Solicitud de matrícula y pago de la tasa para la realización de las pruebas de los niveles A2, B1 y B2 de conocimientos de valenciano (Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, JQCV) - GVA.ES
Solicitud de matrícula y pago de la tasa para la realización de las pruebas de los niveles A2, B1 y B2 de conocimientos de valenciano (Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, JQCV)
Qué es
Obtención de los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano siguientes:
- Certificado de nivel A2 de conocimientos de valenciano.
- Certificado de nivel B1 de conocimientos de valenciano.
- Certificado de nivel B2 de conocimientos de valenciano.
* CALENDARIO DE EXÁMENES:
- Las pruebas de los niveles A2, B1 y B2 se realizará en dos jornadas. En la primera jornada, 4 de octubre de 2025, se evaluarán las áreas de comprensión oral, comprensión escrita, estructuras lingüísticas y expresión e interacción escritas:
Niveles A2 y B2: 16:00 horas
Nivel B1: 9:00 horas
- En la segunda jornada se evaluará el área de expresión e interacción orales, que se realizará el día 25 de octubre de 2025 en horario de tarde en todas las sedes. Los aspirantes podrán consultar la hora de convocatoria para realizar el área de expresión e interacción orales en la web de la JQCV con anterioridad a la prueba.
- Consulte calendario de pruebas en: https://jqcv.gva.es/es/calendari-proves
* LOCALIDADES DE EXAMEN
- Alacant, Alcoi, Alzira, Benidorm, Buñol, Borriana, Castelló de la Plana, Dénia, Elda, Elx, Gandia, Llíria, Ontinyent, Orihuela, Paterna, Sagunt, Segorbe, Sueca, Torrent, València, la Vall d'Uixó, Villena, Vinaròs i Xàtiva.
* CENTROS DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS: consulte la web https://jqcv.gva.es/es/centres-examen
- Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, regula los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, el personal examinador y la homologación y validación de otros...
- RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, por la que se convocan las pruebas para la obtención de los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano y se nombra la Comisión Coordinadora y las comisiones...
- CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, por la que se convocan las pruebas para la obtención de los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano y se nombra la Comisión...
A quién va dirigido
- Las personas interesadas en obtener los certificados mencionados, al margen de los estudios reglados.
- Las personas interesadas podrán matricularse en todos los niveles de conocimientos de lengua que deseen, siempre que las pruebas no coincidan en el mismo día y a la misma hora. Consulte el calendario de pruebas:
https://jqcv.gva.es/es/calendari-proves)
- Para matricularse en las pruebas de la JQCV es requisito imprescindible haber cumplido los 16 años en el momento de realizar la prueba.
- Las personas interesadas pueden matricularse del nivel que quieran sin necesidad de acreditar el nivel anterior.
Cómo se tramita
- El pago de la tasa se realizará exclusivamente por vía telemática.
- Las personas interesadas podrán tramitar la solicitud sin certificado digital denominado "SOLICITUD. Presentación no autenticada o con certificado digital des del botón denominado "SOLICITUD. Presentación autenticada".
Esta tramitación requiere los pasos siguientes:
1. Rellenar el formulario en línea.
2. Anexar la documentación, si hace falta.
3. Pagar las tasas de manera telemática.
4. Registrar/Validar la solicitud electrónicamente.
5. Guardar el justificante de inscripción.
- Para poder participar en las pruebas hay que haber completado hasta el final el procedimiento de inscripción: la cumplimentación de la solicitud con los datos personales, el nivel y la localidad deseada, el pago de las tasas correspondientes y el registro electrónico de la solicitud.
- La solicitud de matrícula y el pago de la tasa se considerará presentada y registrada ante la Administración en el momento que sea completado todo el proceso telemático y las persones aspirantes tendrán que imprimir el justificante generado de registro y pago como confirmación de la presentación telemática y llevarlo el día de la prueba.
-La matrícula y el pago de la tasa en las diferentes pruebas de certificación tendrá que hacerse individualmente para cada nivel.
- En caso de que se presente más de una solicitud de matrícula para el mismo nivel, será válida la última registrada.
ATENCIÓN A LOS ASPIRANTES CON DIVERSIDAD FUNCIONAL
1. Las personas con diversidad funcional acreditada que quieran una atención especial el día de la prueba tienen que indicarlo en la solicitud de inscripción telemática.
2. Los participantes que se acojan a esta opción tienen que adjuntar en el momento de formalizar la inscripción el informe médico o el certificado de la adaptación de tiempo y/o medios requerida expedido por los servicios competentes en materia de diversidad funcional de la Generalitat Valenciana, de las otras comunidades autónomas o hacerlo llegar a la JQCV en cualquier de las formas que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. Las adaptaciones que la JQCV puede arbitrar para las personas que lo solicitan y lo justifican adecuadamente en el momento de inscribirse son las siguientes:
a) Mesa adaptada a una silla de ruedas.
b) Ampliación de tiempo de duración de la prueba.
c) Aumento del tamaño de la letra de la prueba.
d) Intérprete de lengua de signos.
e) Adaptación de la prueba al sistema Braille de escritura.
f) Persona de apoyo para la realización de la prueba.
g) Posibilidad de uso de aparatos técnicos de apoyo (ordenador, auriculares, etc).
h) Otros, con la especificación de cuales en la casilla correspondiente.
