Subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias

Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

Código SIA: 3115869
|
Código GVA: 96625
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Plazo cerrado

Desde 22-07-2024

Hasta 02-08-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Resolución de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se convocan, para 2024, las subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 22-07-2024 hasta 02-08-2024
SubsanaciónPlazo abierto
Alegación / AportaciónPlazo abierto
JustificaciónPlazo abierto
Hasta 15-11-2024
Recurso de alzadaPlazo abierto
Recurso de reposiciónPlazo abierto

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Pueden solicitar las subvenciones las empresas privadas que sean propietarias de algún medio de comunicación o publicación de las que figuran en el artículo cuarto y las sociedades mercantiles que sean propietarias de agencias de noticias.

Requisitos

Pueden consultar el artículo 3 de la Orden 6/2021, de 22 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. La ordenación e instrucción del procedimiento de  concesión se hará de acuerdo con el artículo 11
de la orden de bases.
2. Una vez el órgano instructor determine aquellas empresas y solicitudes que cumplen los requisitos
establecidos en la orden de bases y en la convocatoria, la comisión evaluadora regulada en el artículo 13 de la orden de bases procederá a aplicar los criterios de valoración previstos en esta, y seguidamente emitirá un informe en el que se concretarán la puntuación y la asignación económica otorgada a las solicitudes presentadas.
3. De acuerdo con el informe, la Subdirección General de Política Lingüística, como órgano instructor, formulará la propuesta de resolución al órgano concedente.

4. Vista la propuesta, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, por delegación del conseller de Cultura, Educación, Universidades y Empleo, resolverá la concesión o denegación de la  subvención.

Criterios de valoración

Pueden consultar el apartado undécimo de la convocatoria.

Órganos de tramitación

Solicitud

Plazo
Desde 22-07-2024 hasta 02-08-2024

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Documentación
Puede consultar el resuelvo noveno Resolución de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se convocan, para 2024, las subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito de los medios de comunicación y publicaciones privados y agencias de noticias.
Forma de presentación
Telemática
1. La solicitud se ajustará a lo que indican los artículos 9 y 10 de la orden de bases. 2. La solicitud, los documentos adjuntos, las subsanaciones y la documentación justificativa de la subvención se presentarán obligatoriamente a través de medios electrónicos, de acuerdo con los modelos...
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    Subsanación

    Plazo
    Plazo abierto

    Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo 66, y, en su caso, los que señala el artículo 67 u otros exigidos por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos...

    Saber más
    Descripción

    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma reguladora del procedimiento, el órgano competente le requerirá que lo enmiende en el plazo de 10 días. En caso de que no lo haga, la Administración le tendrá por desistido de su petición. El plazo para resolver el procedimiento se...

    Saber más
    Forma de presentación

    Alegación / Aportación

    Plazo
    Plazo abierto
    Descripción

    Tiene derecho a formular alegaciones, utilizar los medios de defensa admitidos por el Ordenamiento Jurídico, y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de...

    Saber más
    Forma de presentación

    Resolución

    Plazo máximo
    1. El plazo máximo para resolver y notificar la concesión de las subvenciones es de seis meses, a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 2. Una vez transcurrido este plazo sin que se haya producido una resolución expresa, la solicitud deberá...
    Saber más
    Cuantía y cobro
    1. El importe global máximo destinado para esta convocatoria es de 2.279.000 euros. El importe de las ayudas se financiará con cargo a la línea S0439, «Ayudas a la emisión en valenciano en medios de comunicación social», capítulo IV del subprograma 422D00, de los presupuestos de 2024. Las ayudas...
    Saber más
    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Recurso que procede contra la resolución
    Potestativo de reposición
    Obligaciones
    Pueden consultar el artículo 16 de la Orden de bases.
    Observaciones

    Contra la resolución de concesión, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante el órgano que la dicte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de...

    Saber más

    Justificación

    Plazo
    Hasta 15-11-2024

    El plazo máximo para presentar la justificación es de tres meses a contar desde la fecha de la publicación de la resolución de concesión en el DOGV, y en todo caso hasta el 15 de noviembre de 2024, de acuerdo con el artículo 19.1 de la orden de bases.

    Descripción

    Puede consultar el apartado decimocuarto de la convocatoria. La justificación de la subvención se deberá ajustar a lo establecido en el artículo 19 de la orden de bases y a las instrucciones que desplieguen el contenido de ese artículo y esta convocatoria, que se publicarán en la siguiente...

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    Forma de presentación

    Desistimiento

    Descripción

    Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. El desistimiento consiste en abandonar la solicitud y el procedimiento iniciado. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará...

    Saber más
    Forma de presentación

    Recurso de alzada

    Plazo
    Plazo abierto

    El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Si el acto no fuera expreso el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer...

    Saber más
    Descripción

    Las resoluciones y actos cuando no pongan fin a la vía administrativa, podrán ser recurridos en alzada ante el órgano superior jerárquico del que los dictó. Puede consultar el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Forma de presentación

    Recurso de reposición

    Plazo
    Plazo abierto

    El recurso de reposición se deberá interponer ante el órgano que dicte la resolución de concesión en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

    Descripción

    En conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra este acto,...

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    Renuncia

    Descripción

    Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos. El desistimiento consiste en abandonar la solicitud y el procedimiento iniciado. La Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia, y declarará...

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