Detalle de procedimiento

Alta de un ciudadano en el Sistema de Información Poblacional de la Comunitat Valenciana (SIP) para el acceso a las prestaciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud, con recogida de tarjeta en el centro de salud.

Código SIA : 2406174
Código GUC : 21561
Organismo: Conselleria de Sanidad
Plazo de solicitud: ABIERTO
  • Información básica

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Información básica

¿Qué es y para qué sirve?

¿Qué es y para qué sirve?

Realizar el alta o la recuperación de una Baja en el Sistema de Información poblacional (en adelante SIP) de la Comunitat Valenciana. El SIP es el registro administrativo corporativo que contiene información administrativa y sanitaria de las personas residentes en la Comunitat Valenciana y de aquellas que, no siendo residentes, acceden a las prestaciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud. El SIP tiene por objeto: a) La correcta identificación y registro de todos los pacientes y personas usuarias del Sistema Valenciano de Salud. b) Ofrecer información necesaria para la valoración del grado de cobertura y atención sanitaria de la población, así como para el desarrollo de las actuaciones en materia de salud pública. c) Facilitar el intercambio de datos clínicos y administrativos entre los sistemas de información corporativos de la conselleria competente en materia de sanidad, favoreciendo el avance hacia la interoperabilidad. El SIP recogerá, como mínimo, los datos de identificación, localización y modalidad de acreditación del derecho a la cobertura sanitaria de cada una de las personas registradas en él y, cuando proceda, la asignación de centro y médico.

Observaciones

Observaciones

INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS Nombre de la actividad de tratamiento: Alta de un ciudadano/a en el Sistema de Información Poblacional. Finalidad del tratamiento: Mantenimiento y actualización del Sistema de Información Poblacional (SIP). Identidad del responsable del tratamiento: Conselleria de Sanitat Universal i Salud Pública. Legitimación RGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana. Derechos de las personas interesadas: Tienen derecho a solicitar el acceso a sus datos personales, la rectificación o supresión de los mismos, a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo o a no ser objeto de una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles. Las solicitudes para ejercer estos derechos, podrán presentarse de manera presencial o telemática, de conformidad con lo previsto en el siguiente enlace: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19970 Más información: Podrá consultar el registro de actividades de tratamiento de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en la dirección electrónica http://www.san.gva.es/web/comunicacion/registre-de-tractament-de-dades. Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd@gva.es.

Requisitos

Requisitos

Se deberá aportar datos personales: fecha de nacimiento, sexo y el país de la nacionalidad. Para poder registrarse deberán especificar: - Duración de la estancia en la Comunitat Valenciana o el periodo de tiempo durante el cual van a estar temporalmente. - Residencia habitual en un ayuntamiento de la Comunitat Valenciana, requiere estar empadronado en el ayuntamiento correspondiente de la Comunitat Valenciana. Durante el trámite se podrá comprobar, consultando al Sistema Nacional de Salud y al INE (Instituto Nacional de Estadística), los derechos en materia de asistencia sanitaria del usuario, así como la situación de empadronamiento en la Comunidad Valenciana. Se requiere certificado digital para la realización de este trámite.

¿Quién puede solicitarlo?

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona Residente en la Comunitat Valenciana y aquellas que, no siendo residentes, accedan o quieran acceder a las prestaciones sanitarias del Sistema Valenciano de Salud.

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas sobre la tramitación telemática

Dudas del trámite

Problemas informáticos

Plazo

Plazo

Durante todo el año

Formularios y documentación

En los supuestos que se deba acreditar la Residencia en la Comunitat Valenciana, la administración consultará directamente mediante el acceso a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que exista la oposición expresa del interesado a dicha consulta. Esta oposición del interesado a la consulta automática podrá realizarse a través del procedimento indicado mas abajo en el apartado información complementaria. En caso de existir oposición expresa a la consulta electrónica, deberá aportar el Certificado de empadronamiento en el Centro de salud asignado por residencia tras realizar el trámite. El alta se podrá realizar, pero estará registrado como no empadronado hasta la verificación del empadronamiento en nuestra Comunidad. La Administración no exigirá a los interesados la presentación de documentos originales, salvo que, con carácter excepcional, la normativa reguladora aplicable establezca lo contrario. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo la Administración recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Excepcionalmente si no pudieran recabar los citados documentos, podrán solicitar nuevamente al interesado su aportación.

Tasa o pago

Tasa o pago

No lleva tasas

Presentación

Presentación

Presencial
Podrá realizarse el trámite de manera presencial en el Centro de Salud que tenga asignado de acuerdo con su tarjeta SIP. Puede consultar su Centro de Salud en el enlace indicado más abajo.
Telemática
1.- Para acceder de forma telemática el solicitante deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten: - El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana). https://sede.gva.es/es/sede_certificados . - También se admite clave-permanente del Estado como método de autenticación y firma para la tramitación telemática dentro de la sede electrónica de la Generalitat. Este mecanismo únicamente es aceptado para las personas físicas y por tanto quedan excluidas las personas jurídicas (empresas, ayuntamientos, entidades....). Más información en https://sede.gva.es/va/sede_certificados 2 .- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat actuando en representación de otra persona (física o jurídica), deberá inscribirse previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite. Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la carpeta ciudadana de la persona presentadora. 3- Asimismo se debe de tener instalado en su ordenador la aplicación autofirma en el caso de que vaya a realizar la firma con su certificado digital. https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html

Proceso de tramitación

Proceso de tramitación

Realizada la petición electrónica el interesado deberá acudir al centro de salud correspondiente al lugar de residencia para recoger la tarjeta sanitaria individual o el documento de inclusión correspondiente. En caso de haber manifestado oposición expresa a la consulta electrónica del empadronamiento en la Comunitat Valenciana, deberá aportar el Certificado de empadronamiento en el Centro de salud. En este caso hasta la verificación del empadronamiento en nuestra Comunidad, el interesado estará registrado como no empadronado.

Órganos de tramitación

Órganos de tramitación

Plazo máximo

Plazo máximo

La petición será electrónica de respuesta inmediata, que se completa con la visita presencial al centro de salud para recoger la tarjeta.

Órganos resolución

Órganos resolución

Agota vía administrativa

Agota vía administrativa