Obtención electrónica del certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF correspondiente a rendimientos, no profesionales ni empresariales, obtenidos por perceptores que no mantienen relación laboral ni funcionarial con la Generalitat - GVA.ES
Obtención electrónica del certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF correspondiente a rendimientos, no profesionales ni empresariales, obtenidos por perceptores que no mantienen relación laboral ni funcionarial con la Generalitat
Organismo: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Solicitud
Tramitación
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
Este trámite tiene como objeto acreditar las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF practicados por la Generalitat sobre los rendimientos del trabajo obtenidos por los perceptores detallados en el apartado “¿Quién puede solicitarlo?”, declarados en el resumen anual del modelo 190 presentado ante la AEAT.
Mediante este trámite se obtiene, en soporte electrónico, el certificado de IRPF correspondiente a retenciones e
ingresos a cuenta del IRPF correspondiente a rendimientos, no profesionales ni empresariales, obtenidos por perceptores que no mantienen relación laboral ni funcionarial con la Generalitat.
Observaciones
Observaciones
En caso de imposibilidad de obtener el certificado, y debidamente acreditada la causa de su no obtención, los
solicitantes podrán comunicar la incidencia a través de:
• Formulario de consulta sobre Dudas del Trámite, al que se puede acceder a través del enlace que figura en el
apartado final “Dudas sobre la tramitación telemática”
• La cuenta de correo electrónico certificadosrenta@gva.es.
La consulta sólo podrá ser atendida si el solicitante facilita los siguientes datos:
a) Identificación completa: nombre completo y NIF.
b) Entidad pagadora de los rendimientos (Generalitat Valenciana, Organismo Autónomo).
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
• Terceros que no mantienen una relación laboral ni funcionarial con la Administración del Consell ni sus
entidades públicas adheridas, a quienes la Generalitat abona rendimientos que no pueden calificarse, por la
condición en que se prestan, como procedentes de actividades profesionales o empresariales, sino que constituyen rendimientos del trabajo obtenidos, entre otros, en los supuestos siguientes:
• Rendimientos derivados de la impartición de cursos, seminarios, conferencias y otras actividades formativas
similares.
• Asistencia a tribunales en procesos selectivos, así como participación en su organización y desarrollo.
• Obtención de premios literarios, científicos o artísticos no exentos de gravamen (no comprende la obtención de
premios de azar).
• Rendimientos derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas (siempre que se hubiera cedido el derecho a su explotación).
• Prestación de servicios de arbitraje en los procedimientos arbitrales de consumo y sindicales, siempre que el servicio no se preste en calidad de profesional independiente.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº. 302, de 18/12/2003).
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (BOE» núm 213, de 05/09/2007.)
- Decreto 57/2013, de 3 de mayo, expedición electrónica IRPF (DOCV núm. 7018, de 07/05/2013).
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Los certificados electrónicos se pondrán a disposición del contribuyente con anterioridad a la apertura del plazo de declaración de este impuesto y permanecerán disponibles durante el plazo de validez tributaria de los datos.
Formularios y documentación
No se requiere, ya que el trámite se realiza exclusivamente de forma telemática.
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
C/ PALAU, 14
46003 - València/Valencia