Subvenciones para la financiación de actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, en el ámbito local

Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Código SIA: 3048274
|
Código GVA: 95165
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Plazo cerrado

Desde 09-05-2024

Hasta 29-05-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Convocar las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones de implementación y promoción, de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco de la Agenda 2030 a desarrollar por entidades locales de la Comunitat Valenciana.

 

Las iniciativas a subvencionar en la presente convocatoria consistirán en proyectos y actuaciones de implementación y promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el marco de la Agenda 2030 en el ámbito local, que podrán consistir en:

 

A.- Acciones de Implementación, territorialización y Agenda Urbana, cuyo importe máximo subvencionable será de 40.000 euros, entre las que se incluyen:

A.1. Proyectos para la adaptación de planes estratégicos municipales a la Agenda 2030.

B.- Acciones de formación, sensibilización y comunicación, cuyo importe máximo subvencionable será de 25.000 euros, entre las que se incluyen:

B.1. Acciones de formación, sensibilización y comunicación dirigidas a incrementar la información y el conocimiento por parte de la ciudadanía y agentes multiplicadores (asociaciones, grupos, colectivos, etc.), sobre actuaciones de implementación de los ODS de la Agenda 2030, de interés para la Comunitat Valenciana.

B.2. Acciones de formación y capacitación dirigidas al personal al servicio de las entidades solicitantes, con la finalidad de facilitar la implementación de proyectos relacionados con los ODS de la Agenda 2030.

B.3. Actuaciones que tengan como finalidad aumentar la participación ciudadana en la elaboración y seguimiento de políticas públicas orientadas a la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el ámbito municipal.

B.4. Actividades educativas diversas que podrán desarrollarse tanto en el ámbito de los centros educativos como en contextos de educación no formal (ludotecas, actividades extraescolares, escuelas de adultos, centros de juventud, etc), que contribuyan a conformar una ciudadanía crítica y comprometida con el desarrollo sostenible.

C.- Acciones de trabajo en red y alianzas, cuyo importe máximo subvencionable será de 25.000 euros.

C.1. Actuaciones dirigidas a la creación redes supramunicipales o de alianzas público- privadas que impliquen a agentes diversos para el impulso compartido de la Agenda 2030 en el ámbito local.

C.2. Actuaciones que tengan como finalidad aumentar la participación ciudadana en la elaboración y seguimiento de políticas públicas orientadas a la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el ámbito municipal.

 

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
09-05-2024 al 29-05-2024
SubsanaciónPlazo cerrado
15-07-2024 al 26-07-2024
Observaciones

La no aportación en plazo del Anexo de solicitud específica, en el que constará la información relativa a los datos de identificación de la entidad solicitante y los datos relativos a la actuación determinará la EXCLUSIÓN de la convocatoria.

En este Anexo se recogerá la FORMULACIÓN DEL PROYECTO, que reflejará los diferentes apartados objeto de valoración, así como las partidas presupuestarias previstas.

La documentación valorativa deberá adjuntarse a la solicitud y no será tenida en cuenta la presentada fuera del plazo de solicitud.

La solicitud de subvención y la aportación de documentación en trámites posteriores se realizará, en todo caso, de forma telemática en el trámite específico indicado en cada caso en la convocatoria.

 

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Entidades locales de ámbito inferior a la provincia de la Comunitat Valenciana

Requisitos

Cada entidad local solo podrá presentar una única solicitud a la presente convocatoria de subvenciones.

No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades locales incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

REQUISITOS DE LAS ACTUACIONES Todos los proyectos y actuaciones deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Los proyectos deberán obtener la puntuación mínima de 65 puntos sobre 100, en los criterios objetivos de valoración recogidos en la base sexta de la Orden de Bases.

b) Debe ser viable técnica y presupuestariamente. A los efectos de la presente convocatoria, no se considerará que un proyecto es viable técnica y presupuestariamente si en el informe de valoración técnica y presupuestaria se hace constar que se debe minorar la cuantía a subvencionar solicitada inicialmente en más de un 20 por 100.

c) Las actividades subvencionadas deberán identificar claramente las metas de los ODS que persigue.

d) Las actividades que se subvencionen podrán ejecutarse hasta el 31 de diciembre de 2024, pudiendo existir cuantías imputables a la subvención desde el 1 de enero de 2024. Las actividades subvencionadas deberán ejecutarse en el territorio de la Comunitat Valenciana.

