Solicitud de estancias en balnearios de la Comunitat Valenciana: Programa de Termalismo Valenciano 2024

Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Código SIA: 210862
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Código GVA: 1177
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Plazo cerrado

Desde 29-10-2024

Hasta 02-12-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Concesión de plazas para estancias en balnearios de la Comunitat Valenciana (Programa Termalismo Valenciano)

Se convocan 7.277 plazas para la estancia y tratamiento termal en establecimientos balnearios de la Comunitat Valenciana con el fin de promocionar el envejecimiento activo, mejorar la salud y prevención de la dependencia, contribuyendo a mejorar la calidad de vida de las personas mayores.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 29-10-2024 hasta 02-12-2024
Observaciones

1. El programa se desarrollará desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOGV hasta el 31 de diciembre de 2024 en periodos de diez días (nueve noches) de duración o de seis días (cinco noches) dependiendo del balneario solicitado, no pudiéndose cambiar la duración estipulada para cada balneario.

Hay dos temporadas de disfrute (alta y baja) y la estancia incluye: alojamiento en habitación doble, manutención en régimen de pensión completa, tratamientos termales adecuados a las necesidades de cada una de las personas beneficiarias durante 10 ó 6 días dependiendo del balneario y actividades de animación socio-cultural para los asistentes.

2. La persona solicitante podrá consignar en la solicitud hasta tres balnearios por orden de preferencia. La asignación del balneario se efectuará atendiendo a dichas preferencias, según la disponibilidad de plazas en cada uno de ellos. También podrá indicarse la temporada de preferencia para el disfrute del programa.

3. En caso de no indicar balneario y/o temporada de disfrute o de no existir disponibilidad de plazas en los balnearios o temporada solicitada, se adjudicará el establecimiento termal, preferentemente en temporada baja, por el siguiente orden y en función de la disponibilidad de plazas: Cofrentes, Cabriel-Fuente Podrida, La Vilavella y Montanejos.

4. Relación de balnearios, periodos de duración de los mismos y precios (ANEXO I de la resolución de fecha 24 de octubre de 2024)

5. Disfrute ambas temporadas: las personas beneficiarias podrán disfrutar de un máximo de dos estancias dentro del plazo de ejecución del programa, pero en temporadas diferentes. Así, una vez haya finalizado la primera estancia puede presentar una nueva solicitud para temporada diferente. 

6. No se remitirán cartas precumplimentadas, todos los interesados deben presentar solicitud.

7. Sólo se tramitarán solicitudes según formulario publicado en esta convocatoria, no siendo válidas solicitudes de convocatorias anteriores al existir diferencias sustanciales con respecto a esta.

8. Uniones entre solicitudes: no se gestionan desde la Generalitat Valenciana. Las personas que resulten adjudicatarias de plaza, deberán informar al establecimiento termal de su deseo de acudir junto a otros beneficiarios para que, en caso que sea posible, faciliten tal circunstancia.

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Personas mayores de 65 años, o tener cumplidos los 60 siendo pensionista del sistema público o tener reconocida una discapacidad del 33% o superior.

Requisitos

1. Solicitud presentada dentro del plazo establecido.

2. Personas de 65 años o más, o tener cumplidos los 60 siendo pensionista del sistema público.

3. Tener cumplidos los 60 años y con una discapacidad reconocida del 33% o superior.

4. Estar empadronado en alguno de los municipios de la Comunitat Valenciana.

5. No padecer enfermedad infectocontagiosa, poder valerse por sí mismo y no padecer trastornos o alteraciones de comportamiento que puedan alterar las normas de convivencia.

6. Para los/las solicitantes que precisen la ayuda de un acompañante, será necesaria una discapacidad igual o superior al 65%.

7. Podrán asistir los cónyuges o parejas de hecho de los solicitantes, siempre que sean mayores de 50 años y cumplan los requisitos establecidos en los puntos 4 y 5 anteriormente citados.

8. Puede ser beneficiario del programa un familiar a cargo (hijo/a) con discapacidad igual o superior al 33% y dependa de los padres, siempre que ocupe cama supletoria en la misma habitación.

