Convocatoria de cinco becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General competente en materia de cooperación al desarrollo, durante los ejercicios 2024 y 2025

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Código SIA: 3056647
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Código GVA: 96325
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 20-08-2024

Hasta 09-09-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, cinco becas en materia de cooperación al desarrollo y en materia de implementación y seguimiento de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, para completar la formación de jóvenes con titulación universitaria, mediante la realización de prácticas profesionales en la Dirección General competente en materia de cooperación al desarrollo, durante los ejercicios 2024 y 2025, dirigidas a la mejora y especialización profesional de las personas con las siguientes titulaciones oficiales universitarias:

a) Para las becas en materia de cooperación al desarrollo: máster universitario oficial en Cooperación al Desarrollo.

b) Para las becas en materia de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible: licenciatura o grado en Derecho, licenciatura o grado en Ciencias Políticas, Educación Social, Gestión y Administración Pública, Pedagogía, Psicología, Sociología, Trabajo Social.

 

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 20-08-2024 hasta 09-09-2024
Observaciones

Supuestos de exclusión:

Las personas que en el momento de publicarse esta convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, no podrán optar a una nueva beca, excepto en los siguientes casos:

a) Que se concurra a la misma beca que ya se está disfrutando por haber sido obtenida en una convocatoria anterior, siempre que se cumpla el resto de los requisitos establecidos en la convocatoria.

b) Que resten menos de dos meses para la finalización de la beca que ya están disfrutando las personas solicitantes, siempre que se cumpla el resto de los requisitos establecidos en la convocatoria.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Personas que no hayan cumplido 35 años con titulación de máster universitario oficial y de licenciatura o grado

Requisitos

1. Las personas solicitantes de las becas tendrán que cumplir, en la fecha de finalización del plazo de solicitud, los requisitos siguientes:

a) No ser mayor de 35 años.

b) Estar en posesión de una de las titulaciones enunciadas en el apartado resolutivo primero de la presente convocatoria, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización de los estudios.

c) No haber sido beneficiario o beneficiaria de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses.

d) No encontrarse incurso o incursa en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, lo cual se acreditará por medio de la declaración responsable incluida en el modelo de solicitud, accesible en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es.

e) Tener la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas con discapacidad en las cuales no concurra este impedimento podrán alegar su condición a efectos de dirimir el posible empate que pueda producirse, en los términos recogidos en el apartado 2, del artículo 11 de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión corresponderá al órgano directivo competente por razón de la materia objeto de la becas de prácticas profesionales.

- Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, estas serán examinadas por el órgano instructor, que comprobará los requisitos de las personas solicitantes, efectuando en su caso los requerimientos y comprobaciones que estime convenientes.

- El órgano instructor emitirá informe, en el que conste el cumplimiento de los requisitos de las personas solicitantes.

- Para el examen de las solicitudes se constituirá una comisión evaluadora, nombrada por el órgano convocante, en cada convocatoria, de entre el personal funcionario de carrera del grupo A1 adscrito al órgano convocante, y compuesta al menos por la presidencia y dos vocalías, una de las cuales ejercerá la secretaría con voz y voto.

- Dentro de los quince días hábiles siguientes a la terminación del plazo de presentación de solicitudes, la comisión evaluadora se reunirá con el fin de valorar los méritos presentados por las personas solicitantes que cumplan los requisitos establecidos por la convocatoria.

- Para valorar los méritos alegados por cada solicitante en el marco de cada convocatoria, la comisión evaluadora aplicará el baremo establecido en el artículo 11 de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre

Criterios de valoración

Artículo 11. Baremo, de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en los centros directivos de la Conselleria (DOGV 8692/05.12.2019).

 

Órganos de tramitación
La Dirección General competente en materia de cooperación al desarrollo: Dirección General de Inclusión y Cooperación al Desarrollo. Subdirección General de Cooperación Internacional al Desarrollo.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 20-08-2024 hasta 09-09-2024

Plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 9917, de 19.08.2024)

Documentación

Una única solicitud y el currículum de forma completa, según modelos normalizados que estarán accesibles en sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es

 

 

 

Forma de presentación
Telemática

A través del enlace correspondiente: • Tramitar con certificado electrónico: https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/ Para poder realizar la presentación electrónica, la persona solicitante deberá disponer de alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica...

Saber más

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de 3 meses desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Cuantía y cobro

La cuantía de las becas correspondientes a la presente convocatoria se ajustará a lo previsto en el artículo 12 de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre.

Según punto 1 del artículo 14 de dicha orden, el importe de cada beca se abonará por mensualidades vencidas, previa expedición, por parte de la persona titular de la subdirección general o jefatura del servicio en el que se desarrolle la beca de prácticas profesionales, de una certificación que acredite un satisfactorio nivel de dedicación y aprovechamiento, y en la que se haga constar que se ha realizado la práctica de acuerdo con la finalidad que justifica la concesión de la beca.

 

Efecto silencio / Agota vía administrativa
Desestimatorio
/ Sí
Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición
Obligaciones

Las que figuran en el Artículo 16. Obligaciones y derechos de las personas beneficiarias, de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre (DOGV 8692/05.12.2019).

Sanciones

Las que figuran en el Artículo 20. Pérdida del derecho al cobro y reintegro, de la Orden 1/2019, de 28 de noviembre (DOGV 8692/05.12.2019).