Details of Procedure

Alegaciones o solicitud de modificación del sistema de identificación geográfica de parcelas agrícolas (SIGPAC)

Code SIA : 211518
Code GUC : 15401
Department: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

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Realizar alegaciones o modificaciones de la base de datos del sistema de identificación de parcelas SIGPAC, tales como datos de cultivos, superficie, sistema de explotación: secano/regadío, número o especies de árboles, coeficiente de admisibilidad de pastos y, en general, cualquier otro atributo del recinto. Con objeto de facilitar la gestión de las alegaciones se tipifican en los siguientes tipos: TIPO 1: Cambio de uso en un recinto completo Descripción: El interesado no está de acuerdo con el uso asignado a un recinto. TIPO 2: Cambio de sistema de explotación (secano/regadío) en un recinto completo Descripción: El interesado no está de acuerdo con el sistema de explotación asignado a un recinto. Para todos los usos SIGPAC excepto los usos no agrarios: (Corrientes y superficies de agua (AG), Viales (CA), Edificaciones(ED), Improductivos (IM) y zonas Urbanas (ZU)). TIPO 12: Cambio de uso y sistema de explotación en un recinto completo. TIPO 3: Cambio de uso en una parte de un recinto Descripción: El interesado no está de acuerdo con el uso asignado a un recinto, debido a que una parte del mismo tiene diferente uso. TIPO 4: Cambio de sistema de explotación (secano/regadío) en una parte del recinto. Descripción: El interesado no está de acuerdo con el sistema de explotación asignado a un recinto, debido a que una fracción del mismo tiene un sistema de explotación diferente. TIPO 34: Cambio de uso y sistema de explotación en una parte del recinto. TIPO 5: Parcela agrícola en zona urbana. Descripción: Existencia de parcela ubicada en zona calificada como urbana que tiene uso agrícola. El interesado quiere que se delimite la parcela agrícola que explota. TIPO 8: Alegaciones que afectan a recintos de frutales de cáscara y algarrobo. Descripción: El interesado no está de acuerdo con el número o los atributos asignados a los frutales de cáscara o algarrobos de un recinto. TIPO AB: Reinicio/confirmación de la actividad agraria en un recinto con Cultivo Abandonado, Barbecho de más de 5 años. Descripción: El interesado ha procedido a acondicionar el cultivo y solicita se levante el estado de abandono que tenía asignado (código incidencia 117), o confirma que en esa superficie que tiene la incidencia 158 realiza una actividad agraria. Esta alegación puede ser sobre el recinto completo o parte del mismo. TIPO CA: Cambio de coeficiente de admisibilidad de pastos (CAP) asignado. Descripción: El interesado no está de acuerdo con el valor asignado y solicita su modificación/revisión. Debe indicar el % CAP. TIPO EP: Elementos del Paisaje: Inclusión, eliminación, cambio de tipología y/o modificación de geometría Descripción: El interesado no está de acuerdo con la información gráfica o alfanumérica que la capa de elementos registra para los recintos que declara. Debe indicar la acción a efectuar (Inclusión, eliminación, cambio de tipología y/o modificación de geometría) TIPO IN: Cambio de incidencia sin cambio de uso o sistema de explotación Descripción: el interesado no está de acuerdo con las incidencias asignadas y quiere modificarlas, a excepción de las incidencias 117 (cultivo abandonado), 158 (barbecho de más de 5 años),133 (todo el recinto es un elemento del paisaje sin definir) y 116 (contiene elementos del paisaje) que tienen alegación propia. Debe indicar la acción a efectuar (Inclusión o eliminación). TIPO TX: Otras no previstas anteriormente (con excepción de cambio de morfología de la parcela).

Observations

Observations

Existe un manual de procedimiento de alegaciones al SIGPAC en las oficinas comarcales de la Conselleria competente en la materia. Enlaces visor SIGPAC (en caso de no poder acceder al enlace, probar en diferentes navegadores) http://sigpac.gva.es/visor/

Who can apply?

Who can apply?

Puede solicitarlo el agricultor que cultive la parcela, sea o no el propietario de la misma, siempre que pueda acreditarse la condición de interesado.

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Durante todo el año, con efectos para el siguiente año. Sin embargo, si se quiere el reconocimiento de la alegación o modificación en el año en curso, se debe presentar dentro del mismo plazo de solicitud de las ayudas de Régimen de Pago Básico y otras ayudas directas.

Documentation and forms

Cuando la alegación o solicitud de modificación esté vinculada a una solicitud de ayudas, no se necesita ninguna otra documentación. Cuando no estén vinculados a ninguna solicitud de ayudas: · Se requiere presentar el impreso normalizado IA-26169 de alegación o solicitud de modificación del Sistema de Identificación Geográfica de Parcelas (SIGPAC). · La salida gráfica del recinto. · Acreditar la condición de interesado. · Acreditación de la concesión administrativa de agua otorgado por la Confederación Hidrográfica correspondiente en los casos de alegaciones tipo 2 y 4. · Cualquier otro documento que apoye la alegación o modificación: informe técnico, elaborado por técnico competente en la materia.

Presentation

Presentation

Face-to-face
a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros). b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y, preferentemente, en:
Telematics
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat. Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante de entidad (si es persona jurídica) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (si es persona física), ambos emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunitat Valenciana (ACCV). Asimismo, se podrá utilizar cualquier otro sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/es/sede_certificados). Cuando se quiera tramitar un procedimiento en representación de otras personas físicas o jurídicas, se podrá otorgar dicha representación a través del Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/). El acceso a dicho registro por parte de los representados puede realizarse utilizando un certificado cualificado de ciudadano (si es persona física) o de representante de entidad (si es persona jurídica). Los documentos que se anexen al trámite telemático, cuando proceda, deberán ir firmados electrónicamente por quienes sean competentes para ello. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado “cómo va lo mío”-> “solicitudes en creación” (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Processing process

Processing process

Se delega en las direcciones territoriales de la conselleria competente en la materia, en su ámbito respectivo, las competencias para la explotación y mantenimiento del Sistema de Información Geográfica de las Parcelas (SIGPAC), regulado por el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre. A tal efecto se establecerán las medidas adecuadas para: a) Asistir a los productores en su utilización, facilitándoles la información necesaria de las parcelas agrícolas, de forma que puedan cumplimentar adecuadamente las solicitudes de ayuda relacionadas con la superficie. b) Atender y resolver las alegaciones que puedan plantearse por parte de los productores sobre su contenido. c) Incorporar a la bases de datos las actualizaciones de usos agrícolas y sistema de explotación de los recintos.

Observations

Observations

Las resoluciones de los directores territoriales son recurribles en alzada en el plazo de un mes ante el secretario autonómico, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015.

Deadline

Deadline

El plazo de resolución será de seis meses.

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes