Solicitud de Certificación de Convalidación Medioambiental - GVA.ES
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud:
ABIERTO
desde 20-10-2017
Información básica
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Solicitud
Tramitación
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Posibilitar a las empresas de la Comunitat Valenciana la deducción en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades de un porcentaje del importe de las inversiones realizadas en elementos patrimoniales del inmovilizado material, destinadas a la protección del medio ambiente consistentes en instalaciones que tengan por finalidad:
1.ª Evitar la contaminación atmosférica y acústica procedente de instalaciones industriales.
2.ª Evitar la carga contaminante que se vierta a las aguas superficiales, subterráneas y marinas.
3.ª Favorecer la reducción, recuperación o tratamiento de residuos industriales propios.
La ley 27/2014 de 27 de noviembre, del impuesto sobre sociedades, ha derogado las deducciones de carácter medioambiental desde el 1 de enero de 2015.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
La empresa / representante que vaya a realizar la inversión.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (BOE nº 61, de 11/03/04).
- Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (BOE nº 189 de 6/8/04).
- Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el Patrimonio (BOE nº 285, de 29/11/06).
- Ley 2/2011, de 5 de marzo, de Economía Sostenbile (BOE nº 55, de 5 de marzo de 2011).
- Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación. (DOGV núm. 9327 de 28 de abril de 2022
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Durante todo el año, antes de iniciar el plazo del ejercicio fiscal.
Formularios y documentación
- Impreso de solicitud dirigido a la Dirección General del Cambio Climático y Calidad Ambiental, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica acompañado de la siguiente documentación:
- Fichas técnicas (en formato hoja de cálculo, ver enlace).
- Memoria técnica que contenga la información necesaria a aportar según fichas técnicas, así como cualquier otra información adicional que se estime conveniente ampliar.
Impresos asociados
Tasa o pago
Tasa o pago
Tasas 2023:
Modelo 046-9842: Tasa por servicios administrativos medioambientales
Certificado de convalidación medioambiental: 363,82 euros
http://www.agricultura.gva.es/administracion-electronica
Presentación
Presentación
Telemática
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL: http://www.gva.es/proc02541
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), ambos emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana, pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat, entre ellos el certificado emitido por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados).
En caso de que la solicitud se hiciera presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica.
Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
En caso de que se quiera tramitar un procedimiento electrónico en representación de otras personas físicas o jurídicas, se deberá proceder a la correspondiente inscripción en el Registro de Representantes (http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/). La inscripción electrónica en el Registro de Representantes por parte de los representados puede realizarse utilizando un certificado cualificado de ciudadano (si es persona física) o de sello electrónico de entidad (si es persona jurídica).
Normativa
Normativa
Enlaces
Enlaces
- Pago Telemático Genérico
- Sistemas de verificación de Firma
- Fichas Técnicas
- Entidades Colaboradoras y formas de pago
- Web de la ACCV para firmar digitalmente documentos PDF
- Solicitud de Certificación de Convalidación Medioambiental
- Sistemas de Firma Electrónica admitidos y/o usados en la Sede
- Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Completar el trámite telemático y aportar la documentación solicitada, incluyendo la solicitud, y resto de documentación antes descrita . El trámite se deberá realizar con certificado electrónico reconocido en la sede electrónica de la Generalitat.
Con la presentación del impreso de solicitud y la aportación de la documentación requerida, se inicia la tramitación del expediente con la incorporación del número de registro del expediente, comunicando al interesado la apertura del mismo.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
Observaciones
Observaciones
Recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de de Medio Ambiente y Cambio Climático, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órganos resolución
Órganos resolución
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí