Detalle de procedimiento

Aportación o subsanación de documentación de subvenciones a los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores.

Código SIA : 2842913
Código GUC : 22232
Organismo: Conselleria de Justicia e Interior
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Formularios

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

La aportación de documentación: 1. Relativa a la subvención anual no condicionada a partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, para atender gastos de funcionamiento, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo XVI de la Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, gestión administrativa, financiera y de organización de la Generalitat. 2. Relativa a la subvención prevista en la Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana, concerniente a gastos electorales.

Requisitos

Requisitos

Para poder aportar documentación mediante este trámite telemático es necesario: Haber recibido un requerimiento de aportación o de subsanación de documentación por parte del órgano competente para gestionar las subvenciones autonómicas anuales y las correspondientes por gastos electorales de las formaciones políticas. O bien, aportar documentación necesaria para la gestión de la subvención.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, beneficiarios de subvenciones del Consell objeto de este trámite.

Normativa del procedimiento

Normativa del procedimiento

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y Subvenciones.
  • Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.
  • Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat.
  • Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana.
  • ORDEN 18/2011, de 17 de junio, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Ocupación, por la cual se regula la comprobación y el procedimiento de registro de cuentas bancarias de las personas físicas y jurídicas que se relacionan económicamente con la administración de la Generalitat.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Si se ha recibido un requerimiento, la documentación deberá aportarse en el plazo que se haya establecido en dicho requerimiento. En cualquier otro caso, la aportación se podrá realizar en todo momento.

Formularios y documentación

Se presentará el escrito de alegaciones al texto acompañado de la documentación que se considere oportuna.

Presentación

Presentación

Telemática
La presentación se efectuará exclusivamente por vía telemática mediante el procedimiento electrónico ( https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22232&version=amp)

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Únicamente por vía telemática

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa