Convocatoria del premio "Relatos destinados a personas con enfermedades neurodegenerativas" - GVA.ES
Convocatoria del premio "Relatos destinados a personas con enfermedades neurodegenerativas"
Qué es
Convocar para el ejercicio 2024 el premio “Relatos destinados a personas con enfermedades neurodegenerativas”.
Este premio tiene como fin concienciar a la sociedad acerca de las enfermedades neurodegenetativas, ofreciendo a través de un relato la visión de las mismas, así como las relaciones sociales de la persona enferma y/o las personas cuidadoras y familiares, dándoles a estas un cauce de expresión, así como también a cualquier persona física con inquietudes en la problemática. Sirviendo dichos relatos a la vez como material de lectura para las personas enfermas.
La concurrencia a la convocatoria de los premios Relatos destinados a personas con enfermedades neurodegenerativas es incompatible con la obtención de otros premios y ayudas por el mismo proyecto. El hecho de que una misma persona obtuviese premios o ayudas por el proyecto que nos ocupa dará lugar a la correspondiente modificación de la resolución de concesión.
El libramiento de los premios podrá realizarse en un acto publico organizado por la dirección general con competencias en materia de Personas Mayores.
En el caso de que las solicitudes presentadas no reúnan los requisitos establecidos en la Orden 1/2020 y en el resuelvo noveno de la presente resolución o cuando no se alcance el 50% de la puntuación establecida en el resuelvo octavo de ésta, se podrá declarar desierta la convocatoria.
Condiciones técnicas de las obras
1. Las obras deberán ser originales e inéditas en toda su extensión.
2. Los trabajos podrán estar escritos, indistintamente, en valenciano o en castellano.
3. Las obras se presentarán mecanografiadas con letra tipo Times New Roman o Arial, de tamaño 12 y con interlineado doble. Si se presentan en registro físico, se presentarán impresas en papel tamaño DIN A4 y por una sola cara. Si se presentan telemáticamente, se adjuntará en formato PDF.
4. Los trabajos tendrán un contenido mínimo de 500 palabras y máximo de 3.000 palabras.
5. El tema será libre.
6. El relato deberá estar escrito de forma simple y clara.
7. El número de personajes que aparezca en él no será superior a 5.
8. Quedarán excluidos aquellos trabajos cuyo autor o autora, contenido o presentación no se ajuste a los requisitos previstos en esta orden.
A quién va dirigido
Podrán participar las personas físicas mayores de 18 años, o menores de esta edad, con autorización firmada por el padre, la madre, el tutor o la tutora legal, y residentes en España. No pudiendo concurrir a la convocatoria las obras que anteriormente hayan resultado premiadas.
Cada participante podrá presentar un único relato.
Ser mayor de edad o menor edad con autorización firmada por padre, madre o tutor/a y, residente en España.
Encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Hacienda de la Generalitat, y con la Seguridad Social.
La persona participante no podrá estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria de subvenciones públicas, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones de reintegro de subvenciones que, en su caso, se le hubiesen exigido
Cómo se tramita
Cada una de las obras se identificará con un título y se presentará acompañada de una solicitud de participación, debidamente cumplimentada, cuyo modelo se adjunta como Anexo I, expresando la aceptación de las bases y a la que se le asignará un número de registro.
En el caso de presentación en registro físico, el apartado A) de la solicitud, relativo a los datos personales del autor o autora de la obra, debidamente firmado, y sellado e identificado con el número de registro, se introducirá en un sobre, donde se hará constar este número de registro, que quedará en poder de la Dirección General de Personas Mayores. El autor o autora se quedará una copia sellada.
El apartado D) de la solicitud (ficha de identificación de la obra), sellada e identificada con el número de registro, se pegará en la parte posterior del sobre en que se ha entregado la obra. Se sellarán cada una de les 5 copias presentadas en las que se hará constar este número de registro.
En el caso de presentación telemática, se presentarán los formularios cumplimentados y un ejemplar del relato en formato PDF en el que además del texto de la obra, figure un pseudónimo escogido por los autores/as. Dicho pseudónimo constará también en el interior del formulario de solicitud, no pudiendo aparecer ninguna referencia al mismo en el nombre de los ficheros anexados.
En la valoración de las obras presentadas el jurado tendrá en cuenta:
a) La facilidad e hilo conductor entre la historia y los personajes, facilitando en todo caso su comprensión, sin infantilismos.
b) La calidad literaria.
c) La coherencia narrativa.
d) La defensa de valores no discriminatorios y la ruptura de estereotipos.
Cada un de los apartados citados se valorará con un 25% de la puntuación total.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante la instrucción del expediente se publicarán los requerimientos de subsanación y demás trámites a cumplimentar en el...
Solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV Num. 9852, de 20.05.2024)
En cualquiera de los registros de las sedes de la Dirección General con competencias en materia de Personas Mayores de Alicante, Castellón o Valencia, o en cualquiera de los lugares que, con carácter general, reconoce el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento...
- Resolución de 24 de abril de 2024, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda por la que se convoca para el ejercicio 2024 el Premio Literario de Relatos destinados a Personas con Enfermedades Neurodegenerativas. (DOGV Num. 9852, de 20.05.2024)
- Extracto de la Resolución de 24 de abril de 2024, de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, por la que se convoca para el ejercicio 2024 el premio literario «Relatos destinados a personas con enfermedades neurodegenerativas». (DOGV Num. 9852, de 20.05.2024)
Subsanación
Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos o no se acompañe la documentación que resulte exigible en la norma de convocatoria, se notificará a la persona solicitante y se le requerirá para que, de conformidad con la legislación de procedimiento administrativo común, en el plazo de 10...
Saber másDe acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante la instrucción del expediente se publicarán los requerimientos de subsanación y demás trámites a cumplimentar en el...
Resolución
Preguntas frecuentes
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