Detalle de procedimiento

Solicitud de credenciales de usuario de la aplicación informática EEAT-i para empresas gestoras de viviendas de uso turístico.

Código SIA : 211698
Código GUC : 16326
Organismo: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

Mostrar todo

Ocultar todo

Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Facilitar el acceso a la aplicación informática EEAT-i a las empresas gestoras de viviendas de uso turístico. La aplicación informática EEAT-i, permite el acceso de la empresa gestora al registro de sus viviendas de uso turístico y posibilita la actualización, alta y baja de estas.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas gestoras de viviendas de uso turístico (Titular o representante de esta).

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año.

Formularios y documentación

-Formulario normalizado debidamente cumplimentado. -Poderes del representante, caso de que no coincida con el que figura en la inscripción de la empresa

Presentación

Presentación

Telemática
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat. ( https://sede.gva.es/va/sede_certificados ). IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que: 1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo. 2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos. 3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago. 4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación. PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA: a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales. b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite * Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD" * Especifique la materia objeto de la solicitud * Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante). c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede. d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación). e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro. Su presentación telemática habrá finalizado.

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

- Se cumplimentará el impreso normalizado dirigido al Servicio Territorial de Turismo de la provincia donde se ubique la empresa gestora, aportando la documentación requerida en dicho impreso. - En caso de que dicho impreso y documentación sean conformes, el Servicio Territorial de Turismo remitirá a la empresa gestora, bien por medios electrónicos si así lo ha solicitado o por correo postal, la autorización para el acceso y el uso de la aplicación informática EEAT-i. De contener alguna omisión o incorrección, el Servicio Territorial de Turismo, requerirá al interesado su subsanación.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Obligaciones

Obligaciones

Cualquier modificación que afecte a la empresa o a las viviendas que se gestionen deberá comunicarse a la Administración Turística.

Observaciones

Observaciones

Recurso de Alzada ante el/la director/a o el/la secretario/a autonómico/a competentes en materia de turismo, según proceda, dentro del plazo de UN MES, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa