Detalle de procedimiento

Solicitud de inclusión en el listado de PERSONAS Y ENTIDADES AUDITORAS SOCIALES de entidades valencianas socialmente responsables. Economía Sostenible

Código SIA : 2964403
Código GUC : 23142
Organismo: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

  • Solicitud

  • Tramitación

  • Alegación/Aportación

  • Resolución

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Solicitar a la Dirección General competente en materia de economía sostenible y responsabilidad social la inclusión en el listado de personas y entidades auditoras sociales de entidades valencianas socialmente responsables. Este listado, de carácter voluntario y elaborado por la Conselleria con competencias en materia de responsabilidad social, se crea para servir de referencia y facilitar la fase de verificación del cumplimiento de los valores de responsabilidad social de las entidades que desean solicitar la calificación de entidad valenciana socialmente responsable, o la renovación de la misma, que conlleva la inscripción el Registro de entidades valencianas socialmente responsables. El listado posee carácter meramente informativo. Cualquier persona o entidad que cumpla con los requisitos legales y reglamentarios establecidos puede realizar una auditoría social externa, sin necesidad de estar inscrita en el listado de personas y entidades auditoras sociales. El listado se ajusta a lo previsto en el capítulo V del Decreto 200/2022, de 25 de noviembre, del Consell, por el que se regula la responsabilidad social en las entidades valencianas.

Observaciones

Observaciones

1) Se recomienda la lectura de las guías explicativas que se encuentran al final de la página web https://hisenda.gva.es/es/web/economia/registre-entitats-valencianes-socialment-responsables 2) Incidencias INFORMÁTICAS (solo errores o problemas de carácter informático) - Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana en: https://sede.gva.es/es/preguntes-frequents * IMPORTANTE: se trata de un correo exclusivamente para atender incidencias informáticas, no para otro tipo de cuestiones o problemas. En el formulario de problemas técnicos o en el correo electrónico que envíe a la citada dirección deben indicarse, entre otros datos: razón social, NIF, usuari@ (nombre, apellidos, DNI, correo electrónico y teléfono de contacto) con el que se conecta a la aplicación, captura de la pantalla donde se ha producido el error, así como descripción lo más detallada posible del problema informático que se haya producido.

Requisitos

Requisitos

Para realizar TRÁMITES TELEMÁTICOS ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa o sin un certificado electrónico de representante no queda acreditada la representación y, por tanto, no puede realizarse válidamente el trámite telemático en representación de otra persona, ni se recibe nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Pueden solicitar la inclusión en el listado de personas y entidades auditoras sociales de entidades valencianas socialmente responsables las PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS que estén en posesión de una TITULACIÓN UNIVERSITARIA SUPERIOR (título universitario de grado o equivalente) y posean experiencia en auditorías, verificación, certificación o normalización y cumplimiento normativo.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año. Permanentemente disponible durante todo el año.

Formularios y documentación

Debe presentarse la siguiente documentación: 1. SOLICITUD de inclusión en el listado de personas y entidades auditoras sociales de entidades valencianas socialmente responsables, según modelo normalizado en FORMULARIO WEB disponible en el TRÁMITE TELEMÁTICO. * En el paso 2-Rellenar del trámite telemático deben cumplimentarse y firmarse digitalmente los siguientes dos FORMULARIOS WEB de que consta la solicitud telemática: - FORMULARIO DATOS GENERALES de la persona o entidad solicitante - DATOS ESPECÍFICOS de la persona o entidad solicitante. 2. Documentación que acredite que la persona física solicitante, o la que va a realizar las auditorias sociales si la solicitante es una persona jurídica, está en posesión de un título universitario de grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, esa persona además deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. 3. Memoria acreditativa de la experiencia de la persona solicitante en auditorías, verificación, certificación o normalización y cumplimiento normativo. Debe estar firmada electrónicamente por la persona física en cuestión y, en su caso, también por la entidad para la que realice las auditorías. Esta memoria debe recoger y acreditar el siguiente contenido: a) Formación en verificación social, indicando: cursos, horas de formación o créditos de cada curso y entidades que han expedido los títulos. b) Experiencia en verificación social, indicando: entidades verificadas, horas y/o días dedicados a ello y fechas de realización de las verificaciones sociales. c) Experiencia en elaboración de estados de información no financiera o de memorias de sostenibilidad, indicando: entidades, horas y/o días dedicados a ello y fechas de realización de esos estados y/o memorias. d) Otra experiencia o formación que se considere relevante. e) En su caso, fecha de inscripción de la persona o entidad en el ROAC o en la ENAC, y características de la misma.

