Detalle de procedimiento

Presentación de alegaciones a proyectos normativos o proyectos y estudios técnicos en trámite de información pública de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio.

Código SIA : 223844
Código GUC : 18766
Organismo: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

-El trámite de información pública tiene por objeto recabar alegaciones de los ciudadanos, organizaciones y asociaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 43.1c) Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell para la elaboración de reglamentos. -Así mismo en aplicación del art. 83 de la Ley 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica que considere que el proyecto de reglamento afecte a la esfera de sus derechos e intereses legítimos

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

El plazo para la presentación de alegaciones será el que se indique en el anuncio correspondiente en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.

Formularios y documentación

Se presentará el modelo de solicitud normalizado acompañado de la documentación que se considere oportuna.

Presentación

Presentación

Presencial
Si es persona no obligada a relacionarse telemáticamente con la Administración. a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telemática
Pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página. Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver apartado Enlaces de este trámite).

Enlaces

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Agota vía administrativa

Agota vía administrativa