Details of Procedure

Instalaciones de almacenamiento de productos químicos (APQ) SIN PROYECTO: Alta, modificación, baja y cambio de titularidad. Industria

Code SIA : 1293435
Code GUC : 19572
Department: Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

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Establecer el procedimiento para la comunicación de la puesta en funcionamiento de las nuevas instalaciones de almacenamiento de productos químicos, así como las modificaciones , bajas y cambio de titularidad de las mismas, que no requieran proyecto. En el supuesto de instalaciones que requieran la presentación de proyecto, se tramitarán a tráves del trámite:http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=715&version=amp

Observations

Observations

CONCEPTOS GENERALES: A) ALTA: Se considera alta la primera vez que se inscribe un almacenamiento en un establecimiento B) MODIFICACIÓN: Se considera modificación, la introducción de un nuevo almacenamiento independiente, la baja de un almacenamiento independiente o el cambio de cantidades y sustancias en algún almacenamiento ya existente. C) BAJA: Se considera baja la eliminación completa de todos los almacenamientos independientes del establecimiento. D) ALMACENAMIENTOS INDEPENDIENTES: Se consideran almacenamientos independientes aquellos en los que el riesgo de cada uno no incide sobre el otro. E) UNIDADES DE MEDIDA DE LAS CAPACIDADES MÁXIMAS: - Para los productos químicos sólidos, la masa en kilogramos (Kg). - Para los productos químicos líquidos, el volumen en litros ( l ). - Para los gases licuados, los gases licuados refrigerados y los gases disueltos, la masa en kilogramos (Kg). - Para los gases comprimidos, el volumen en (Nm3) F) COMUNICACIÓN DE PUESTA EN SERVICIO: La comunicación de la puesta en servicio de la instalación de un almacenamiento de productos químicos se realizará SIN PROYECTO cuando las cantidades de productos químicos peligrosos presentes en el establecimiento superan la cantidad establecida en la columna 5, pero son menores a las de la columna 6, de la Tabla I del artículo 2 del Real Decreto 656/2017, o bien, cuando la suma de los cocientes entre las cantidades almacenadas y las indicadas en la columna 5, pero son menores a las de la columna 6, agrupadas por el tipo de peligro, según las partes 2, 3 y 4 del anexo I del CLP (columna 1 de la tabla), superan el valor de 1.

Who can apply?

Who can apply?

La persona titular de la instalación o su representante legal.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Durante todo el año

Documentation and forms

La presentación y tramitación de estos expedientes será EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA A. NUEVA INSTALACIÓN (ALTA) SIN PROYECTO: Se considera ALTA, la primera vez que se inscribe un almacenamiento en un establecimiento. Se consideran ALMACENAMIENTOS INDEPENDIENTES aquellos en los que el riesgo de cada uno no incide sobre el otro. - Formulario general web. - Formulario web de datos específicos de la instalación - Memoria técnica firmada por el titular o su representante legal (que incluirá croquis de acceso al emplazamiento y el plano de planta con distancias de seguridad y sistemas de protección) - Certificado del organismo de control habilitado. - Certificado de construcción de los recipientes extendido por el fabricante. B. MODIFICACIÓN: Se considera MODIFICACIÓN, la introducción de un nuevo almacenamiento independiente, la baja de un almacenamiento independiente, o el cambio de cantidades y sustancias en algún almacenamiento ya existente. Se consideran ALMACENAMIENTOS INDEPENDIENTES aquellos en los que el riesgo de cada uno no incide sobre el otro. - Formulario general web. - Formulario web de datos propios de la instalación - Memoria técnica firmada por el titular o su representante legal (que incluirá croquis de acceso al emplazamiento y el plano de planta con distancias de seguridad y sistemas de protección) - Certificado del organismo de control habilitado. - Certificado de construcción de los recipientes extendido por el fabricante. C. CAMBIO DE TITULARIDAD: - Formulario web general - Formulario web específico de cambio de titularidad. D. BAJA: Se considera BAJA, la eliminación completa de TODOS los almacenamientos independientes del establecimiento Se consideran ALMACENAMIENTOS INDEPENDIENTES aquellos en los que el riesgo de cada uno no incide sobre el otro. - Formulario web general - Formulario web específico de baja

Presentation

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Telematics
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). En el caso de utilizar un certificado digital de persona física actuando en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ 2. Si ya dispone de certificado digital podrá acceder a través del enlace "Solicitud_Presentación autenticada (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la solicitud firmada digitalmente y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 3. En el apartado G del formulario general deberá optar por la opción que en cada caso se trate (nueva instalación, modificación/ampliación, cambio de titularidad o baja). 4. Respecto a los documentos a anexar: - En el apartado "Impresos Asociados" (además de en el propio trámite telemático) existe un modelo normalizado y rellenable, que tras cumplimentarse, DEBE FIRMARSE DIGITALMENTE. Para ello la autoridad certificadora de la Comunitat Valenciana ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF (acuda a http://www.accv.es para más información al respecto), aunque hay más sistemas válidos de firma de documentos pdf que puede utilizar. - Es recomendable que, en primer lugar, cumplimente, firme y guarde electrónicamente la solicitud en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarla en el paso correspondiente del trámite telemático. No obstante, también podrá hacerlo en ese mismo paso. 5. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion 6. CUESTIONES ESPECÍFICAS DE TRAMITACIÓN TELEMÁTICA RELACIONADAS CON ESTE TRÁMITE: a. Las acciones de ALTA, MODIFICACIÓN Y CAMBIO DE TITULARIDAD llevan asociados dos formularios web, uno de datos generales y otro de datos específicos de la instalación . b. Modificación de la instalación: En el formulario de datos específicos de la instalación, se le ofrecerán inicialmente todas las instalaciones de almacenamiento de productos químicos (APQ) de las que sea titular, para que se seleccione aquella sobre la que se va a comunicar la modificación. Una vez seleccionada la instalación, se le mostrarán los almacenamientos/depósitos que lo componen y entonces se procederá a realizar las modificaciones que estime oportunas. c. Cambio de titularidad: En el supuesto que el trámite se inicie por el actual titular, el programa le ofrecerá la identificación de las instalaciones de APQ de que dispone para que identifique las que procede cambiar de titularidad. En el supuesto que el tramite se inicie por el nuevo titular, el programa únicamente le ofrecerá la dirección de las instalaciones de APQ para que seleccione aquellas cuya titularidad asume.

Processing process

Processing process

Con carácter general: - Presentación de la solicitud y la documentación , DE FORMA EXCLUSIVAMENTE TELEMÁTICA - Realización de las comprobaciones oportunas. - Inscripción de los datos en el Registro de Instalaciones de almacenamiento de productos químicos. - Inspección en su caso - Requerimiento de subsanación en su caso - Expediente sancionador en su caso

Obligations

Obligations

El titular de las instalaciones será responsable del cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias, así como de su correcta explotación. El titular de la instalación tendrá cubierta, mediante la correspondiente póliza de seguro, aval u otra garantía financiera equivalente, la responsabilidad civil que pudiera derivarse del almacenamiento, con cuantía por siniestro de 400.000 euros, como mínimo. Cada cinco años a partir de la fecha de puesta en servicio de la instalación para el almacenamiento de productos químicos, y de sus modificaciones o ampliaciones, su titular deberá presentar en el órgano competente de la Comunidad Autónoma un certificado emitido por un organismo de control habilitado donde se acredite la conformidad de las instalaciones con los preceptos de la instrucción técnica complementaria o, en su caso, con los términos de la autorización prevista en la normativa vigente.

Observations

Observations

La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General competente en materia de industria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

No