Becas Manuela Solís para la realización de estudios universitarios en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano y de estudios de Enseñanzas Artísticas Superiores

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Código SIA: 3057558
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Código GVA: 95885
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 20-12-2024

Hasta 20-01-2025

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    Qué es

    Qué es y para qué sirve

    Las becas Manuela Solís están destinadas a estudiantes que estén cursando estudios universitarios en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano (universidades públicas y privadas), así como estudios de Enseñanzas Artísticas Superiores, durante el curso académico 2024-2025.

    Estas ayudas están orientadas a apoyar a familias con recursos económicos limitados, facilitando el acceso a la educación superior y promoviendo la igualdad de oportunidades.

    Plazos
    SolicitudPlazo cerrado
    Desde 20-12-2024 hasta 20-01-2025
    SubsanaciónPlazo abierto
    Alegación / AportaciónPlazo abierto
    Observaciones

    Información adicional: página web becas Manuela Solís

    A quién va dirigido

    Ciudadanía
    Personas interesadas

    Estudiantado que curse los siguientes estudios en modalidad presencial:

    • Grado
    • Másteres Habilitantes (que habilitan para el ejercicio de profesiones reguladas)
    • Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores

    No se incluyen:

    • Másteres Universitarios no Habilitantes
    • Máster en Enseñanzas Artísticas
    • Tercer ciclo o doctorado
    • Estudios de especialización
    • Estudios propios de las universidades o centros de Enseñanzas Artísticas Superiores
    Requisitos

    Nacionalidad:

    • Ser español o ciudadano de la Unión Europea.
    • Si eres ciudadano de la Unión Europea o familiar de uno, debes tener residencia permanente o trabajar en España.

    Los requisitos de nacionalidad deben cumplirse a fecha 31 de diciembre de 2023. Excepcionalmente, para solicitantes de estatuto de refugiado o protección subsidiaria, el permiso de residencia legal podrá obtenerse hasta el 31 de agosto de 2024.

    Residencia:

    Debes estar empadronado en un municipio de la Comunitat Valenciana dentro del plazo de presentación de solicitudes.

    Estudios:

    • Debes estar cursando estudios presenciales en el curso académico 2024-2025.
    • No puedes tener ya un título del mismo nivel o superior al que solicitas la beca.
    • No te puede quedar solo un examen de idiomas para obtener el título.

    Requisitos económicos y académicos:

    Debes cumplir con los requisitos económicos y académicos establecidos en la convocatoria.

     

    Cómo se tramita

    Proceso de tramitación

    La tramitación y presentación de la solicitud se realizará únicamente por medios electrónicos en la plataforma de tramitación de la GVA.

    En caso de duda sobre la convocatoria, puede consultar la información publicada en este enlace.

    Puede comprobar que su solicitud ha sido correctamente presentada revisando el resguardo accesible en su carpeta ciudadana.

    Información de contacto completa:

    • Servicio de Gestión de Becas y Ayudas Universitarias - Dirección General de Universidades - Avda. Campanar, 32 46015 València.
    • Teléfono 012.
    • Si llama fuera de la Comunitat Valenciana: +34 963 866 000

    E-mail: becasmanuela@gva.es

    Criterios de valoración

    El procedimiento para la concesión de estas becas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.  Se concederán becas a los estudiantes que cumplan los requisitos hasta agotar el presupuesto. Si se supera el presupuesto disponible:

    Se ordenarán las solicitudes de mayor a menor según la nota media (por lo tanto, los estudiantes con una nota media inferior a la del último estudiante que recibe beca quedarán excluidos).

    En caso de empate, tiene preferencia la persona solicitante con menores ingresos y de persistir el empate se adjudicará al sexo infrarrepresentado en la titulación en la que estén matriculados.

    Entidades colaboradoras de certificación

    Solicitud

    Plazo
    Desde 20-12-2024 hasta 20-01-2025

    El plazo de presentación de solicitudes telemáticas será de un mes a contar desde el día siguiente de publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (Publicación DOGV 19-12-2024)

    En el supuesto de presentar más de una solicitud se considerará únicamente válida la última presentada.

