Details of Procedure

Solicitud de ayudas compensatorias por los costes de prevención y erradicación de salmonelosis en avicultura

Code SIA : 211245
Code GUC : 3268
Department: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
Deadline for application: CLOSE
(24-07-2023
11-08-2023)
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Se establece una ayuda de carácter compensatorio por los costes de prevención, control y erradicación en el sector avícola de la Comunitat Valenciana de determinados serotipos de salmonella de importancia para la salud pública, tal como se definen en la normativa estatal y comunitaria, en el marco de los siguientes programas: 1. Programa Nacional de Vigilancia, Control y Erradicación de determinados serotipos de Salmonella en manadas de gallinas reproductoras de la especie Gallus gallus. 2. Programa Nacional de Vigilancia y Control de determinados serotipos de Salmonella en gallinas ponedoras de la especie Gallus gallus. 3. Programa Nacional de Vigilancia de determinados serotipos de Salmonella en pollos de carne, broilers, de la especie Gallus gallus. 4. Programa Nacional de Vigilancia y Control de determinados serotipos de Salmonella en pavos.

Observations

Observations

* GASTOS SUBVENCIONABLES Tendrán la consideración de gastos subvencionables los servicios que la asociación o agrupación de productores presten, desde el 16 de octubre del año anterior del ejercicio presupuestario en cuestión hasta el 15 de octubre de cada ejercicio presupuestario para el que hayan sido concedida la subvención y que queden englobados en los servicios expuestos para los grupos A o B siguientes: 1. Grupo A. Autocontroles y medidas de bioseguridad: - Controles sanitarios derivados de los autocontroles efectuados en cumplimiento de los diferentes programas nacionales, estos incluirán la toma de muestras y las pruebas de detección de la enfermedad. - Gastos de sacrificio o destrucción de animales positivos a Salmonella zoonótica de reproductoras o ponedoras, en el caso de no poder acogerse a las ayudas contempladas en la Orden 10/2011, de 24 de marzo, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aplican los baremos de indemnización por sacrificio obligatorio de animales sospechosos o enfermos o con riesgo a ser afectados como medida provisional, como medida amparada en la declaración oficial de una enfermedad, o formando parte de las campañas de control o erradicación de enfermedades en la Comunitat Valenciana. - Limpieza, desinfección, desinsectación y desratización de las instalaciones y utillaje, mediante la utilización de productos autorizados y métodos adecuados o el servicio realizado por terceros de limpieza y desinfección en caso de foco hasta asegurar la ausencia de Salmonella acreditada mediante analíticas. 2. Grupo B. Compra y administración de vacunas de determinados serotipos de Salmonella: - Compra y administración de vacuna destinadas a la vacunación de las futuras ponedoras en explotaciones de cría de la Comunitat Valenciana. - Compra y administración de vacunas destinadas a la vacunación de futuras reproductoras en explotaciones de cría de la Comunitat Valenciana. - Compra y administración de vacunas destinadas a la vacunación de ponedoras o reproductoras en explotaciones de puesta de la Comunitat Valenciana. En el caso de adquisición de futuras ponedoras o reproductoras vacunadas destinadas a explotaciones de la Comunitat Valenciana se entenderá como gasto subvencionable, aquellos gastos derivados de la vacunación de estas, conforme al plan vacunal establecido. Se subvencionarán solo las vacunas administradas que dispongan de la previa autorización de comercialización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos sanitarios o por la Comisión Europea de conformidad con el Reglamento (CE) Nº 726/2004 del Parlamento y Consejo.

Who can apply?

Who can apply?

Las asociaciones o agrupaciones de productores que desarrollen su actividad en el sector avícola de la Comunitat Valenciana, y que presten servicios de controles sanitarios y medidas de prevención frente a Salmonelosis de importancia para la salud pública, así como sacrificio y destrucción de animales afectados a las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana que tengan la condición de PYME según los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) 2022/2472 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, si cumplen las condiciones previstas en la convocatoria. La ayuda debe trasladarse a las explotaciones avícolas beneficiarias finales de las ayudas contempladas en la presente Orden, de acuerdo con el párrafo anterior, a través de los servicios subvencionados o actividad prestada por la asociación o agrupación. La ayuda se abonará a las asociaciones o agrupación de productores a la que pertenezcan dichas explotaciones avícolas. No podrá concederse la ayuda cuando se establezca que la enfermedad fue causada deliberadamente o por negligencia de la persona beneficiaria final. Las personas beneficiarias finales están obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en la normativa materia de medidas frente a la Salmonella y en los Programas Nacionales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y autonómicos respectivos, el Plan Anual Zoosanitario autonómico en vigor, así como al cumplimiento de la normativa general y especifica en materia de bienestar y sanidad animal en las explotaciones ganaderas. Las explotaciones avícolas beneficiarias finales deben estar inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Valenciana en activo y de acuerdo con el censo que figure en REGA a fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

El plazo de presentación de las solicitudes para el ejercicio 2023 será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV Num. XXXX/ dd.mm.2023).

