Solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Código SIA: 3131749
|
Código GVA: 97029
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Obtenida la calificación provisional, las personas promotoras de viviendas de protección pública podrán solicitar una prórroga del plazo de ejecución de las obras.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
SubsanaciónPlazo abierto
Alegación / AportaciónPlazo abierto
Recurso de alzadaPlazo abierto
Observaciones

Excepcionalmente, ponderadas las circunstancias concurrentes en el caso, por circunstancias como huelgas que afecten al desarrollo de las actuaciones, razones climatológicas que alteren calendarios de ejecución de obras o cualquier otra causa de fuerza mayor debidamente acreditada, con la finalidad de proteger a las personas adquirentes o adjudicatarias y en aras del interés general, los servicios territoriales competentes en materia de vivienda, podrán autorizar la terminación de la obra en fecha posterior a los plazos señalados en el primer párrafo del artículo 21.2 del Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Administración
Personas interesadas

Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que tienen por objeto la promoción de vivienda de protección pública.

Requisitos

Haber obtenido previamente la calificación provisional de la promoción.

Deberá solicitarse con anterioridad a la calificación definitiva.

Antes de la terminación del plazo de ejecución de obras señalado en la calificación provisional, las personas promotoras podrán solicitar al servicio territorial competente en materia de vivienda una prórroga que no exceda de la mitad del plazo inicialmente establecido siempre que medie justa causa, y se acompañe certificado de la dirección facultativa acreditativo de las causas que motivan la solicitud y la fecha de posible finalización de las obras.

Para la obtención de la autorización de la prórroga del plazo de ejecución de las obras se estará a lo dispuesto en el artículo 21.2 del Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell.

 

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Autorizar la prórroga en la ejecución de las obras.

La dirección general competente en materia de vivienda, previo informe técnico y administrativo del servicio territorial competente en materia de vivienda, en el plazo de un mes, autorizará la prórroga en la ejecución de obras teniendo en cuenta la documentación aportada por la persona promotora, los certificados de la dirección facultativa y los informes de sus unidades competentes.

 

Órganos de tramitación
El servicio territorial competente en materia de vivienda de la correspondiente provincia emitirá informe técnico y administrativo, sobre la solicitud de prórroga del plazo de ejecución de las obras, indicando en caso de que se hubieran rebasado los plazos oportunos la caducidad del expediente,...
Más

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Plazo siempre abierto.


La solicitud de prórroga del plazo de ejecución de las obras puede presentarse en cualquier momento siempre que se haya obtenido la calificación provisional de la promoción.

Documentación

Solicitud de prórroga del plazo de ejecución de las obras, se acompañará de la siguiente documentación:

  1. Certificado de la dirección facultativa sobre el estado de las obras y fecha prevista de terminación.
  2. Documentación que acredite la causa que justifica la demora de las obras.

 

Forma de presentación
Telemática

La presentación será telemática: -La recomendación es que accedan con un certificado de representación de la entidad. -También se podría acceder con un certificado de persona física y se puede comprobar contra la ACCV si existe o no la representación, el justificante de esa consulta a la ACCV se...

Más

Subsanación

Plazo
Plazo abierto

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le requiere para que, en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la notificación de la presente comunicación, aporte la totalidad de los documentos señalados, significándole que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, que será archivada, previa resolución.

 

Asimismo, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1.a), de la citada Ley 39/2015, se le comunica que el plazo para la resolución de su solicitud queda suspendido por el tiempo que medie entre la notificación de la presente comunicación y su efectivo cumplimiento por el destinatario o, en su defecto, por el del plazo concedido.

Descripción

Subsanar la documentación aportada en la fase de solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.

Forma de presentación

Alegación / Aportación

Plazo
Plazo abierto
Descripción

Alegaciones/aportación documental a incorporar en la fase de solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.

Forma de presentación

Resolución

Plazo máximo

Un mes.

Transcurrido un mes desde la presentación de la solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras, sin que haya recaído resolución expresa, la ampliación de plazo se considerará otorgada todos los efectos.

 

Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Observaciones

La dirección general competente en materia de vivienda, previo informe técnico y administrativo del servicio territorial competente en materia de vivienda, en el plazo de un mes, autorizará la prórroga en la ejecución de obras teniendo en cuenta la documentación aportada por la persona promotora, los certificados de la dirección facultativa y los informes de sus unidades competentes.

En caso de que se hubieran rebasado los plazos oportunos se indicará la caducidad del expediente, salvo que excepcionalmente se den las circunstancias concurrentes del segundo párrafo del artículo 21.2 Decreto 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell

En los casos de concesión de prórroga de carácter excepcional la resolución de la misma reflejará el plazo máximo concedido.

 

Efecto silencio
Estimatorio
Agota vía administrativa
No

Desistimiento

Descripción

Desistir de la solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.

Observaciones

La dirección general competente en materia de vivienda, previa ponderación de los intereses particulares y del interés público, previo informe del servicio territorial competente en materia de vivienda, y mediante la resolución motivada, determinará la aceptación o no, las limitaciones aplicables o las medidas a adoptar.

Forma de presentación

Recurso de alzada

Plazo
Plazo abierto

1 mes desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la resolución expresa.

Descripción

Recurrir en alzada la resolución de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.

Observaciones

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso es de 3 meses. El plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Si el acto no...

Más
Forma de presentación

Renuncia

Descripción

Renunciar a la solicitud de prórroga del plazo de ejecución de obras de promociones de viviendas de protección pública.

Observaciones

La dirección general competente en materia de vivienda, previa ponderación de los intereses particulares y del interés público, previo informe del servicio territorial competente en materia de vivienda, y mediante la resolución motivada, determinará la aceptación o no, las limitaciones aplicables o las medidas a adoptar.

Forma de presentación

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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