9. El cumplimiento de los requisitos vendrá referido al momento de presentación de la solicitud correspondiente.

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:

1.- Acceda al enlace telemático facilitado.

2.- Cumplimente y firme el formulario de datos generales.

3.- En Selección de formularios seleccione la solicitud del programa de termalismo.

4.- En la fase DOCUMENTAR descargue la plantilla de la solicitud y cumplimente los datos. En el caso de NO AUTORIZAR u OPONERSE a la consulta de datos se deberá aportar la documentación requerida por la convocatoria: DNI, certificados de empadronamiento, pensión, discapacidad y los de estar al corriente de pagos en la Agencia Tributaria estatal y la autonómica.

5.- Anexe la solicitud debidamente cumplimentada y FIRMADA por todos los participantes y también los documentos necesarios mencionados en el punto anterior en el caso de oponerse o no autorizar la consulta datos.

6.- Registre la solicitud

7.- Guarde el justificante de registro.

La presentación telemática habrá finalizado.

Criterios de valoración

Las plazas se adjudicarán por la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores por orden de registro de entrada, atendiendo a la disponibilidad de plazas ofertadas para cada temporada por los distintos balnearios.

Observaciones

El procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en las presentes bases se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Recibidas las solicitudes e incoado el expediente, el órgano instructor las verificará y podrá realizar de oficio las actuaciones que considere necesarias para...

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Órganos de tramitación
Se creará una comisión de valoración que tendrá la misión de evaluar todas las solicitudes presentadas, conforme a los requisitos establecidos en las bases y formulará la propuesta ordenada según el criterio establecido a la directora general de Dependencia y de las Personas Mayores. La comisión...
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Solicitud

Plazo
Desde 29-10-2024 hasta 02-12-2024

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 2 de diciembre de 2024. (DOGV núm. 9967, de 28.10.2024)

Documentación

Las solicitudes deben presentarse debidamente firmadas por el solicitante y resto de personas que van a disfrutar del programa, y acompañadas de la documentación que en su caso proceda. Se podrán presentar por las personas interesadas, su representante o persona autorizada para ello.

La documentación a presentar por los solicitantes será la siguiente:

a) Solicitud según modelo que figura en esta convocatoria, debidamente cumplimentada y suscrita por todas las personas interesadas o su representante.

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el artículo 4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Sector Público, el órgano gestor podrá verificar aquellos datos manifestados en la solicitud y en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Si la persona solicitante y resto de personas que van a disfrutar del programa se oponen a que se comprueben sus datos de identidad, deberá aportar copia compulsada o autenticada del documento nacional de identidad, pasaporte o número de identificación de persona extranjera, según sea procedente.

c) Si la persona solicitante y resto de personas que van a disfrutar del programa se oponen a que el órgano convocante compruebe los datos de domicilio y residencia o si ha modificado su empadronamiento en los dos últimos meses, deberá aportar original o copia compulsada o autenticada del certificado de empadronamiento, individual o colectivo.

d) Si la persona solicitante tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, deberá aportar el citado certificado siempre que este provenga de entidad de fuera de la Comunitat Valenciana o si proviene de la Comunidad Valenciana y se opone a la consulta por la Administración. No será necesaria la presentación del certificado si tienen el grado reconocido en la Comunitat Valenciana.

e) Igualmente, si la persona solicitante y resto de personas que van a disfrutar del programa, se oponen a que el órgano convocante obtenga la acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social o no presta autorización para que se obtenga la acreditación de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y con la Hacienda de la Generalitat, previstas en los artículos 17 y 18 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, deberá aportar certificados positivos expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, por la AEAT y por la Agencia Tributaria Valenciana (ATV), expresivos de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y obligaciones fiscales, en su caso.

La falsedad de datos o la falsificación de los documentos que se presenten, tendrá como consecuencia la pérdida total de los derechos de la persona solicitante, sin perjuicio de otras responsabilidades que puedan corresponder.

