Details of Procedure

Comunicación previa de aprovechamiento en plantaciones forestales temporales

Code SIA : 211811
Code GUC : 16908
Department: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

- Comunicar a la administración competente sobre el aprovechamiento que se va a efectuar en una plantación forestal temporal.

Observations

Observations

- Los datos solicitados serán utilizados únicamente para la elaboración de las estadísticas forestales. - El aprovechamiento de la plantación forestal temporal al que haga referencia la comunicación debe haber sido previsto en el correspondiente plan técnico de gestión forestal simplificado. - Se debe eliminar los restos de vegetales derivados de tratamientos selvícolas o cortas para prevenir la proliferación de plagas y enfermedades, reducir el riesgo de incendios forestales y, en su caso, evitar la proliferación de taxones no autóctonos en el medio natural o que puedan poner en peligro la integridad genética de las especies autóctonas

Requirements

Requirements

- Que tenga la conformidad del titular de la plantación forestal temporal para efectuar el aprovechamiento. - Que tenga poder bastante para actuar en nombre y representación de la empresa, en su caso. - Que cuente con las autorizaciones o licencias correspondientes para el ejercicio de las actividades comerciales vinculadas al aprovechamiento

Who can apply?

Who can apply?

Cualquier persona física o jurídica con capacidad para efectuar el aprovechamiento de una plantación forestal temporal.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Al menos 15 días antes de iniciar el aprovechamiento.

Documentation and forms

Formulario de comunicación previa de aprovechamiento en plantaciones forestales temporales.

Presentation

Presentation

Face-to-face
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. - Y, preferentemente, en:
Telematics
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/proc16908 Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la presente de forma electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la presentación telemática. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/es/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Processing process

Processing process

- Presentación de la comunicación previa en formulario normalizado (persona interesada). - Examen de forma y fondo de la comunicación (Servicio Territorial de Medio Ambiente). - Actualización de datos del Registro o, en su caso, Resolución desestimatoria de la comunicación previa (Dirección Territorial de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio). - Notificación a la persona interesada (Servicio Territorial de Medio Ambiente)

Observations

Observations

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/15).

Deadline

Deadline

- Efecto estimatorio del silencio administrativo. - Resolución de declaración de imposibilidad de efectuar el aprovechamiento: 15 días a contar desde la fecha de registro de la comunicación previa.

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

Sanctions

Sanctions

Las previstas en la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunitat Valenciana.