Documentation and forms

Las solicitudes se formalizarán en instancia debidamente cumplimentada, dirigida a la Conselleria competente en materia de ganadería, y se acompañarán de la siguiente documentación: - Acreditación de la identidad de la persona jurídica solicitante, en caso de no autorizar su consulta por el órgano gestor del procedimiento. - Acreditación, cuando proceda, de la identidad del representante legal, cuando esta representación se efectúe se lleve a cabo por una persona jurídica, en caso de no autorizar su consulta por el órgano gestor del procedimiento. - Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, y con la Seguridad Social, en caso de no autorizar u oponerse a su consulta por el órgano gestor del procedimiento. - Relación de explotaciones avícolas incluidas en la solicitud de ayuda con indicación de los datos del titular, código REGA y censo de las explotaciones. - Una memoria del plan de servicios a realizar que incluya una valoración económica detallada del coste de los servicios que las asociaciones u organizaciones solicitantes prestaran a las explotaciones avícolas conforme a su censo. - Datos bancarios. Cuando las personas interesadas necesiten dar de alta o modificar una cuenta bancaria para la percepción de las ayudas convocadas, dicha actuación se podrá realizar de manera telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, sede.gva.es/proc22648.

Presentation

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Telematics
Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat. Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante de entidad (si es persona jurídica) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (si es persona física), ambos emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV). Asimismo, se podrá utilizar cualquier otro sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/es/sede_certificados). Cuando se quiera tramitar un procedimiento en representación de otras personas físicas o jurídicas, se podrá otorgar dicha representación a través del Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/). El acceso a dicho registro por parte de los representados puede realizarse utilizando un certificado cualificado de ciudadano (si es persona física) o de representante de entidad (si es persona jurídica). Los documentos que se anexen al trámite telemático, cuando proceda, deberán ir firmados electrónicamente por quienes sean competentes para ello. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado “como va lo mío”-> “solicitudes en creación” (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Processing process

Processing process

1. Presentación de la solicitud y la documentación requerida. 2. La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde al Servicio con competencias en materia de sanidad animal, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la Propuesta de Resolución, remitiendo al órgano colegiado un informe de evaluación de las solicitudes. 3. El órgano colegiado emitirá un informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, y en base aéste será el encargado de realizar la propuesta de resolución de concesión de las ayudas, a la vista del informe de evaluación de las solicitudes. 4. A la vista de la documentación aportada y la propuesta del órgano colegiado, el órgano competente resolverá la concesión de estas ayudas. La Resolución incluirá la concesión o denegación expresa de la subvención, de la que estarán excluidos todos los impuestos. 5. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria anual. 6. Transcurrido este plazo sin que se haya notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Assessment criteria

Assessment criteria

Estas ayudas se establecen en régimen de concurrencia competitiva. Si el conjunto de ayudas solicitadas superase los fondos disponibles, se ordenarán las solicitudes según el número de animales afectados por el programa, atendiéndose en primer lugar las solicitudes a las que afecte un mayor número de animales de la especie Gallus gallus y Meleagris gallopavo. Para aplicar este criterio se tendrá en cuenta la suma de los animales de ambas especies. En caso de empate en la puntuación final obtenida por los solicitantes, tendrán preferencia aquellas agrupaciones o asociaciones que acrediten ocupar mayor porcentaje de trabajadores discapacitados en relación con sus respectivas plantillas o se comprometan a contratar un porcentaje mayor durante el ámbito temporal de la ayuda. En caso de persistir el empate, se tendrá en cuenta la fecha y hora de entrada de la solicitud.
Claim period:
from: 24-07-2023

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Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de alegaciones o cualquier documento adicional debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado “como va lo mío”-> “solicitudes en creación” (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Obligations

Obligations

El desarrollo del plan de servicios y actuaciones previstas que será prestado por asociación o agrupación de productores beneficiaria de la ayuda en especie a las explotaciones avícolas deberá justificarse por la asociación o agrupación mencionada ante la administración hasta la fecha fijada en la convocatoria de ayuda del ejercicio presupuestario para el que se haya concedido la subvención, que en ningún caso será posterior al 15 de octubre del citado ejercicio, mediante la comunicación final de los servicios y actuaciones realizadas objeto de la ayuda y su coste, con el desglose de los gastos incurridos, adjuntando las facturas de terceros, así como sus justificantes bancarios La falta de justificación o la insuficiencia de la misma o la presentación de la justificación fuera del plazo establecido en este apartado y, en general, cualquier incumplimiento de las obligaciones del beneficiario previstas, determinará la dejación sin efecto y la revocación total o parcial de la resolución de concesión, y la obligación de reintegro de las cantidades indebidamente percibidas. El pago de la ayuda solicitada de los gastos subvencionables del artículo 3 estará supeditado al cumplimiento de lo dispuesto en materia de medidas frente a la Salmonella en los Programas Nacionales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y autonómicos respectivos, el Plan Anual Zoosanitario en vigor, así como al cumplimiento de la normativa en materia de bienestar y sanidad animal, en las explotaciones ganaderas incluidas en la concesión

Observations

Observations

Ante la resolución procederá el recurso de reposición ante el titular de la Conselleria competente en materia de ganadería, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, o bien impugnación, directamente ante el orden jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Amount and charge

Amount and charge

El porcentaje máximo de la ayuda podrá alcanzar como máximo el 80% de los gastos subvencionables aprobados, sin que pueda rebasar la cuantía máxima de 1 euro por gallina ponedora o reproductora y 0,10 euros por pollo o pavo de engorde, de acuerdo con el censo que consta en REGA a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Deadline

Deadline

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de 6 meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria anual. Transcurrido este plazo sin que se haya notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimada su solicitud por silencio administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Silence effect

Silence effect

Dismissal

Appeal proceeding against the resolution

Appeal proceeding against the resolution

Optional replacement

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

Sanctions

Sanctions

El régimen sancionador será el establecido en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Justification period:
until: 15-10-2023

Term

Term

Hasta: 15/10/2023

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Dado que los solicitantes son personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de la documentación justificativa debe realizarse electrónicamente a través de la sede electrónica de la Generalitat. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado “como va lo mío”-> “solicitudes en creación” (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).