Recurso potestativo de reposición a un expediente de las convocatorias de ayudas de la Vicepresidencia segunda y conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, correspondientes al año 2021 y anteriores.

Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Código SIA: 3013500
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Código GVA: 24745
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Plazo abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

El trámite tiene por objeto la presentación telemática de un recurso potestativo de reposición a la resolución de calificación definitiva y abono de la ayuda, de minoración, de revocación, correspondiente a expedientes del año 2021 y anteriores, de las convocatorias de ayudas de vivienda en materia de rehabilitación, informe de evaluación del edificio (IEE.CV), alquiler o compra de vivienda para jóvenes en municipios pequeños y/o riesgo de despoblación, por no considerarla ajustada a derecho.

 

Aquellas personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse con la Administración de forma electrónica, pueden optar por presentar el recurso de reposición telemáticamente o de manera presencial en los registros regulados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

Los certificados admitidos en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana se ajustan a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras Medidas de Reforma Administrativa.

 

Con carácter general, se puede tramitar con DNIe, FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y con los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV. También se admitirán todos los certificados reconocidos incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación (TSL) establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Las personas interesadas en un expediente del año 2021 y anteriores, de ayudas de vivienda en materia de rehabilitación, informe de evaluación del edificio (IEE.CV), alquiler o compra de vivienda para jóvenes en municipios pequeños y/o riesgo de despoblación.

Requisitos

Ser persona interesada y tener certificado digital o DNI electrónico. Además, se debe manifestar el motivo y fundamento de su disconformidad con la resolución objeto de recurso, así como lo señalado en el art.115 Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las...

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Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución impugnada.

Documentación
El recurso potestativo de reposicion y, en su caso, aquella documentación que fundamente el motivo del recurso presentado.
Forma de presentación
Telemática
1. Para iniciar el trámite telemático deberá pinchar en el icono "SOLICITUD Presentación autenticada " de esta misma página, donde la persona solicitante se identificará con un certificado de firma digital aceptado por la Generalitat. Deberá disponer de certificado electrónico reconocido por la...
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Resolución

Plazo máximo
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes.
Observaciones

Contra la resolución del recurso de reposición no cabe ningún otro recurso administrativo. Se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación.