Aportación o subsanación de documentación de subvenciones a los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores. - GVA.ES
Aportación o subsanación de documentación de subvenciones a los partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores.
Organismo: Conselleria de Justicia e Interior
Plazo de solicitud:
ABIERTO
Información básica
Formularios
Solicitud
Tramitación
Resolución
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Información básica
¿Qué es y para qué sirve?
¿Qué es y para qué sirve?
La aportación de documentación:
1. Relativa a la subvención anual no condicionada a partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, para atender gastos de funcionamiento, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo XVI de la Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de medidas fiscales, gestión administrativa, financiera y de organización de la Generalitat.
2. Relativa a la subvención prevista en la Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana, concerniente a gastos electorales.
Requisitos
Requisitos
Para poder aportar documentación mediante este trámite telemático es necesario:
Haber recibido un requerimiento de aportación o de subsanación de documentación por parte del órgano competente para gestionar las subvenciones autonómicas anuales y las correspondientes por gastos electorales de las formaciones políticas.
O bien, aportar documentación necesaria para la gestión de la subvención.
¿Quién puede solicitarlo?
¿Quién puede solicitarlo?
Partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, beneficiarios de subvenciones del Consell objeto de este trámite.
Normativa del procedimiento
Normativa del procedimiento
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y Subvenciones.
- Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.
- Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat.
- Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana.
- ORDEN 18/2011, de 17 de junio, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Ocupación, por la cual se regula la comprobación y el procedimiento de registro de cuentas bancarias de las personas físicas y jurídicas que se relacionan económicamente con la administración de la Generalitat.
Dudas sobre la tramitación telemática
Dudas sobre la tramitación telemática
Formularios y documentación
Plazo
Plazo
Si se ha recibido un requerimiento, la documentación deberá aportarse en el plazo que se haya establecido en dicho requerimiento.
En cualquier otro caso, la aportación se podrá realizar en todo momento.
Formularios y documentación
Se presentará el escrito de alegaciones al texto acompañado de la documentación que se considere oportuna.
Presentación
Presentación
Telemática
La presentación se efectuará exclusivamente por vía telemática mediante el procedimiento electrónico
( https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22232&version=amp)
Normativa
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública
- ORDEN 18/2011, de 17 de junio, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Ocupación.
- Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.
- Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana.
- Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat.
Enlaces
Enlaces
- Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado.
- CL@VE-PERMANENTE
- El trámite para dar de alta una nueva cuenta bancaria, modificarla o darla de baja se puede realizar telemáticamente, consulte: PROPER. Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias (Domiciliación bancaria). Trámite automatizado:
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunitat Valenciana (ACCV).
Proceso de tramitación
Proceso de tramitación
Únicamente por vía telemática
Órganos de tramitación
Órganos de tramitación
- Conselleria de Justicia e Interior
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 4
46018 - València/Valencia
Órganos resolución
Órganos resolución
- Conselleria de Justicia e Interior
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 4
46018 - València/Valencia
Agota vía administrativa
Agota vía administrativa
Sí