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. La lista de las entidades solicitantes que hayan de subsanar la solicitud o adjuntar los documentos que no se presentaron con la solicitud, del resuelvo Octavo de la convocatoria, se publicará en la página web de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, en la url

 

https://inclusio.gva.es/es ,

con indicación que, si en el plazo de 10 días no se aportasen correctamente, se considerará que desisten de su solicitud, previa resolución por la que se declarará el motivo de exclusión.

 

2. La propuesta de resolución será publicada en la web de la Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, en la url

 

https://inclusio.gva.es/es,

 

al efecto de que las entidades interesadas puedan presentar alegaciones en el plazo de 10 días hábiles desde la publicación.

 

3. La Resolución por la cual se concedan o denieguen las subvenciones se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web de la Conselleria de Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, en la url

 

https://inclusio.gva.es/es

 

En la resolución constarán las entidades beneficiarias y la subvención concedida, así como, en su caso, las solicitudes excluidas y los motivos de denegación. Su publicación producirá los efectos de notificación a las personas interesadas, de acuerdo con lo que dispone la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

 

Criterios de valoración

Los criterios objetivos de valoración de las solicitudes presentadas a esta convocatoria serán los recogidos en la base reguladora Sexta de la Orden de Bases, con la ponderación establecida en el Anexo I de la resolución de convocatoria (DOGV).

Órganos de tramitación
Dirección General de Inclusión y Cooperación al Desarrollo

Solicitud

Plazo
Plazo cerrado

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento del mencionado plazo dará lugar a la exclusión de la convocatoria.

 

DOGV núm. 9844, de 08.05.2024

Documentación
DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA 1. Anexo de solicitud específica de subvenciones, en el que constará la información relativa a los datos de identificación de la entidad solicitante, los datos relativos a la actuación y la aportación documental. Además, en esta solicitud, se recogerá la formulación del...
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Subsanación

Plazo
Plazo cerrado

La documentación deberá aportarse en el plazo de 10 días hábiles, dicho plazo se iniciará el día siguiente de la publicación de este requerimiento en la página web de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, en las URL https://inclusio.gva.es y...

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Descripción

Aportación de documentación si se les ha requerido de subsanación; la documentación deberá aportarse en el plazo establecido en el correspondiente requerimiento.

Documentación
Las entidades solicitantes (o, en su caso, beneficiarias) adjuntarán los documentos establecidos en el requerimiento de subsanación. - Es recomendable que, en primer lugar, reúna todos los documentos a presentar y los guarde electrónicamente en su ordenador, de modo que posteriormente pueda...
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Forma de presentación
Telemática
Exclusivamente por internet, la presentación de la documentación requerida se deberá realizar de forma telemática, en el trámite específico de la convocatoria en el apartado de Subsanación, en la Sede Electrónica de la Generalitat, en la URL sede.gva.es

    Resolución

    Plazo máximo
    El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Transcurrido el mencionado plazo, sin que se haya dictado y notificado la resolución, las peticiones se entenderán...
    Saber más
    Cuantía y cobro
    La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función de la puntuación total obtenida por cada una de las entidades, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base sexta de la Orden de Bases, con un máximo global de financiación para todas ellas determinado por la...
    Saber más
    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Recurso que procede contra la resolución
    Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
    Obligaciones
    Las entidades beneficiarias están sujetas a las obligaciones generales derivadas de la normativa vigente sobre ayudas o subvenciones públicas y, en particular, a las que hace referencia el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como, en su caso, a las...
    Saber más
    Órganos resolución
    Titular de la Secretaría Autonómica de Familia y Servicios Sociales por delegación de la Vicepresidenta segunda del Consell y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda