Duplicado de certificados de instalaciones eléctricas de baja tensión o térmicas. Industria - GVA.ES
Duplicado de certificados de instalaciones eléctricas de baja tensión o térmicas. Industria
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Solicitar duplicados de certificados de instalaciones tanto de baja tensión como de instalaciones térmicas. En cada trámite sólo se podrá solicitar un único certificado.
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria (BOE nº 176, de 23/07/1992)
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE nº 224, de 18/09/2002).
- Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (BOE nº 207, de 29/08/07)
A quién va dirigido
La persona titular de la instalación o su representante
Cómo se tramita
1. Presentación de forma exclusivamente telemática del formulario web de solicitud de duplicado de certificado (incluido en el trámite) y del justificante del pago de las tasas.
2. Si todo es correcto, en el plazo máximo de dos días hábiles SE REMITIRÁ TELEMÁTICAMENTE a la persona solicitante el duplicado del certificado de la instalación solicitado.
NOTA: Puede comprobar los datos de la instalación, a través de la "consulta de instalaciones industriales" (ver enlace)
3. En el caso de ser solicitado por el representante, si no consta inscrito previamente en el REGISTRO DE REPRESENTANTES DE LA ACCV, o bien en el REGISTRO ELECTRÓNICO DE APODERAMIENTOS DE la Administración General del Estado, deberá cumplimentar necesariamente el número de certificado o el número de expediente de la instalación que se solicita.
4. En el supuesto de imposibilidad de expedir el certificado, le recomendamos se ponga en contacto con el servicio territorial de industria, energía y minas de la provincia en que esté ubicada la instalación, a través del enlace a "Información y registro (ver apartado enlaces)
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Solicitud
Durante todo el año
Tasas 2024:
4.10. Expedición de duplicados de documentos oficiales: 10,5 euros
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