Ayudas para la preparación de oposiciones de las pruebas selectivas para el acceso a la Carrera Judicial y Fiscal, a los cuerpos de Letrados de la Administración de Justicia, de Médicos Forenses y de Gestión Procesal y Administrativa - GVA.ES
Ayudas para la preparación de oposiciones de las pruebas selectivas para el acceso a la Carrera Judicial y Fiscal, a los cuerpos de Letrados de la Administración de Justicia, de Médicos Forenses y de Gestión Procesal y Administrativa
Qué es
Mediante esta convocatoria se concederán un máximo de 200 ayudas para contribuir en los gastos ocasionados por la preparación de pruebas selectivas para el acceso a los distintos cuerpos de la Administración de Justicia, correspondiendo 100 ayudas para la preparación de Carrera Judicial y Fiscal, 50 ayudas para preparar el acceso al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, 10 ayudas para el acceso al Cuerpo de Médicos forenses y 40 ayudas para el acceso al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.
Se reservará un 7% de las ayudas, dentro de cada cuerpo, a personas que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% y cumplan con el resto de los requisitos exigidos para el acceso al empleo público. En caso de ser declaradas desiertas, se acumularán a las restantes del mismo cuerpo o carrera, y si aun así quedaran desiertas, se acumularán al resto de carreras o cuerpos por el orden del resultado obtenido en la baremación.
En el formulario de solicitud general de la subvención, no hay que cambiar la Naturaleza Jurídica que sale por defecto, ni completar el CNAE.
Los listados provisionales de autobaremación en función de la puntuación alegada, en orden decreciente, se publicarán en la sede electrónica o portal institucional de la Generalitat en internet, https://sede.gva.es y se concederá un plazo de 10 días hábiles a las personas interesadas que se indique, para la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos y de los méritos alegados en la solicitud.
- ORDEN 4/2023, de 3 de mayo, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a personas jóvenes altamente cualificadas para la preparación de las pruebas selectivas para el acceso a la Carrera Judicial y Fiscal, al Cuerpo...
- RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2023, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se convocan ayudas a personas jóvenes altamente cualificadas para la preparación de pruebas selectivas al acceso a la carrera judicial y fiscal, al cuerpo de letrados de la...
- Extracto de la Resolución de 16 de junio de 2023
A quién va dirigido
Personas físicas de hasta 35 años de edad que estén en posesión de la titulación universitaria de licenciatura o grado y cumplan los requisitos de la convocatoria.
Podrán beneficiarse de estas ayudas aquellas personas que, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los siguientes requisitos:
a) No ser mayor de 35 años.
b) Reunir los requisitos de acceso exigidos en la última convocatoria de acceso a la Carrera o Cuerpo correspondiente según la ayuda que se solicite.
c) Estar en posesión de titulación universitaria de licenciatura o grado necesaria para el acceso a la correspondiente Carrera o Cuerpo o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y dispongan del certificado que lo acredite.
d) No ser beneficiaria de ayudas o subvenciones para el mismo objeto, cualquiera que sea el proceso selectivo para el que se le haya concedido la ayuda, de entes públicos ni privados, ni haberlo sido durante un máximo de tres años, continuados o alternos, anteriores a la convocatoria.
e) No hallarse incursas en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
f) Contar con la dirección de un centro especializado o una o varias personas preparadoras para orientar el proceso de preparación, o comenzar la preparación al inicio del período subvencionable determinado en cada convocatoria.
g) Acreditar la situación económica a los efectos de su valoración, de conformidad con lo dispuesto
en la base 11.1.a.
h) Estar empadronada y tener residencia efectiva en la Comunitat Valenciana al menos cinco años de los últimos diez, requiriéndose, asimismo, el certificado de empadronamiento a efectos de acreditación de miembros de la unidad familiar para la valoración de su situación económica.
