Ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Ayudas Next Generation EU). Convocatoria 2023. - GVA.ES
Ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Ayudas Next Generation EU). Convocatoria 2023.
Qué es
Conceder ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, tanto en el ámbito urbano como rural, para la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la...
Actuaciones subvencionables
Se consideran actuaciones subvencionables las de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda con los límites de inversión máxima subvencionable establecidos en el artículo siguiente, siempre que se obtenga una reducción de al menos un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
Además, en edificios situados en las zonas climáticas C, D y E, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación, deberá asimismo conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según corresponda, de al menos:
- Zonas climáticas D y E: un 35%
- Zona climática C: un 25%
Los edificios protegidos oficialmente por formar parte de un entorno declarado o debido a su particular valor arquitectónico o histórico, en los que estén limitadas las actuaciones sobre los elementos que componen la envolvente térmica no tendrán que cumplir con la reducción de demanda establecida en el punto anterior. No obstante, aquellos elementos de la envolvente sobre los que se pueda intervenir deben cumplir con los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en la tabla 3.1.1.a -HE1 y 3.1.3.a -HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.
Asimismo, en los edificios en los que se hayan realizado en los últimos cuatro años intervenciones de mejora de la eficiencia energética en las que pueda acreditarse que se redujo la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración en un porcentaje igual o superior al establecido anteriormente, quedan eximidos del cumplimiento del requisito de reducción de demanda energética anual global de calefacción y refrigeración. Cuando en dichas intervenciones no se alcanzará una reducción igual o superior al porcentaje establecido, podrá considerarse satisfecho el requisito si con la consideración conjunta de las actuaciones realizadas en las citadas intervenciones y las que se realicen en la actuación objeto de la solicitud, se alcanzará el correspondiente porcentaje de reducción de demanda establecido, lo que deberá acreditarse mediante la correspondiente certificación de eficiencia energética.
Coste subvencionable
Podrá formar parte del coste subvencionable de la actuación, además del coste de las obras, la gestión inherente al desarrollo de la actuación y los gastos asociados, los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados. No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos, ni gastos financieros e intereses deudores y los demás gastos financieros, salvo las bonificaciones de intereses o las bonificaciones de comisiones de garantía incluidas en las regiones de ayuda y las excepciones previstas en el resto de los instrumentos financieros.
No obstante, el IVA, podrá ser considerado elegible siempre y cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial.
Cuantía de las ayudas
a) Ayudas objetivas
En función del ahorro en consumo de energía primaria no renovable conseguido mediante la actuación, el porcentaje de la ayuda a conceder será:
- Entre el 30 % y el 45 %: el porcentaje máximo de la subvención será del 40%
- Entre el 45 % y el 60 %: el porcentaje máximo de la subvención será del 65%
- Más del 60 %: el porcentaje máximo de la subvención será del 80%
Respecto a la cuantía máxima de la ayuda por vivienda son las siguientes:
- Entre el 30 % y el 45 %: 6.300 € por vivienda y 56 €/m2 por locales comerciales
- Entre el 45 % y el 60 %: 11.600 € por vivienda y 104 €/m2 por locales comerciales
- Más del 60 %: 18.800 € por vivienda y 168 €/m2 por locales comerciales
b) Ayudas complementarias – Personal por vulnerabilidad
Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguna de las unidades de convivencia propietarias o usufructuarias de las viviendas incluidas en el edificio objeto de rehabilitación de acuerdo con la base séptima de esta resolución, de forma exclusiva para la unidad de convivencia propietaria o usufructuaria de la vivienda afectada, podrá obtener una ayuda personal adicional a la anterior, hasta alcanzar el 100 % como máximo, no superando las cuantías indicadas en el cuadro siguiente distinguiendo las viviendas en edificio plurifamiliar y unifamiliar:
- Entre el 30 % y el 45 %: 15.750 € o 20.250 €
- Entre el 45 % y el 60 %: 17.846 € o 22.308 €
- Más del 60 %: 22.308 € o 22.308 €
c) Ayudas complementarias para la retirada, la manipulación, el transporte y la gestión de los residuos de amianto
La cuantía máxima podrá incrementarse con la cuantía definida para la Ayuda a la retirada, la manipulación, el transporte y la gestión de los residuos de amianto, se realizará la comparación de los siguientes valores:
- Número de viviendas multiplicado por la cantidad de 1.000 euros por vivienda.
-Cuantía máxima de 12.000 euros por edificio.
d) Ayudas complementarias de la Generalitat por motivos de vulnerabilidad
En aquellos supuestos en que existan edificios ocupados por personas con un alto grado de vulnerabilidad, se podrá conceder una ayuda complementaria a la Ayuda de Rehabilitación de Edificio, que podrá alcanzar hasta el 10 % de la inversión realizada, impuestos incluidos, siempre y cuando no puedan ser compensados, con cargo a los presupuestos de la Generalitat Valenciana.
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE núm. 341, de 31/12/2020)
- Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE núm. 239, de 06/10/2021)
- Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones de los programas de actuaciones del Plan de recuperación, transformación y resiliencia y su convocatoria...
