Generalitat Valenciana
Detalle de procedimientos






- ¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
TECE - SOLO PARA AYUDAS SOLICITADAS ANTES DEL 2022. Aportación documental telemática o presencial para completar un expediente ya iniciado de los programas de ayudas de la dirección general competente en emergencia habitacional y función social de la vivienda.
Objeto del trámite
El trámite tiene por objeto la presentación telemática de documentos, con o sin certificado digital (se puede adjuntar documentación en pdf, queda registrada, por lo que no hace falta registrarla en ningún órgano de registro), o presencial para completar y/o subsanar un expediente iniciado de los programas de ayudas de la dirección general competente en emergencia habitacional y función social de la vivienda.
Inicio
En este trámite también se podrá incluir las justificaciones del pago de los recibos correspondientes a la renta de alquiler cuando la administración se los solicite. - ¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
La aportación documental o subsanación, en su caso, la realizará la persona solicitante (o el representante legal) de la ayuda que se tramita en la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática.
Requisitos
Tener un expediente ya iniciado de los programas de ayudas de la dirección general competente en emergencia habitacional y función social de la vivienda.
Inicio - ¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
- Si ha olvidado presentar documentación, una vez realizada su solicitud de ayudas, podrá incluirla en este trámite sólo durante el plazo de presentación de solicitudes.
Inicio
- Si se ha recibido un requerimiento (de subsanación o de otro tipo), la documentación deberá aportarse en el plazo que la Dirección General de Emergencia Habitacional, Función Social de la Vivienda y Observatorio del Habitat y Regeneración Urbana y/o los Servicios Territoriales hayan establecido en dicho requerimiento.
En caso de haber finalizado el plazo de subsanación de reparos del expediente de ayudas, si se aportara documentación para completar o subsanar el mismo, no se tendrá en cuenta.
- Cuando la administración le requiera que aporte los justificantes del pago de los recibos correspondientes a la renta de alquiler no aportados en la solicitud, los deberá presentar en el plazo indicado en dicho requirimiento y en la página web de la ayuda solicitada. - ¿Dónde dirigirse?
Presencial
Para mayor diligencia en la gestión administrativa es preferible presentar la documentación telemáticamente, tanto si dispone de certificado digital como si no, como se indica en el apartado " Tramitación". Se puede adjuntar documentación en pdf, queda registrada, por lo que no hace falta registrarla en ningún órgano de registro.
En este trámite también se podrá incluir las justificaciones del pago de los recibos correspondientes a la renta de alquiler cuando la administración se los solicite.
Los documentos se podrán presentar también por registro de entrada en los registros de las direcciones territoriales y en los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (oficinas PROP, ayuntamientos, etc., por registro de entrada dirigidos a la dirección territorial de la provincia correspondiente).REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y MOVILIDAD - CASTELLÓN
AVDA. DEL MAR, 16
12003 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA - ALICANTE
AVDA. AGUILERA, 1
03007 Alacant/Alicante
Tel: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE VIVIENDA Y ARQUITECTURA BIOCLIMÁTICA - VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 València
Tel: 012Por internet
A través del enlace correspondiente:
Tramitar sin certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_APDAYU_SF&version=1&login=a&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18916
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_APDAYU&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18916
Inicio - ¿Qué documentación se debe presentar?
Impresos asociados
SOLICITUD GENERAL - PROCEDIMIENTOS
Inicio - ¿Cómo se tramita? Inicio
- ¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar sin certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_APDAYU_SF&version=1&login=a&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18916
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=VIV_APDAYU&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18916
Tramitación
Este trámite se puede realizar tanto si dispone de certificado digital como si no (se puede adjuntar documentación en pdf, queda registrada, por lo que no hace falta registrarla en ningún órgano de registro).
Inicio
1) Si se dispone de certificado digital, clique en el enlace "Tramitar con certificado electrónico" o el icono "Tramitar con certificado" (situado al principio de la página) y si no se dispone de certificado digital, clique en el enlace "Tramitar sin certificado electrónico" o el icono "Tramitar telemáticamente" (situado al principio de la página). En ambos casos, cumplimente el formulario y adjunte toda la documentación disponible.
2) Cumplimente el formulario, disponga de los datos del nombre y apellido del solicitante, su número de DNI - NIE - NIF. Elija el programa de ayudas correspondiente, luego el tipo de aportación que corresponda: aportación general de documentación, subsanación de reparos de ayudas, aportación de recibos de alquiler...).
3) A continuación, adjunte los documentos electrónicos que considere oportunos para incluirlos al expediente de ayudas correspondiente.
4) Finalmente, lo registre de entrada a través del registro telemático.
La documentación se incorporará al expediente y sólo se tendrá en cuenta siempre que se haya presentado en plazo. - Información complementaria
Enlaces
Consulta de notificaciones para solicitantes de ayudas de vivienda
Enlace web ayudas Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática
Sistemas de firma electrónica admitidos o usados en la Sede
Sistemas de verificación de firma
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La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.