Detalle de procedimiento

TECE- Aportación documental telemática para completar un expediente de ayudas para el pago de alquiler en situación de emergencia habitacional.

Código SIA : 2094583
Código GUC : 20340
Organismo: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Este trámite permite la aportación por vía telemática de documentos a un expediente abierto de ayudas para el pago de alquiler en situación de emergencia habitacional, regulada por la Orden 2/2019, de 9 de abril, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas por razones de carácter público, social y humanitario a personas y unidades de convivencia en situación de emergencia habitacional

Requisitos

Requisitos

Tener un expediente abierto en tramitación de ayudas para el pago de alquiler en situación de emergencia habitacional.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

La aportación documental o subsanación, en su caso, la realizará la persona solicitante a través de la entidad tramitadora de la ayuda.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Mientras esté vigente el plazo de presentación de solicitudes. Si se ha recibido un requerimiento por falta de documentación para completar la solicitud de ayudas o audiencia previa a la propuesta de resolución denegatoria, el plazo correspondiente será el establecido en la notificación recibida

Formularios y documentación

- Se aportará la documentación que considere pertinente, o la que determine la normativa aplicable al expediente de que se trate, según proceda. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las firmas digitales de las personas o entidades que los suscriban.

Presentación

Presentación

Telemática
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). 2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder clicando en "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la documentación correspondiente y realizar la presentación telemática de todo ello, tras lo cual obtendrá el correspondiente justificante de registro. A partir del momento de dicha presentación toda la documentación presentada (incluido el justificante) estará disponible siempre en su Carpeta Ciudadana (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es). - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es La documentación aportada se incorporará al expediente abierto, y será analizada por el personal del competente en esa materia, quien procederá en consecuencia.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa