Solicitud de subvenciones al transporte universitario en la Comunitat Valenciana

Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

Código SIA: 210582
|
Código GVA: 274
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Plazo cerrado

Desde 12-07-2024

Hasta 12-08-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

La finalidad de estas subvenciones es facilitar el acceso a la universidad a los alumnos universitarios, beneficiarios últimos de esta subvención, que residan en poblaciones distintas de los centros universitarios donde cursan sus estudios, cuando concurran los requisitos establecidos en la...

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Plazos
SolicitudPlazo cerrado
12-07-2024 al 12-08-2024
SubsanaciónPlazo abierto
Alegación / AportaciónPlazo abierto
Observaciones

El plazo para presentar la documentación justificativa finaliza el 15 de noviembre de 2024.

La documentación se presentará, una vez se publique la resolución de concesión, mediante el siguiente enlace:

http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=274

 

A quién va dirigido

Empresas
Administración
Personas interesadas

Podrán solicitar esta subvención las siguientes entidades:

- Asociaciones de estudiantes universitarios

- Cooperativas de consumidores y usuarios cuyo objeto sea el transporte de alumnado universitario

- Ayuntamientos, y subsidiariamente, para aquellas rutas donde no concurran alguna de estas entidades, las empresas de transporte público regular permanente de uso general.

Quedan excluidas las empresas en crisis definidas en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DOUE C 249 de 31.07.2014).

 

Subvenciones destinadas exclusivamente a ENTIDADES.
EL ESTUDIANTADO UNIVERSITARIO NO PUEDE SOLICITAR ESTA SUBVENCIÓN

Requisitos

Para la concesión de estas subvenciones se deberán cumplir los requisitos siguientes:

1. La distancia entre la población o poblaciones desde las que se preste el servicio de transporte y el campus universitario destino de cada ruta no será inferior a 20 km ni superior a 90 km.

2. El tiempo de duración del trayecto no será superior a 90 minutos.

3. El servicio de transporte deberá prestarse en la totalidad de los periodos lectivos del curso académico 2023-2024 y los horarios deberán ajustarse a los de la jornada lectiva.

4. El punto de destino y el de origen del retorno será el propio campus universitario de las universidades públicas valencianas, de conformidad con lo previsto en el artículo cuarto, punto primero de esta resolución de convocatoria.

5. La prestación del servicio se realizará a riesgo y ventura de la empresa que haya de realizar el transporte, y siempre cumpliendo aquello que dispone la normativa reguladora de la actividad del transporte por carretera.

6. En el supuesto de empresas de transporte público regular permanente de uso general, estas deberán aplicar un descuento a los estudiantes universitarios, que en ningún caso podrá ser inferior al 25 por ciento sobre las tarifas oficiales, vigentes al inicio del curso académico 2023-2024, aprobadas por la dirección general competente en materia de transporte, de la conselleria correspondiente. En todo caso, tal descuento deberá ser adicional al que sea de aplicación en otros títulos multiviajes comercializados de uso general, si los hubiere.

7. Cuando diferentes entidades presenten solicitud de subvención para una misma ruta, con igual localidad origen e igual campus universitario de destino, solo podrá computarse el censo universitario de dicha localidad a una única solicitud, con el orden de prelación establecido en el artículo 2 de esta convocatoria.

En caso de concurrencia entre un mismo tipo de entidad solicitante se asignará el censo de la localidad a aquella entidad solicitante que ofrezca el servicio de transporte a un mayor número de alumnado universitario.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

La tramitación y presentación de la solicitud se realizará únicamente por medios electrónicos en la plataforma de tramitación de la GVA.

 

En caso de duda sobre la convocatoria, puede consultar la información publicada en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/universidad/ayudas-al-transporte-universitario

 

http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=274

 

Criterios de valoración

Las subvenciones se concederán a aquellas entidades cuyas solicitudes reúnan los requisitos que se establecen en esta convocatoria y la cuantía de la subvención será determinada proporcionalmente en función de los parámetros: «Distancia Kilométrica», «Ponderación sobre Distancia» y «Número de Estudiantes» que le corresponda a cada una de las paradas realizadas en los diferentes municipios que conforman la ruta.

 

Ver «criterios de concesión» en el artículo quinto de la resolución de convocatoria.

Órganos de tramitación
Subdirección General de Universidades

Solicitud

Plazo
Plazo cerrado

El plazo de presentación de solicitudes telemáticas será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 9890 de 11.07.2024)

Forma de presentación
Telemática
De conformidad con el artículo anterior, el acceso directo a este trámite concreto estará disponible en el siguiente enlace: http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=274. En el supuesto de presentar el solicitante más de una solicitud por ruta se considerará válida la última...
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    Subsanación

    Plazo
    Plazo abierto

    El plazo para resolver el procedimiento se suspenderá por el tiempo entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, por el del plazo concedido.

    Descripción

    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma reguladora del procedimiento, el órgano competente le requerirá que subsane en el plazo de 10 días.

    Forma de presentación

    Alegación / Aportación

    Plazo
    Plazo abierto
    Descripción

    Usted tiene derecho a formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que tendrán que ser tenidos en cuenta por el órgano competente en redactar la propuesta de resolución. Todo ello de conformidad con el artículo 53 de la Ley...

    Saber más
    Forma de presentación

    Resolución

    Plazo máximo
    La resolución deberá ser dictada y notificada en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de fin del plazo de presentación de las solicitudes
    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Obligaciones
    Los beneficiarios de la subvención tienen las siguientes obligaciones: 1. Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda. 2. Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la...
    Saber más
    Órganos resolución
    Dirección General de Universidades

    Desistimiento

    Descripción

    Con este trámite usted puede cejar en su solicitud o, cuando esto no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. El desistimiento consiste en abandonar la solicitud y el procedimiento iniciado. Si la normativa lo permite, en otro momento podrá usted ejercer su derecho.

    Forma de presentación

    Renuncia

    Descripción

    En la renuncia se abandona definitivamente la acción y por tanto el derecho que se pretende hacer valer a través de aquella, por lo cual la pretensión no podrá volver a ser ejercitada. La Administración aceptará la renuncia, declarando concluso el procedimiento, salvo que se hayan personado...

    Saber más
    Observaciones

    Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Forma de presentación

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