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Atrás HA EMPEZADO LA TRAMITACIÓN PARA DEPURAR DEL REGISTRO DE TURISMO LAS VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO CON INCIDENCIAS EN EL INFORME DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA PARA EL USO TURÍSTICO (ICU)
HA EMPEZADO LA TRAMITACIÓN PARA DEPURAR DEL REGISTRO DE TURISMO LAS VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO CON INCIDENCIAS EN EL INFORME DE COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA PARA EL USO TURÍSTICO (ICU)
Si gestionas una vivienda de uso turístico en la Comunitat Valenciana y la inscribiste en el Registro de Turismo de la Generalitat, ten en cuenta que la Dirección General de Turismo está actualizando y depurando esta base de datos en función de los requisitos esenciales exigidos por la ley 15/2018, de 7 de junio, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana y el Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, por el que se regula el alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana.
Ya se han dado de baja más de 18.000 viviendas de uso turístico (VUTs) a lo largo de 2025, fundamentalmente por la carencia de datos esenciales (NIF y referencia catastral única e individualizada), tras la preceptiva tramitación de los expedientes de baja.
En enero se ha iniciado una nueva fase en el proceso de depuración ya que todas las viviendas de uso turístico inscritas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad debían acreditar el informe de compatibilidad urbanística favorable del Ayuntamiento en el que estuviese ubicada la vivienda.
Si no hay constancia de un ICU válido en el expediente de la VUT, el titular de la actividad que consta en el Registro recibirá una notificación de inicio del expediente en su carpeta ciudadana, otorgándole un plazo de 10 días hábiles para aportar dicho informe a través del enlace que se indicará en la resolución.
Si el interesado no lo aporta, una vez finalizado el plazo se dará de baja la vivienda en el registro. Esta resolución se notificará a través de la carpeta ciudadana de la Generalitat.
Este trámite lo debes hacer electrónicamente a través del siguiente formulario de Autoregistro:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G19207
Una vez acceda al enlace indicado mediante certificado digital, en el apartado B del formulario de la solicitud debe seleccionar APORTACIÓN ICU EN VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO.
Ten en cuenta que para hacer el trámite necesitas tener certificado electrónico y tener descargado en tu ordenador el programa Autofirma para firmar de forma digital.
Todo el trámite debes finalizarlo antes de 10 días hábiles desde el día siguiente al que accedes a la notificación. Pasado ese plazo, si no lo has hecho, tu vivienda será dada de baja y no podrá ser alquilada turísticamente de forma legal. Asimismo, es importante recordar que si en 10 días naturales no se accede, se tendrá por notificado y continuará el procedimiento de conformidad con la normativa.
Es muy importante que revises bien que el registro de tu vivienda tiene todos los datos que se consideran esenciales según la normativa turística. Puedes comprobar los datos públicos en el siguiente enlace:
LISTADO OFICIAL DE EMPRESAS TURÍSTICAS
https://cindi.gva.es/es/web/turisme/llistat-oficial-empreses-turistiques
Indicar que existe habilitado un correo específico vutsrc@gva.es para dudas concretas de este procedimiento.