    Tasa o pago

    La presentación de la solicitud es gratuita

    Forma de presentación
    Telemática

    Tienes información sobre la tramitación electrónica en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/universidad/informacio-sobre-la-tramitacio-electronica

    Subsanación

    Plazo
    Plazo abierto

    Se te concede un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, para que acompañes los documentos requeridos.

    Si no lo hicieras se te tendrá desistido de tu petición, previa resolución dictada en los términos establecidos.

    Para el cálculo de los días hábiles no se tienen en cuenta los sábados, domingos y festivos.

    Más información: artículo 21 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

     

    Descripción

    Si tu solicitud no está completa o no cumple con los requisitos, la Administración te lo notificará y te dará un plazo para que lo corrijas o completes

    Si no la completas o corriges en ese plazo, se entenderá que has renunciado a ella.

     

    Forma de presentación

    Alegación / Aportación

    Plazo
    Plazo abierto

    En cualquier fase del procedimiento, hasta antes del trámite de audiencia.

    Descripción

    Puedes presentar alegaciones, aportar documentos y usar todos los medios de defensa que la ley te permite.

    Contacto: becasmanuela@gva.es

    Más información: Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

     

     

    Forma de presentación

    Resolución

    Plazo máximo

    La resolución se publica y notifica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en un plazo máximo de seis meses a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria (DOGV núm. 10009 de 19/12/2024).

     

    Asimismo, se publica en la página web de la Conselleria Educación, Cultura, Universidades y Empleo

    Información de contacto completa:

    • Servicio de Gestión de Becas y Ayudas Universitarias - Dirección General de Universidades - Avda. Campanar, 32 46015 València.
    • Teléfono 012.
    • Si llama fuera de la Comunitat Valenciana: +34 963 866 000

    E-mail: becasmanuela@gva.es

     

     

    Cuantía y cobro

    La beca tiene dos partes:

     

    • Cuantía fija: 3.500 € para todos las personas solicitantes que cumplan los requisitos.

    • Cuantía ligada a la excelencia académica: depende de la nota media:

    - Nota media entre 9,00 y 9,49: 1.000 €

    - Nota media de 9,50 o más: 2.500 €

     

    Ejemplo:

    Una persona estudiante con una nota media de 9,75 recibiría una beca de 6.000 € (3.500 € de cuantía fija + 2.500 € por excelencia académica).

     

    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Recurso que procede contra la resolución
    Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
    Obligaciones

    Los beneficiarios/as de estas ayudas tienen las siguientes obligaciones:

    1. Matricularse y mantener la matrícula durante el curso académico.

    2. Cumplir con los requisitos y condiciones para recibir la beca.

    3. Colaborar con la administración en las comprobaciones necesarias.

    4. Comunicar a la entidad que concede la beca si recibe otras becas o subvenciones para la misma finalidad.

    5. Informar a la entidad que concede la beca si anula la matrícula o si hay algún cambio en las condiciones que se tuvieron en cuenta para concederle la beca.

    6. Utilizar la beca para la finalidad para la que se concede.

     

    Desistimiento

    Descripción

    El desistimiento es la posibilidad de abandonar una solicitud o renunciar a tus derechos en un procedimiento administrativo.

    Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Forma de presentación

    Renuncia

    Descripción

    En la renuncia se abandona definitivamente la acción y por tanto el derecho que se pretende hacer valer a través de aquella, por lo cual la pretensión no podrá volver a ser ejercitada.

     

    La Administración aceptará la renuncia, declarando concluso el procedimiento, salvo que se hayan personado terceros que instan su continuación o se tengan que limitar sus efectos por interés general.

     

    Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Forma de presentación

    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el trámite
    Dónde consultar dudas sobre el trámite:

    Temas relacionados

    MATERIAS

    • Ciudadanía
      • Ayudas, becas y subvenciones
        • Educación y formación

    TEMA

    • Cultura

    PERFILES

    • Ciudadanía
      • Estudiantes

    TIPO

    • Ayudas, becas y subvenciones