Generalitat Valenciana
Detalle de procedimientos
- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
TECG - Memoria anual de las actividades de gestión de residuos no peligrosos.
Objeto del trámite
Atender a las obligaciones de información ante el órgano competente en materia de residuos de la Comunitat Valenciana que se establecen en el artículo 41 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y en sus normas de desarrollo reglamentario, así como en el artículo 11 del Documento de ordenación normativo y vinculante que forma parte del Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCV), aprobado por Decreto 81/2013, de 21 de junio, del Consell
Inicio - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Las personas físicas o jurídicas que, habiendo obtenido una autorización de tratamiento de residuos no peligroso o de almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento de tales residuos, operan en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
Inicio
Quedan excluidos de esta obligación los gestores de residuos inscritos registrados para el ejercicio de la actividad de transporte de residuos con carácter profesional, los agentes y los negociantes, salvo que una norma de desarrollo reglamentario establezca lo contrario (ver el apartado de información complementaria) - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
La memoria anual referida a los residuos gestionados el año inmediatamente anterior se presentará antes del 1 de marzo de cada año.
Inicio - ¿Dónde dirigirse?
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan
b) En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Y, preferentemente, en:REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - ALICANTE
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2
03003 Alacant/Alicante
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - CASTELLÓN
AVDA. HERMANOS BOU, 47
12003 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA - VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 València
Tel: 012
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, EMERGENCIA CLIMÁTICA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
C/ DE LA DEMOCRÀCIA, 77. CIUTAT ADMTIVA. 9 D'OCTUBRE-EDIFICI A
46018 València
Tel: 012Por internet
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=17130
Inicio - ¿Qué documentación se debe presentar?
El contenido de la memoria anual de actividades se formalizará según la hoja que se adjunta en el enlace.
Impresos asociados
Inicio - ¿Cómo se tramita? Inicio
- ¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=17130
Inicio - Información complementaria
1. De acuerdo con el artículo 37.8 del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), los negociantes registrados para operar con este tipo de residuos elaborarán una memoria anual con el contenido previsto en el anexo XVIII apartados b) y c) del real decreto, sobre las cantidades de RAEE preparados para la reutilización, reciclados y valorizados que hayan sido financiados por ellos, a partir de la información certificada de los gestores y según la información disponible en la plataforma electrónica de RAEE del artículo 55. Presentarán la memoria en las comunidades autónomas donde desarrollen su actividad antes del 28 de febrero del año siguiente al periodo de cumplimiento.
2. De acuerdo con el artículo 40 41 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido una autorización de tratamiento de residuos enviarán anualmente a las Comunidades Autónomas una memoria anual de su actividad gestora. No cumplirán con esta obligación las actividades sujetas al régimen de comunicación previa.
En este mismo sentido el artículo 11 de Documento de ordenación normativo y vinculante del Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCV), aprobado por Decreto 81/2013, de 21 de junio, del Consell, establece que los gestores autorizados deberán presentar ante la conselleria competente en materia de medio ambiente, antes del 1 de marzo, una memoria anual referida a los residuos gestionados en el año inmediato anterior. Sin perjuicio de ello, como norma adicional de protección, el órgano autonómico competente en materia de medio ambiente podrá exigir, mediante orden, la presentación de memorias anuales de actividad a los gestores de residuos no sujetos a autorización.
3. La presentación y remisión de la memoria podrá efectuarse de acuerdo con lo establecido en materia de registros administrativos por la legislación vigente, contenida fundamentalmente con carácter general en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. El contenido de la memoria será, como mínimo el establecido en el anexo XII de la Ley 22/2011, sin perjuicio de que las administraciones públicas ambientales competentes establezcan modelos normalizados y/o contenidos específicos para flujos concretos de residuos o para operaciones de tratamiento de residuos determinadas. Así por ejemplo, el PIRCV establece el modelo de memoria anual de gestión de los residuos urbanos en los ecoparques, y el anexo XII del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos establece el contenido mínimo de la memoria resumen anual de los gestores de tratamiento de estos residuos.Sanciones
El incumplimiento de las obligaciones impuestas en las autorizaciones, así como el retraso en el suministro de información que haya de proporcionar a la Administración de acuerdo con lo establecido por la normativa aplicable está tipificado como infracción en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Enlaces
Simulación de Tramitación Telemática en la Generalitat Valenciana (Cl@ve-firma)
Sistemas de Firma Electrónica admitidos y/o usados en la Sede
Sistemas de verificación de Firma
Inicio - Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29/7/11).
- Decreto 81/2013, de 21 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7054 de 26/06/13).
- Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. (BOE nº 45, de 21/02/15)Lista de normativa
Ver Ley 22/2011, de 28 de julio
Ver Decreto 81/2013, de 21 de junio
Ver el Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero
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La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.