Instalaciones de almacenamiento de productos químicos (APQ) CON PROYECTO: Alta, modificación, baja y cambio de titularidad. Industria. - GVA.ES
Instalaciones de almacenamiento de productos químicos (APQ) CON PROYECTO: Alta, modificación, baja y cambio de titularidad. Industria.
Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Qué es
Establecer el procedimiento para comunicar la puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones de almacenamiento de productos químicos, así como las modificaciones , bajas y cambio de titularidad , que requieran la presentación de proyecto.
En el supuesto de instalaciones que NO requieran la presentación de proyecto, se tramitarán a través de http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19572&version=amp
CONCEPTOS GENERALES:
A) ALTA:
Se considera alta la primera vez que se inscribe un almacenamiento en un establecimiento.
B) MODIFICACIÓN:
Se considera modificación, la introducción de un nuevo almacenamiento independiente, la baja de un almacenamiento independiente o el cambio de cantidades y sustancias en algún almacenamiento ya existente.
c) BAJA:
Se considera baja la eliminación completa de todos los almacenamientos independientes del establecimiento.
D). CONCEPTO DE ALMACENAMIENTO INDEPENDIENTE DE LA INSTALACIÓN:
Se considerará que dentro de un mismo establecimiento dos almacenes son independientes entre sí, cuando los riesgos específicos de cada uno de ellos no puede incidir sobre el otro.
E). UNIDADES DE MEDIDA DE LAS CAPACIDADES MÁXIMAS:
- Para los productos químicos sólidos, la masa en kilogramos (kg).
- Para los productos químicos líquidos, el volumen en litros (l).
- Para los gases licuados, los gases licuados refrigerados y los gases disueltos, la masa en kilogramos (kg)
- Para los gases comprimidos, el volumen en (Nm3)
F). COMUNICACIÓN DE PUESTA EN SERVICIO:
La comunicación de la puesta en servicio de la instalación de un almacenamiento de productos químicos se realizará con PROYECTO cuando las cantidades de productos químicos peligrosos presentes en el establecimiento superan la cantidad establecida en la columna 6 de la Tabla I del artículo 2 del Real Decreto 656/2017, o bien, cuando la suma de los cocientes entre las cantidades almacenadas y las indicadas en la columna 6 agrupadas por el tipo de peligro, según las partes 2, 3 y 4 del anexo I del CLP (columna 1 de la tabla superan el valor de 1).
- Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10 (BOE nº 176, 25/07/2017)
- Real Decreto 888/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con un contenido en nitrógeno igual o inferiior al 28 por ciento de masa (BOE 208 de 31/08/06).
- Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales.(DOCV nº. 6873, de 01/10/2012).
A quién va dirigido
La persona titular de la instalación o su representante legal.
Cómo se tramita
Con carácter general:
1. Presentación de la solicitud y la documentación correspondiente de forma EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA
2. Se efectuarán las comprobación oportunas.
3. Grabación de datos en el Registro de Instalaciones de almacenamiento de productos químicos.
4. Inspección de las instalaciones, en su caso.
5. Requerimiento en su caso
6. Expediente sancionador, en su caso.
Para INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRÁMITE consulte el apartado de Información y Registro de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver enlace directo en el apartado "Enlaces" de este trámite).
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
- Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).
- Inscripción en el Registro de Representantes de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
- Instalaciones de almacenamiento de productos químicos (APQ) SIN PROYECTO: Alta, modificación, baja y cambio de titularidad. Industria
Solicitud
Durante todo el año
Resolución
La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General competente en materia de industria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir...
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