 

 

Forma de presentación
Telemática
Preferentemente la solicitud se presentará de forma telemática. Para acceder a la presentación online de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat. ...
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    Presencial
    1. Direcciones Territoriales de Servicios Sociales e Igualdad
    2. Oficinas PROP
    3. Oficinas de Correos (se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia).

    Todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

     

    Dónde dirigirse

    Resolución

    Plazo máximo

    El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones sobre las solicitudes presentadas será de seis meses contados desde la presentación de cada solicitud.

    Cuantía y cobro

    1. La Generalitat contribuirá a la financiación del coste de las plazas: Por un lado, cuando se trate de tratamientos termales, con una aportación máxima por plaza de 242,00 euros, IVA incluido, para temporada baja y 153,07 euros, IVA incluido para, temporada alta y por otro lado, cuando se trate de estancias termales, con una aportación máxima por plaza de 135,52 euros, IVA incluido, para temporada baja y 85,80 euros, IVA incluido, para temporada alta, abonando dichas cantidades al establecimiento termal receptor que corresponda según la modalidad de la duración de la prestación. Correrá por cuenta de la persona beneficiaria el resto del importe, conforme a los precios fijados por plaza para 2024 en los contratos formalizados con los establecimientos termales en el año 2024.

     

    2. La estancia que transcurra durante días comprendidos en diferente temporada, se considerará disfrutada en la temporada correspondiente al mes en el que se haya iniciado la estancia.

     

    3. El disfrute de una habitación individual estará condicionado por las disponibilidades hoteleras y exigirá el pago suplementario de 15 euros por día, como máximo.

     

    Efecto silencio / Agota vía administrativa
    Desestimatorio
    / Sí
    Recurso que procede contra la resolución
    Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
    Obligaciones

    Además de las obligaciones que con carácter general se prevén el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 23 de noviembre, General de Subvenciones, se establecen las siguientes obligaciones de los beneficiarios:

     

    a) Confirmación de asistencia.

     

    Recibida la notificación de la concesión de una plaza, la persona beneficiaria deberá confirmar su asistencia a dicho turno mediante fax, telegrama, correo electrónico con confirmación, o llamada telefónica, al balneario correspondiente, dentro del plazo indicado en dicha notificación. Las personas seleccionadas que no se presenten en la fecha indicada en el balneario adjudicado sin causa justificada, o que incumplan cualquiera de las obligaciones recogidas en este artículo, perderán los derechos que les otorga la resolución de concesión de la plaza, así como el importe de gastos de gestión de reserva de plaza abonado.

     

    b) Pago. Una vez confirmada su asistencia, la persona beneficiaria deberá remitir a la dirección del balneario, por giro postal o transferencia bancaria, en el plazo que le indique el propio balneario, la cantidad establecida en la correspondiente convocatoria en concepto de gastos de gestión de reserva de plaza, abonando el resto del importe a su llegada al establecimiento termal. En el supuesto de que el beneficiario no abone la cantidad estipulada en concepto de gastos de gestión de reserva de plaza, se entenderá que renuncia a la misma, pudiendo seleccionarse otro beneficiario para cubrir su vacante.

     

    c) Normas de convivencia. Una vez en el establecimiento termal, el/la usuario/a estará obligado/a a respetar las normas de convivencia del centro sometiéndose al reglamento de régimen interno del balneario, así como a las indicaciones médicas en relación con los tratamientos.

     

    Órganos resolución
    La competencia para resolver corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Dependencia y de las Personas Mayores, por delegación de la vicepresidenta y consellera de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda.

    Preguntas frecuentes

    Dudas sobre el trámite
    Dónde consultar dudas sobre el trámite:

    Temas relacionados

    MATERIAS

    • Ciudadanía
      • Colectivos y Servicios sociales
        • Personas mayores

    TEMA

    • Sociedad, ciudadanía y familias
      • Gente mayor

    PERFILES

    • Ciudadanía
      • Gente mayor

    SITUACIÓN DE VIDA

    • Familia
      • Hacerse mayor

    TIPO

    • Ayudas, becas y subvenciones