Presentación

Presentación

Telemática
1. De conformidad con el Decreto 200/2022, de 25 de noviembre, del Consell y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y la restante documentación requerida debe realizarse OBLIGATORIAMENTE por medios electrónicos MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de este trámite. 2. Para esa presentación telemática se debe disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten el DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT y por la ACCV, el sistema Clave-firma del Estado (únicamente para las personas físicas) y, en general, todos los aceptados por la Plataforma @firma Más información en: https://sede.gva.es/es/sistemes-d-identificacio-i-signatura-acceptats 3. Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica) sin utilizar un certificado electrónico de representante, la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del ESTADO, cuya respectiva información está disponible en el apartado Enlaces. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora. 4. Haciendo clic en PRESENTACIÓN AUTENTICADA (que figura en color rojo al inicio de este trámite), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar y firmar digitalmente los formularios web, anexar la documentación exigida y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que posteriormente estará también disponible en su Carpeta Ciudadana (ver apartado Enlaces). 5. Respecto a la DOCUMENTACIÓN A ANEXAR: - Es recomendable que reúna todos los documentos a anexar y los cumplimente, firme y guarde electrónicamente en su ordenador o dispositivo electrónico, de modo que posteriormente pueda incorporarlos en el paso DOCUMENTAR del trámite telemático. - IMPORTANTE: todos los documentos certificados o firmados que se presenten telemáticamente deberán ser enviados en formato PDF y tendrán que incorporar las FIRMAS DIGITALES de la/s persona/s o entidad/es que lo/s suscriba/n. - En este trámite de la Guía Prop: * En el apartado ¿Qué documentación se debe presentar? aparece el listado de documentos a presentar. * Y en el apartado Impresos Asociados (además de en el propio trámite telemático) pueden existir modelos normalizados y rellenables de algunos de esos documentos. Si existe modelo normalizado, el documento debe presentarse en él, y si no existe, debe ser creado o recabado por la persona solicitante para poderlos adjuntar a su solicitud telemática. - En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelo antes de anexarlos. 6. Dispone de MÁS INFORMACIÓN sobre la tramitación telemática en: https://sede.gva.es/es/preguntes-frequents Si sigue necesitando ayuda, comuníquelo a: - Para consultas sobre el contenido del trámite: REVSR@gva.es - Guía de procedimientos del Registro SIR

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

1. PRESENTACIÓN OBLIGATORIA Y EXCLUSIVAMENTE de FORMA TELEMÁTICA de la SOLICITUD de inclusión en el listado de personas y entidades auditoras sociales de entidades valencianas socialmente responsables y de la restante documentación exigida ANTE la Dirección General competente en materia de economía sostenible. 2. Si resulta necesario realizar alguna subsanación, presentar alegaciones, desistir del procedimiento, o análogos, deberá efectuarse utilizando el trámite telemático recogido en la pestaña “ALEGACIÓN/APORTACIÓN” de este trámite. 3. La COMISIÓN MIXTA regulada en el Capítulo VI (artículos 25 y 26) del Decreto 200/2022, de 25 de noviembre, del Consell, emitirá informe u opinión sobre cada solicitud de inclusión en el listado. 4. Resolución: - La Resolución sobre la inclusión en el listado de personas y entidades auditoras sociales de entidades valencianas socialmente responsables corresponde a la Dirección General competente en materia de economía sostenible y responsabilidad social. - El plazo de resolución será de TRES MESES y, de no resolverse expresamente en dicho plazo, se entenderán desestimadas las solicitudes de inclusión en ese listado.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Plazo alegación: ABIERTO

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Este trámite tiene como objeto posibilitar la aportación por vía telemática de documentación a un expediente ya INICIADO relativo al procedimiento de inclusión en el listado de personas y entidades auditoras sociales de entidades valencianas socialmente responsables. En concreto, este trámite permite: A) Aportar por vía telemática la documentación que MEDIANTE UN REQUERIMIENTO (de subsanación, de formulación de alegaciones o de otro tipo) le haya sido solicitada por la Dirección General competente en materia de economía sostenible y responsabilidad social con relación a un expediente abierto (no resuelto, ni archivado) de inclusión en el listado de auditoras sociales. B) Aportar de forma telemática A INSTANCIAS DE LA PERSONA INTERESADA documentación a un expediente de las características descritas. Esto incluye también la posibilidad de formular alegaciones y presentar renuncias o desistimientos, si procede. REQUISITOS Para poder aportar documentación mediante este trámite telemático se han de cumplir los siguientes requisitos: 1. En primer lugar se ha de estar en uno de estos dos supuestos: a) Haber recibido un REQUERIMIENTO (de subsanación u otro tipo) de la dirección general competente en materia de economía sostenible y responsabilidad social, respecto a un expediente administrativo abierto (es decir, no resuelto, ni archivado) relativo al Registro de entidades valencianas socialmente responsables (excluyendo el procedimiento de inclusión en el listado de personas y entidades auditoras sociales). b) Existir un expediente abierto de esas características en la citada Dirección General, al que la persona interesada quiera VOLUNTARIAMENTE (es decir, sin haber sido requerida para ello) aportar más documentación, o bien presentar su renuncia o desistimiento, según proceda. 2. En segundo lugar, la firma electrónica debe ser la misma que la utilizada para la presentación de la solicitud que generara el expediente, o asociada al mismo documento identificativo.

Presentación

Presentación

Observaciones

Observaciones

Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante la Secretaria Autonómica de Economía, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órganos resolución

Órganos resolución

Efecto silencio

Efecto silencio

Desestimatorio

Recurso que procede contra la resolución

Recurso que procede contra la resolución

Alzada

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa

No