Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de TRABAJO de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas, EREs/ERTEs y expedientes archivados).

Conselleria de Educación, Universidades y Empleo

Código SIA: 1778955
|
Código GVA: 17262
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Este trámite tiene como objeto posibilitar la aportación por vía telemática de documentación a un expediente ya abierto en la Dirección General competente en materia de trabajo, permitiendo a la ciudadanía relacionarse electrónicamente con la Generalitat Valenciana para acceder a los servicios públicos y a la tramitación de los procedimientos administrativos en materia de trabajo.

 

En concreto, este trámite permite:

 

A) Aportar por vía telemática la documentación que MEDIANTE UN REQUERIMIENTO (de subsanación, de formulación de alegaciones o de otro tipo) le haya sido solicitada por la Dirección General competente en materia de trabajo con relación a un expediente abierto (no resuelto, ni archivado), que no sea de ayudas o subvenciones, ni EREs/ERTEs.

 

B) Aportar de forma telemática A INSTANCIAS DE LA PERSONA INTERESADA documentación a un expediente de las características descritas. Esto incluye también la posibilidad de formular alegaciones y presentar renuncias o desistimientos, si procede.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

Como se ha indicado, este trámite permite la aportación de documentación a un expediente abierto en materia de trabajo que NO sea de ayudas, ni EREs/ERTEs.

 

Para la aportación de documentación a esos otros tipos de expedientes NO debe utilizarse el presente trámite, sino uno de los trámites de aportación de la Guía Prop cuyo enlace directo figura a continuación en el apartado "Enlaces".

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Las personas (físicas y jurídicas) que ostenten la condición de interesadas en el expediente abierto de que se trate, o su/s representante/s.

Requisitos

Para poder aportar documentación mediante este trámite telemático se han de cumplir los siguientes requisitos:

 

1.- En primer lugar se ha de estar en uno de estos dos supuestos:

a) Haber recibido un REQUERIMIENTO (de subsanación u otro tipo) de la Dirección General competente en materia de trabajo, respecto a un expediente administrativo abierto (es decir, no resuelto, ni archivado), que no sea de ayudas o subvenciones, ni EREs/ERTEs.

b) Existir un expediente abierto de esas características en la citada Dirección General, al que la persona interesada quiera VOLUNTARIAMENTE (es decir, sin haber sido requerida para ello) aportar más documentación, o bien presentar su renuncia o desistimiento, según proceda.

 

2.- La persona interesada (física o jurídica) debe disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten:

- El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana).

- Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas fisicas (por tanto, quedan excluidas las personas juridicas: empresas, ayuntamientos, entidades ....).

Más información en: https://sede.gva.es/es/sede_certificados

 

Recomendamos que se compruebe la validez del certificado en la siguiente dirección:

https://valide.redsara.es/valide/inicio.html

Si no supera la validación del certificado, deberá ponerse en contacto con el organismo emisor del mismo.

 

3.- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica), ésta debe haber inscrito previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite.

Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora.

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

a) Si se ha recibido un REQUERIMIENTO, la documentación deberá aportarse en el plazo que la Dirección General competente en materia de trabajo haya establecido en dicho requerimiento.

 

b) Si la documentación se presenta VOLUNTARIAMENTE por la persona interesada, la aportación se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, mientras no se le haya requerido y el expediente no esté archivado.

Documentación

1. SOLICITUD de aportación de documentación, SEGÚN FORMULARIO WEB disponible en el propio trámite telemático. - En esta solicitud deberá hacerse constar toda la información necesaria que permita una correcta identificación del expediente abierto al que se realiza la aportación, indicando en el...

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Forma de presentación
Telemática
1. La aportación de documentación mediante este trámite SÓLO puede realizarse DE FORMA TELEMÁTICA. 2. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse o en el enlace "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), se accede al trámite...
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Resolución

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien en la normativa específica aplicable al expediente administrativo de que se trate.

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MATERIAS

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      • Regulación de empleo
    • Seguridad e higiene en el trabajo

TEMA

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PERFILES

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SECTOR

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