local

- Todos los niveles de atención en el caso de que el solicitante sea una entidad sin fin de lucro.

 

2.Reforma de centros con el siguiente destino:

 

- Atención primaria (básica y específica) y secundaria en caso de que el solicitante sea una entidad local.

- Todos los niveles de atención en el caso de que el solicitante sea una entidad sin fin de lucro.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 31-05-2023 hasta 20-06-2023

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

A) Entidades locales de la Comunitat Valenciana, inscritas en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana, antes de la propuesta de la resolución de la subvención.

B) Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el Registro general de titulares de actividades, de servicios y centros de servicios sociales de la Comunitat Valenciana , antes de la propuesta de la resolución de concesión de la subvención.

 

Requisitos

a) Acreditar que disponen de un plan de igualdad ya sea de ámbito municipal o de centro de trabajo, en el caso de que, de conformidad con la legislación que les sea de aplicación, sea exigible. En el caso de no ser exigible se justificará la concurrencia de las causas de no obligatoriedad.

b) Las solicitudes para la redacción de proyectos deberán obtener informe previo favorable de viabilidad de la OT.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Las solicitudes deberán ir dirigidas a la Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia donde se ubique el centro o espacio en el que se desarrolla el servicio.

La Comisión de Valoración, constituida según lo establecido en la Orden 3/2020, de 17 de abril y en el Resuelvo duodécimo de la Resolución de 23 de mayo de 2023, analizará y valorará los expedientes remitidos por las Direcciones Territoriales, y elaborará, siguiendo el orden de puntuación obtenido, una relación priorizada por cada línea estratégica y sublínea y tipo de entidad y elevará al órgano competente para la concesión de subvenciones, las propuestas de concesión a favor del número de beneficiarios que permitan las disponibilidades de crédito.

Corresponde a la persona titular de la Dirección General de Infraestructuras de Servicios Sociales la resolución de las solicitudes previo informe y propuesta de la Comisión de Valoración.

 

Criterios de valoración

Puntuación total máxima Línea Estratégica D de 20 puntos.

PROYECTOS PARA CENTROS:

A) Necesidades de recursos existentes en la zona de su implantación, hasta un máximo de 10 puntos. Este criterio se evaluará mediante su adecuación al mapa de necesidades de la Conselleria competente en servicios sociales (Decreto 34/2021 de 26 de febrero del Consell) y el Plan de Infraestructuras de Servicios Sociales Resolución de 29 de junio de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se aprueba el primer Plan de Infraestructuras de Servicios Sociales 2021-2025 (DOGV núm. 9119).

B) Disponibilidad del terreno, adecuación y compatibilidad urbanística del emplazamiento, hasta un máximo de 5 puntos.

C) Otras mejoras y criterios sociales (proyecto social y sostenible, condiciones de habitabilidad, eficiencia energética, economicidad, plazo de ejecución), hasta un máximo de 5 puntos.

 

 

Órganos de tramitación
Dirección Territorial de Igualdad y Políticas Inclusivas de la provincia donde radique la entidad.

Solicitud

Plazo
Desde 31-05-2023 hasta 20-06-2023

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9606, de 30.05.2023).

Documentación
a) Acuerdo del órgano competente de la corporación local o de la entidad sin ánimo de lucro por el que se aprueba solicitar la subvención a la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. b) Acreditación de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social...
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Tasa o pago

No se devengan tasas por el trámite.

Forma de presentación
Telemática
Las solicitudes se presentarán por vía telemática, en la sede electrónica de la Generalitat https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=3&idioma=es&idProcGuc=22997&idCatGuc=PR&login=c Para cualquier problema técnico en la solicitud...
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    Resolución

    Plazo máximo
    El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de seis meses, desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución, sin perjuicio de que pueda ampliarse en los términos previstos en la legislación básica de procedimiento administrativo común. Concluido este...
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    Cuantía y cobro
    El pago de las subvenciones se ajustará a lo dispuesto en el artículo 171 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, en los siguientes plazos y porcentajes: a) Se anticipará un 15% del importe de la subvención tras...
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    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Recurso que procede contra la resolución
    Otros
    Obligaciones
    Las entidades beneficiarias de la subvención quedan obligadas a: a) Realizar y acreditar la actuación que fundamenta la concesión de la subvención, admitiéndose los gastos y justificantes, que acrediten su realización, siempre que hayan tenido lugar en el período indicado. El plazo de ejecución...
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    Órganos resolución
    Dirección General de Infraestructuras de Servicios Sociales, por delegación de la consellera.
    Sanciones
    1. Se podrá dejar sin efecto la subvención concedida o minorar su cuantía, con reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia de los intereses de demora, desde el momento del pago de la subvención en los supuestos del artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de...
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    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el trámite
    Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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    MATERIAS

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