Solicitud de ingreso en la Red de Emancipación de la Comunitat Valenciana. - GVA.ES
Solicitud de ingreso en la Red de Emancipación de la Comunitat Valenciana.
Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Qué es
El objeto del trámite es facilitar el acceso a los Servicios de Apoyo a la Emancipación y Autonomía Personal de jóvenes ex-tutelados y ex-tuteladas que hayan alcanzado la mayoría de edad con o sin programa de alojamiento incorporado; Hogares y Unidades Externas de Emancipación, recursos...
- Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidenta y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2019 y 2020.
- Instrucción de la Direcció d' Infància i Adolescència relativa a la derivación, seguimiento e intervención de la Red de emancipación de la Comunidad Valenciana.
- Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la Adolescencia.
A quién va dirigido
Podrá solicitar estos recursos aquella "persona joven extutelada" que se haya encontrado en situación de guarda o tutela administrativa en el momento de alcanzar la mayoría de edad.
Hogares de emancipación
· Personas jóvenes ex-tuteladas entre 18 y 25 años, una vez haya cesado el acogimiento familiar o residencial en el que estuvieron o que han finalizado el periodo en residencia socioeducativa de una medida judicial de internamiento
Unidades externas de emancipación:
· Jóvenes entre 18 y 25 años ex-tuteladas y ex-tutelados, residentes o no de Hogares de Emancipación, que requieran de sus servicios.
· Jóvenes mayores de 16 años que se encuentran en situación jurídica de guarda o tutela por la Generalitat Valenciana y en acogimiento residencial o familiar, que tengan como objetivo principal en su plan de protección, la preparación para la emancipación.
· Jóvenes entre 16 y 25 años que se encuentren cumpliendo alguno de los programas de medio abierto (artículo 162.1 de la ley 26/2019) o el periodo de libertad vigilada asociado a una medida judicial de internamiento en residencia socioeducativa, y que lo requieran para completar su proceso de inclusión social y laboral. Si es el caso, el/la tutor/a legal de la persona joven deberá firmar y, con ello, consentir la participación de aquellas personas menores de 18 años.
Cómo se tramita
1- Presentación de la solicitud y documentación requerida.
2- Los expedientes serán objeto de análisis y estudio por parte del grupo de trabajo técnico creado en cada Dirección Territorial.
Cuando la solicitud no vaya acompañada de la documentación preceptiva, se requerirá su aportación para completar el expediente;
· al recurso correspondiente, si la persona interesada se encuentra todavía en acogimiento familiar o residencial.
· al propio interesado, si ya ha cesado en la medida de acogimiento familiar o residencial.
con indicación expresa que, si así no se hiciera, se tendrá por desistida la petición, previa notificación.
3- Acuerdo del grupo de trabajo de cada Dirección Territorial.
Se observará entre otros criterios objetivos predeterminados por el grupo de trabajo de priorización; la proximidad a la mayoría de edad; la condición particular que presente la persona joven y que pueden ser atendida por un hogar concreto de forma más adecuada (plazas autorizadas para atender a...
Solicitud
Hogar de emancipación:
· 6 meses antes a la fecha en la que se va a producir la mayoría de edad o cese en el recurso de acogimiento familiar o residencial
· hasta 12 meses después del cese de la medida de protección
Unidades externas de emancipación:
· 6 meses antes a la fecha en la que se va a producir la mayoría de edad o cese en el recurso de acogimiento familiar o residencial
· hasta 12 meses después del cese de la medida de protección
Podrá dirigirse preferentemente:
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - ALICANTE
C/ TEATRE, 37 - 39
03001- Alacant/Alicante
Tel.: 012
Fax: 965938068
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - CASTELLÓN
AVDA. HERMANOS BOU, 81
12003- Castelló de la Plana
Tel.: 012
- REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - VALENCIA
AVDA. DE L´OEST, 36
46004- València
Tel.: 012
Fax: 961271894
La ATENCIÓN PRESENCIAL y REGISTRO DE DOCUMENTOS en la DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - VALENCIA, será ÚNICAMENTE mediante CITA PREVIA, que se puede solicitar a través del teléfono de información de la Generalitat 012 o a través de internet: https://www.gva.es/es/inicio/servicios_linea/citas_previas
- Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la Infancia y la Adolescencia.
- Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Vicepresidenta y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2019 y 2020.
Resolución
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
- Ayudas, becas y subvenciones