Solicitud de aprobación de la asistencia pericial en los supuestos de especial complejidad. - GVA.ES
Solicitud de aprobación de la asistencia pericial en los supuestos de especial complejidad.
Conselleria de Justicia y Administración Pública
Desde 03-05-2023 00:00:00h
Qué es
En la tramitación y abono de gastos de las pruebas periciales realizadas por personal técnico privado se debe realizar una solicitud dirigida al órgano administrativo competente en materia de justicia, para la aprobación del pago de facturas en atención a supuestos excepcionales de especial complejidad, que exceden los importes económicos establecidos por baremo.
- DECRETO 175/2021, de 29 de octubre, del Consell, de aprobación del reglamento de asistencia jurídica gratuita.
- Orden 1/2023, de 31 de enero, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, sobre organización y funcionamiento del procedimiento para la puesta a disposición de los órganos judiciales y del Ministerio Fiscal del servicio de asistencia pericial, para su intervención en los...
A quién va dirigido
Personal técnico privado perteneciente a colegio profesional o, en su defecto, entidad análoga, academia e institución cultural y científica.
Cuando el coste exceda de los importes económicos establecidos en el baremo que figura como Anexo I a la presente orden, siempre que se ponga de manifiesto que concurren al menos dos de los siguientes requisitos:
a) Que la asistencia pericial consista en la valoración de un número elevado de objetos o personas, o el dictamen sea de considerable extensión, siempre y cuando esta resulte especialmente compleja.
b) Que para realizar el dictamen pericial sea necesario utilizar medios, y estos sean especialmente costosos y no se puedan entender como habituales. En estos casos el órgano administrativo competente en materia de justicia podrá avanzar los gastos necesarios para realizar el dictamen.
c) Que, atendida la naturaleza del objeto del dictamen, este requiera la intervención de más de un profesional.
En este supuesto, si el órgano administrativo competente en materia de justicia considera que concurren al menos dos de los tres requisitos enumerados, podrá autorizar el incremento de la cantidad que correspondería según el Baremo hasta un máximo de un 40 %.
Cómo se tramita
Cuando se prescinda total o parcialmente del procedimiento descrito, el órgano administrativo competente en materia de justicia únicamente abonará las cantidades establecidas en el Baremo que figura como Anexo I a la presente orden.
Cuando la designación para la prueba pericial se efectúe por un Juzgado en funciones de Guardia, no será necesario presentar, con carácter previo a la emisión del dictamen, la documentación prevista en el Anexo IV, sin perjuicio de su posterior presentación
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Formularios
Solicitud
No hay plazo de presentación.
Modelo normalizado para supuestos de especial complejidad.
No hay tasas asociadas a este trámite
Resolución
El órgano administrativo competente en materia de justicia dispondrá del plazo máximo de quince días hábiles desde la recepción de la documentación para aprobar o denegar motivadamente el pago. La resolución que deniegue el pago se pronunciará sobre la obligatoriedad o no de aceptar la peritación.
Modelo normalizado para supuestos de especial complejidad.
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