A quién va dirigido
Podrán ser beneficiarios o destinatarios últimos de las ayudas, y por tanto solicitantes de las ayudas:
a) Las personas, físicas o jurídicas (ya tengan naturaleza privada o pública), y que sean propietarias o usufructuarias de:
- Viviendas unifamiliares aisladas.
- Viviendas unifamiliares adosadas o en hilera.
- Viviendas unifamiliares entre medianeras en las que no exista división horizontal.
- Edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas.
b) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las administraciones públicas propietarias de los inmuebles.
c) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal.
d) Las personas propietarias que, de forma agrupada, posean edificios que reúnan los requisitos establecidos por el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
e) Las sociedades cooperativas de viviendas compuestas de forma agrupada por personas propietarias de viviendas o edificios que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil, así como por las personas propietarias que conforman comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios constituidos conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal, y por cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
f) Las empresas arrendatarias o concesionarias de los edificios, así como cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato vigente, que les otorgue la facultad expresa para acometer las obras de rehabilitación objeto del programa.
EXCLUSIONES: En el caso de viviendas unifamiliares, no podrán obtener esta ayuda las partes beneficiarias que ya lo sean para las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas del PRTR.
Tampoco podrán obtener esta ayuda cuando se haya solicitado cualquier otra ayuda procedente de fondos europeos para el mismo coste.
Los edificios, para optar a esta subvención han de cumplir:
a) Que al menos el 50 % de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja, entreplanta o plantas inferiores si tiene o tienen otros usos compatibles, tenga uso residencial de vivienda.
b) Que las actuaciones cuenten con el Acuerdo de la Comunidad de Propietarios de que se trate, salvo en los casos de edificios de persona propietaria única, y con la autorización o autorizaciones administrativas correspondientes, cuando sea preceptivo.
Cómo se tramita
El procedimiento se tramita telemáticamente.
Los particulares, propietarios únicos de edificios, solicitantes de las ayudas, que no dispongan de medios técnicos para formalizar la solicitud, podrán acudir, durante el plazo de presentación de solicitudes, a las dependencias de las Direcciones Territoriales de la Conselleria sitas en la avenida Aguilera, número 1 (03007 Alicante); Avenida del Mar, número 16 (12003 Castellón de la Plana), y en la calle Gregorio Gea, número 27 (46009 Valencia), o en las Oficinas de la red XALOC reguladas mediante el Decreto 199/2021, de 10 de diciembre, del Consell, de creación de la Red de oficinas locales de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana (Xarxa XALOC), donde serán asistidos por personal técnico para su presentación.
46018 - València/Valencia
Formularios
- (SOL-EDIF) SOLICITUD DE AYUDAS A NIVEL DE EDIFICIO
- CONTRATO DE SERVICIOS DE AGENTE DE LA REHABILITACIÓN EN LA SOLICITUD DE AYUDAS DEL PRTR EN MATERIA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA VIVIENDA PARA EL AÑO 2023
- CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTOR DE LA REHABILITACIÓN EN LA SOLICITUD DE AYUDAS DEL PRTR EN MATERIA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA VIVIENDA PARA EL AÑO 2023
- (CES-COB) MODELO DE CESIÓN DE COBRO
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (DEC-RES-03) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DNSH
- (DEC-RES-02) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES
- (DEC-RES-01) DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS
- (DEC-RES-04) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE INFORMACIÓN SOBRE AYUDAS DE ESTADO Y MINIMIS
- (DEC-RES-05) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO (UE) 651/2014
- (DEC-RES-06) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
- (DEC-RES-07) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TÉCNICO COMPETENTE MANIFESTANDO SU COMPETENCIA PROFESIONAL PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES EJECUTADAS
- (DEC-RES-08) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PODER ADJUDICADOR SOBRE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS
- AUTORIZACIÓN DE CONSULTA TELEMÁTICA DE DATOS PARA BECAS, AYUDAS Y SUBVENCIONES
- (SOL-EDIF) SOLICITUD DE AYUDAS A NIVEL DE EDIFICIO
- CONTRATO DE SERVICIOS DE AGENTE DE LA REHABILITACIÓN EN LA SOLICITUD DE AYUDAS DEL PRTR EN MATERIA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA VIVIENDA PARA EL AÑO 2023
- CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTOR DE LA REHABILITACIÓN EN LA SOLICITUD DE AYUDAS DEL PRTR EN MATERIA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA VIVIENDA PARA EL AÑO 2023
- (CES-COB) MODELO DE CESIÓN DE COBRO
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (DEC-RES-03) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DNSH
- (DEC-RES-02) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES
- (DEC-RES-01) DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS
- (DEC-RES-04) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE INFORMACIÓN SOBRE AYUDAS DE ESTADO Y MINIMIS
- (DEC-RES-05) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO (UE) 651/2014
- (DEC-RES-06) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
- (DEC-RES-07) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TÉCNICO COMPETENTE MANIFESTANDO SU COMPETENCIA PROFESIONAL PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES EJECUTADAS
- (DEC-RES-08) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PODER ADJUDICADOR SOBRE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS
- AUTORIZACIÓN DE CONSULTA TELEMÁTICA DE DATOS PARA BECAS, AYUDAS Y SUBVENCIONES
Solicitud
El plazo para la presentación de la solicitud de ayudas se iniciará el 6 de junio de 2023 y finalizará el 28 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
Plazo de ejecución de las obras
El plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de veintiséis meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. En cualquier caso, todas las actuaciones deberán finalizarse antes del 30 de junio de 2026.
