Solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública - GVA.ES
Solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública
Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Qué es
Obtenida la calificación provisional, las personas promotoras de viviendas de protección pública podrán solicitar una prórroga del plazo de ejecución de las obras.
Excepcionalmente, ponderadas las circunstancias concurrentes en el caso, por circunstancias como huelgas que afecten al desarrollo de las actuaciones, razones climatológicas que alteren calendarios de ejecución de obras o cualquier otra causa de fuerza mayor debidamente acreditada, con la finalidad de proteger a las personas adquirentes o adjudicatarias y en aras del interés general, los servicios territoriales competentes en materia de vivienda, podrán autorizar la terminación de la obra en fecha posterior a los plazos señalados en el primer párrafo del artículo 21.2 del Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell.
- Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana. DOGV núm. 4867 de 21-10-2004
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- Decreto 106/2021, de 6 de agosto, del Consell, del Registro de Vivienda de la Comunitat Valenciana y del procedimiento de adjudicación de viviendas. DOGV núm. 9173 de 14-09-2021
- Circular 1/2023, de 12 de julio, de 2023, de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana sobre criterios interpretativos del Decreto 68/2023, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de vivienda de protección pública y régimen jurídico de patrimonio público de...
- Decreto 68/2023, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de vivienda de protección pública y régimen jurídico de patrimonio público de vivienda y suelo de la Generalitat. (DOGV núm. 9596, 16.05.2023) DOGV núm. 9596 de 16-05-2023
- Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el régimen jurídico de las viviendas de protección pública de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 10003 de 11-12-2024
- Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat. DOGV núm. 10120 de 31-05-2025
A quién va dirigido
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que tienen por objeto la promoción de vivienda de protección pública.
Haber obtenido previamente la calificación provisional de la promoción.
Deberá solicitarse con anterioridad a la calificación definitiva.
Antes de la terminación del plazo de ejecución de obras señalado en la calificación provisional, las personas promotoras podrán solicitar al servicio territorial competente en materia de vivienda una prórroga que no exceda de la mitad del plazo inicialmente establecido siempre que medie justa causa, y se acompañe certificado de la dirección facultativa acreditativo de las causas que motivan la solicitud y la fecha de posible finalización de las obras.
Para la obtención de la autorización de la prórroga del plazo de ejecución de las obras se estará a lo dispuesto en el artículo 21.2 del Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell.
Cómo se tramita
Autorizar la prórroga en la ejecución de las obras.
La dirección general competente en materia de vivienda, previo informe técnico y administrativo del servicio territorial competente en materia de vivienda, en el plazo de un mes, autorizará la prórroga en la ejecución de obras teniendo en cuenta la documentación aportada por la persona promotora, los certificados de la dirección facultativa y los informes de sus unidades competentes.
03007 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Solicitud de calificación provisional de viviendas de protección pública
- Modificación de la calificación provisional de viviendas de protección pública
- Modificación del régimen de uso de viviendas de protección pública calificadas definitivamente
- Requerimiento de documentación/información necesaria de promoción de viviendas de protección pública en fase de ejecución de obra
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Plazo siempre abierto.
La solicitud de prórroga del plazo de ejecución de las obras puede presentarse en cualquier momento siempre que se haya obtenido la calificación provisional de la promoción.
Solicitud de prórroga del plazo de ejecución de las obras, se acompañará de la siguiente documentación:
- Certificado de la dirección facultativa sobre el estado de las obras y fecha prevista de terminación.
- Documentación que acredite la causa que justifica la demora de las obras.
La presentación será telemática: -La recomendación es que accedan con un certificado de representación de la entidad. -También se podría acceder con un certificado de persona física y se puede comprobar contra la ACCV si existe o no la representación, el justificante de esa consulta a la ACCV se...
Subsanación
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le requiere para que, en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la notificación de la presente comunicación, aporte la totalidad de los documentos señalados, significándole que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, que será archivada, previa resolución.
Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1.a), de la citada Ley 39/2015, se le comunica que el plazo para la resolución de su solicitud queda suspendido por el tiempo que medie entre la notificación de la presente comunicación y su efectivo cumplimiento por el destinatario o, en su defecto, por el del plazo concedido.
Subsanar la documentación aportada en la fase de solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.
Alegación / Aportación
Alegaciones/aportación documental a incorporar en la fase de solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.
Resolución
Un mes.
Transcurrido un mes desde la presentación de la solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras, sin que haya recaído resolución expresa, la ampliación de plazo se considerará otorgada todos los efectos.
La dirección general competente en materia de vivienda, previo informe técnico y administrativo del servicio territorial competente en materia de vivienda, en el plazo de un mes, autorizará la prórroga en la ejecución de obras teniendo en cuenta la documentación aportada por la persona promotora, los certificados de la dirección facultativa y los informes de sus unidades competentes.
En caso de que se hubieran rebasado los plazos oportunos se indicará la caducidad del expediente, salvo que excepcionalmente se den las circunstancias concurrentes del segundo párrafo del artículo 21.2 Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell
En los casos de concesión de prórroga de carácter excepcional la resolución de la misma reflejará el plazo máximo concedido.
46018 - València/Valencia
Desistimiento
Desistir de la solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.
La dirección general competente en materia de vivienda, previa ponderación de los intereses particulares y del interés público, previo informe del servicio territorial competente en materia de vivienda, y mediante la resolución motivada, determinará la aceptación o no, las limitaciones aplicables o las medidas a adoptar.
Recurso de alzada
1 mes desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la resolución expresa.
Recurrir en alzada la resolución de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso es de 3 meses. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Si el acto no...
Renuncia
Renunciar a la solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.
La dirección general competente en materia de vivienda, previa ponderación de los intereses particulares y del interés público, previo informe del servicio territorial competente en materia de vivienda, y mediante la resolución motivada, determinará la aceptación o no, las limitaciones aplicables o las medidas a adoptar.
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