Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de TRABAJO de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas, EREs/ERTEs y expedientes archivados). - GVA.ES
Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de TRABAJO de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas, EREs/ERTEs y expedientes archivados).
Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Qué es
Este trámite tiene como objeto posibilitar la aportación por vía telemática de documentación a un expediente ya abierto en la Dirección General competente en materia de trabajo, permitiendo a la ciudadanía relacionarse electrónicamente con la Generalitat Valenciana para acceder a los servicios públicos y a la tramitación de los procedimientos administrativos en materia de trabajo.
En concreto, este trámite permite:
A) Aportar por vía telemática la documentación que MEDIANTE UN REQUERIMIENTO (de subsanación, de formulación de alegaciones o de otro tipo) le haya sido solicitada por la Dirección General competente en materia de trabajo con relación a un expediente abierto (no resuelto, ni archivado), que no sea de ayudas o subvenciones, ni EREs/ERTEs.
B) Aportar de forma telemática A INSTANCIAS DE LA PERSONA INTERESADA documentación a un expediente de las características descritas. Esto incluye también la posibilidad de formular alegaciones y presentar renuncias o desistimientos, si procede.
Como se ha indicado, este trámite permite la aportación de documentación a un expediente abierto en materia de trabajo que NO sea de ayudas, ni EREs/ERTEs.
Para la aportación de documentación a esos otros tipos de expedientes NO debe utilizarse el presente trámite, sino uno de los trámites de aportación de la Guía Prop cuyo enlace directo figura a continuación en el apartado "Enlaces".
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).
- Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 7425, de 17/12/2014).
A quién va dirigido
Las personas (físicas y jurídicas) que ostenten la condición de interesadas en el expediente abierto de que se trate, o su/s representante/s.
Para poder aportar documentación mediante este trámite telemático se han de cumplir los siguientes requisitos:
1.- En primer lugar se ha de estar en uno de estos dos supuestos:
a) Haber recibido un REQUERIMIENTO (de subsanación u otro tipo) de la Dirección General competente en materia de trabajo, respecto a un expediente administrativo abierto (es decir, no resuelto, ni archivado), que no sea de ayudas o subvenciones, ni EREs/ERTEs.
b) Existir un expediente abierto de esas características en la citada Dirección General, al que la persona interesada quiera VOLUNTARIAMENTE (es decir, sin haber sido requerida para ello) aportar más documentación, o bien presentar su renuncia o desistimiento, según proceda.
2.- La persona interesada (física o jurídica) debe disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre estos sistemas se admiten:
- El DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la C.Valenciana).
- Y el sistema clave-firma del Estado únicamente para las personas fisicas (por tanto, quedan excluidas las personas juridicas: empresas, ayuntamientos, entidades ....).
Más información en: https://sede.gva.es/es/sede_certificados
Recomendamos que se compruebe la validez del certificado en la siguiente dirección:
https://valide.redsara.es/valide/inicio.html
Si no supera la validación del certificado, deberá ponerse en contacto con el organismo emisor del mismo.
3.- Para realizar trámites por vía telemática ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica), ésta debe haber inscrito previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS de la Administración General del Estado, cuya respectiva información está disponible en el apartado "Enlaces" de este trámite.
Sin esa inscripción previa, además de no quedar acreditada su representación, no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora.
Cómo se tramita
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46001 - València/Valencia
46004 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de TRABAJO de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas, EREs/ERTEs y expedientes archivados).
- Aportación de documentación a un expediente abierto de ayudas de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Solicitud
a) Si se ha recibido un REQUERIMIENTO, la documentación deberá aportarse en el plazo que la Dirección General competente en materia de trabajo haya establecido en dicho requerimiento.
b) Si la documentación se presenta VOLUNTARIAMENTE por la persona interesada, la aportación se podrá realizar en cualquier momento del procedimiento anterior a su resolución, mientras no se le haya requerido y el expediente no esté archivado.
Resolución
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien en la normativa específica aplicable al expediente administrativo de que se trate.
03003 - Alacant/Alicante
12003 - Castelló/Castellón
46001 - València/Valencia
46004 - València/Valencia
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