Formularios
- (SOL-EDIF) SOLICITUD DE AYUDAS A NIVEL DE EDIFICIO
- CONTRATO DE SERVICIOS DE AGENTE DE LA REHABILITACIÓN EN LA SOLICITUD DE AYUDAS DEL PRTR EN MATERIA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA VIVIENDA PARA EL AÑO 2023
- CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTOR DE LA REHABILITACIÓN EN LA SOLICITUD DE AYUDAS DEL PRTR EN MATERIA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA VIVIENDA PARA EL AÑO 2023
- (CES-COB) MODELO DE CESIÓN DE COBRO
- MODELO DE DOMICILIACIÓN BANCARIA
- (DEC-RES-03) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DNSH
- (DEC-RES-02) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE AUSENCIA DE CONFLICTOS DE INTERESES
- (DEC-RES-01) DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS
- (DEC-RES-04) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE INFORMACIÓN SOBRE AYUDAS DE ESTADO Y MINIMIS
- (DEC-RES-05) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO (UE) 651/2014
- (DEC-RES-06) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
- (DEC-RES-07) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TÉCNICO COMPETENTE MANIFESTANDO SU COMPETENCIA PROFESIONAL PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES EJECUTADAS
- (DEC-RES-08) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PODER ADJUDICADOR SOBRE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS
- AUTORIZACIÓN DE CONSULTA TELEMÁTICA DE DATOS PARA BECAS, AYUDAS Y SUBVENCIONES
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
- REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA - VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 València
Tel: 012
- REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA - CASTELLÓN
AVDA. DEL MAR, 16
12003 Castelló de la Plana
Tel: 012
- REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA - ALICANTE
AVDA. AGUILERA, 1
03007 Alacant/Alicante
Tel: 012
- Oficinas de la red XALOC reguladas mediante el Decreto 199/2021, de 10 de diciembre, del Consell, de creación de la Red de oficinas locales de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana (Xarxa XALOC), donde serán asistidos por personal técnico para su presentación.
Dónde dirigirse
03007 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
- El trámite para dar de alta una nueva cuenta bancaria, modificarla o darla de baja se puede realizar telemáticamente, consulte: PROPER. Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias (Domiciliación bancaria). Trámite automatizado:
- Plan de medidas antifraude de la Vicepresidencia segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática en la ejecución de medidas financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR):
- Principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente:
- Página web de la Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética sobre las ayudas
- Herramienta Re10: Circularidad (análisis del desmontaje y adaptabilidad en rehabilitación de edificios residenciales):
- Herramienta para el estudio de gestión de residuos de construcción y demolición:
- Herramienta RenovEU (estimación de inversión necesaria y posibles ayudas):
Subsanación
La aportación de documentación para completar o subsanar un expediente de ayudas, podrá realizarse hasta que concluya el plazo de subsanación de reparos a las solicitudes de ayudas, según la fecha de comunicación del reparo o requerimiento por parte de la Administración.
El trámite tiene por objeto la presentación telemática de documentación a un expediente de solicitud de subvenciones del programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como consecuencia de una...
Formularios
- (SOL-EDIF) SOLICITUD DE AYUDAS A NIVEL DE EDIFICIO
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- CONTRATO DE SERVICIOS DE GESTOR DE LA REHABILITACIÓN EN LA SOLICITUD DE AYUDAS DEL PRTR EN MATERIA DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA EN EL ÁMBITO DE LA VIVIENDA PARA EL AÑO 2023
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- (DEC-RES-01) DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS
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- (DEC-RES-05) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO (UE) 651/2014
- (DEC-RES-06) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMPROMISO EN RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
- (DEC-RES-07) DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL TÉCNICO COMPETENTE MANIFESTANDO SU COMPETENCIA PROFESIONAL PARA LA REALIZACIÓN DE LAS ACTUACIONES EJECUTADAS
- (DEC-RES-08) DECLARACIÓN RESPONSABLE DE PODER ADJUDICADOR SOBRE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS
- AUTORIZACIÓN DE CONSULTA TELEMÁTICA DE DATOS PARA BECAS, AYUDAS Y SUBVENCIONES
La atención presencial se prestará en la correspondiente Dirección Territorial de Vivienda y Arquitectura Bioclimática de Alicante, Castellón y Valencia, y en las Oficinas de la red XALOC reguladas mediante el Decreto 199/2021, de 10 de diciembre, del Consell.
La presentación de la documentación conlleva la aceptación de la recepción de notificaciones telemáticas a través del buzón personal en el portal de la Generalitat destinado a la "Administración on-line".
Resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
46018 - València/Valencia
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