Cómo se tramita
Con el fin de reducir cargas administrativas a las personas interesadas, a las solicitudes no se adjuntará ninguna documentación, la cual será requerida en una fase posterior únicamente a aquellas personas solicitantes que la comisión de valoración determine mediante la publicación de los listados provisionales, en función de la puntuación alegada, conforme a lo dispuesto en el resuelvo séptimo de la convocatoria.
Para realizar la presentación electrónicamente, la persona solicitante podrá utilizar los certificados electrónicos incorporados al documento nacional de identidad, los certificados electrónicos reconocidos y aquellos sistemas de firma electrónica avanzada que se admitan por la Administración según la normativa vigente.
La presentación de la solicitud se podrá acreditar mediante el recibo expedido por el registro electrónico y producirá efectos jurídicos para el cómputo de plazos desde la fecha de entrada consignada en dicho recibo.
En el caso de que una misma persona, dentro del plazo establecido, presentase más de una solicitud, se entenderá que la última presentada reemplaza a las anteriores solicitudes.
La presentación de la solicitud conlleva la aceptación por la persona solicitante de las bases por las que se rige la convocatoria.
46018 - València/Valencia
Formularios
Solicitud
10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV 9623, de 22/06/2023).
- ORDEN 4/2023, de 3 de mayo, de la Consellería de Justicia, Interior y Administración Pública, por la cual se establecen las bases reguladoras de ayudas en personas jóvenes altamente cualificadas para la preparación de las pruebas selectivas para el acceso a la Carrera Judicial y Fiscal, en el...
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- Extracto de la Resolución de 16 de junio de 2023
Alegación / Aportación
Se concede un plazo de 10 días hábiles. Fecha de inicio: 19/09/2023 Fecha de fin: 02/10/2023 (ambos inclusive)
Este trámite tiene como objeto presentar alegaciones por vía telemática a los listados provisionales publicados de puntuaciones obtenidas, de excluidos y de desistidos (base reguladora 9.3 de la Orden 4/2023, de 3 de mayo) permitiendo a la ciudadanía relacionarse electrónicamente con la...
Resolución
46018 - València/Valencia
- Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la consellera de Justicia e Interior, de concesión de las ayudas a personas jóvenes altamente cualificadas para la preparación de pruebas selectivas para el acceso a la carrera judicial y fiscal, al cuerpo de letrados de la Administración de justicia, al...
- RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2024, de la consellera de Justicia e Interior, por la que se minoran y dejan sin efecto las ayudas concedidas por Resolución de 30 de noviembre de 2023, para la preparación de pruebas selectivas para el acceso a la carrera judicial y fiscal, al cuerpo de letrados de...
- RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2024, de la consellera de Justicia e Interior, por la que se minoran y dejan sin efecto las ayudas concedidas por Resolución de 30 de noviembre de 2023, para la preparación de pruebas selectivas para el acceso a la carrera judicial y fiscal, al cuerpo de letrados de...
Justificación
Los plazos para la presentación serán de CINCO DÍAS HÁBILES siguientes a la finalización de cada periodo de ayudas que a continuación se relacionan: Primer periodo: del 1/09/2023 al 30/11/2023 · Fecha de inicio: 01/12/2023 · Fecha de fin: 11/12/2023 Segundo periodo: del 1/12/2023 al 28/02/2024...
Saber másEl trámite tiene por objeto posibilitar la aportación, por vía telemática, de la documentación justificativa del cumplimiento del fin de la subvención (base reguladora decimotercera de la Orden 4/2023, de 8 de mayo y de la Resolución de 16 de junio), por parte de las personas beneficiarias de...
Recurso de reposición
Un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGV.
Contra la resolución, de 17 de enero de 2024, por la que se minoran y dejan sin efecto las ayudas concedidas por Resolución de 30 de noviembre de 2023 y publicada en el DOGV en fecha 29/01/2024 con nº 9776 que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo, recurso...
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Ciudadanía
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