4. Las personas que no solicitan la adaptación de la prueba en la forma adecuada y dentro de los plazos especificados en este artículo de la resolución no tendrán derecho a ninguna adaptación.
46015 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
El periodo de matrícula telemática de los niveles A2, B1 y B2 será desde las 9:00 horas del 16 de junio a las 23:59 horas del 25 de junio de 2025, sin necesidad de petición previa de turno.
1. La matrícula se realizará exclusivamente de manera telemática, incluido el pago de la tasa.
2. Las personas aspirantes con exención o bonificación de la tasa deberán adjuntar la siguiente documentación en el trámite telemático, si procede:
- Título de familia numerosa.
- Título de familia monoparental.
- Certificado del grado de diversidad funcional o tarjeta acreditativa de persona con discapacidad expedido por el órgano competente en materia de diversidad funcional de la GVA o de otras comunidades autónomas.
- Resolución judicial o administrativa (en el caso de víctimas de violencia sobre la mujer).
* No hará falta que presenten los documentos acreditativos de las situaciones que dan derecho a la exención o bonificación cuando los documentos hayan sido elaborados por la Administración de la Generalitat Valenciana y si autorizan a la Consellería a consultar por medios telemáticos el grado de diversidad funcional, certificado de familia numerosa o certificado de familia monoparental.
3. Las personas con diversidad funcional acreditada y que soliciten adaptación de tiempo o medios para el día de la prueba tienen que indicarlo en la solicitud de matrícula y adjuntar en el trámite telemático el certificado de discapacidad y el informe médico o el certificado de la adaptación de tiempo y medios expedido por los servicios competentes en materia de diversidad funcional de la Generalitat Valenciana o de las otras comunidades autónomas.
4. Las personas matriculadas que por motivos de creencia religiosa y al amparo de las leyes 24/1992 y 25/1992, de 10 de noviembre, quieran participar en las pruebas en un horario alternativo, lo deben comunicar a la JQCV en el plazo de matriculación. La solicitud de horario alternativo disponible en el apartado "formularios" y la documentación acreditativa de la situación que da derecho a la participación en un horario alternativo deberá presentarse por registro de entrada dirigido a la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, d'1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
TASAS 2025:
Para participar en las pruebas se deberán abonar las siguientes tasas:
- A2: 13,94 euros
- B1: 18,71 euros
- B2: 18,71 euros
El abono de las tasas por vía telemática tiene una bonificación del 10% de la tasa. El ingreso del importe se realizará mediante tarjeta bancaria, bizum o cargo en cuenta dentro del plazo de matrícula.
EXENCIONES y BONIFICACIONES:
1. Exención total del pago de la tasa:
a) Los miembros de familias numerosas de categoría especial.
b) Los miembros de familias monoparentales de categoría especial.
c) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
d) Personas que hayan sido sujetas al sistema de protección de menores o al sistema judicial de reeducación en algún periodo de los tres años anteriores a la mayoría de edad.
e) Personas que sean mayores de 16 años y participen en programas de preparación para la vida independiente de los menores de acuerdo con el artículo 22 bis de la Ley Orgánica 1/1996, como complemento de una medida de protección jurídica del menor.
f) Personas mayores de 16 años y menores de 18 años que tengan a cargo personas con diversidad funcional o menores de edad, o sean víctimas de explotación sexual o tráfico de personas, o víctimas de violencia intrafamiliar.
2.Bonificación del 50% de la tasa:
a) Personas que tengan una discapacidad acreditada igual o superior al 33%.
b) Los miembros de familias numerosas de categoría general.
c) Los miembros de familias monoparentales de categoría general.
3. Los participantes que se acojan a la exención o bonificación de las tasas deben acreditarlo en el momento de formalizar la matrícula con la copia del título correspondiente o del carnet de familia numerosa, familia monoparental, del certificado o tarjeta de discapacidad o resolución judicial (en el caso de víctimas de violencia sobre la mujer). En los casos de los apartados d), e) y f), la acreditación de esta situación se hará mediante un un informe, certificado o resolución del Juez de Menores o de la Fiscalía de Menores, o bien con un informe o certificado del órgano competente en materia de protección de menores o de los servicios sociales municipales.
PASOS EN EL TRÁMITE CON CERTIFICADO ELECTRÓNICO: (Pulse "SOLICITUD. Presentación autenticada"): 1. Rellenar el formulario en línea. 2. Anexar la documentación, si es necesario. 3. Pago de las tasas de manera telemática. 4. Registrar la solicitud electrónicamente. 5. Guardar el justificante de...
El pago de la tasa se realizará exclusivamente por vía telemática a través de las páginas web siguientes:
sede.gva.es o https://provesjqcv.gva.es
En el caso que no se pudiese adjuntar la documentación complementaria en el procedimiento telemático (certificado de discapacidad, título de familia numerosa, etc) se podrá presentar:
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- En las oficinas de asistencia en materia de registros o en cualquier otro registro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Y, preferentemente, en:
Dónde dirigirse
46015 - València/Valencia
03007 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
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