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Subvenciones para el fomento de la formación, la investigación y la transferencia de conocimiento entre el Sistema Universitario Valenciano y la Administración Pública Valenciana en el ámbito de la economía pública. Convocatoria 2023

Code SIA : 2405781
Code GUC : 21532
Department: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
Deadline for application: CLOSE
(07-06-2023
04-07-2023)
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What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

El objeto del trámite es la concesión, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de subvenciones destinadas al fomento de la formación, la investigación académica y la transferencia de información y conocimientos en materia de economía pública entre las universidades del Sistema Universitario Valenciano y la administración pública valenciana. Los resultados esperados con estas subvenciones son los siguientes: a) Mejorar la investigación académica en las áreas de interés gestionadas por la Generalitat, para que, en el futuro, permita mejorar la toma de decisiones en las políticas públicas desarrolladas por la Generalitat. b) Contribuir a la formación especializada de investigadores en materia de economía pública que, en el futuro, puedan seguir desarrollando su actividad en alguna universidad valenciana, o bien incorporarse a la actividad profesional en la Generalitat o en otras instituciones públicas o privadas. c) Contribuir a la futura formación de grupos de investigación emergentes en economía pública en las universidades del Sistema Universitario Valenciano o a la consolidación de los grupos de investigación ya existentes.

Requirements

Requirements

Las subvenciones se percibirán directamente por las universidades, que las destinarán a la financiación de tesis doctorales en las siguientes áreas de interés prioritarias en economía pública: - Gobernanza fiscal, crecimiento económico y equidad en el marco autonómico - Sistemas fiscales y transformación digital - Determinantes de las necesidades de gasto público de los niveles de gobierno, subestatales en el marco de un estado descentralizado - Evaluación de políticas públicas Las entidades beneficiarias (universidades) suscribirán un convenio de colaboración con la Generalitat, cuyo contenido se ajustará a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que regula los convenios que suscriba la Generalitat y su registro.

Who can apply?

Who can apply?

Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las universidades del Sistema Universitario Valenciano, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 4/2007, de 9 de febrero, de coordinación del Sistema Universitario Valenciano, que impartan estudios oficiales de doctorado y que actuarán como solicitantes de las subvenciones.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Las solicitudes se presentarán en el plazo de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV 9611, de 06.06.2023).

Documentation and forms

Las solicitudes y la documentación necesaria se presentarán telemáticamente por parte del representante legal de la universidad mediante firma electrónica o certificado digital, en el plazo establecido en el apartado anterior. La solicitud se acompañará de los dos modelos de impresos incluidos dentro del apartado de "Impresos asociados". A tal efecto, el representante legal de la universidad deberá acceder al procedimiento mediante su firma electrónica y adjuntar los dos impresos en formato PDF cumplimentados y firmados electrónicamente: -Modelo de solicitud general de subvención (PDF), en el que constarán los datos bancarios, la declaración de otras ayudas solicitadas, la autorización para la consulta interactiva de datos y declaraciones responsables. -Modelo de certificación con los criterios de valoración (PDF), en el que se especificarán los indicadores que serán objeto de valoración para la concesión de las subvenciones, así como el detalle del cálculo y datos utilizados para la determinación de los mismos. En el caso de entidades privadas, salvo que la documentación ya se encuentre en poder de la administración actuante, deberán también adjuntar una copia del documento acreditativo de la representación legal de la persona que da conformidad a la solicitud en nombre de la entidad solicitante. No obstante, si la representación legal de quien actúa en nombre de la universidad resulta de sus normas de organización y funcionamiento, no será necesario aportar el documento acreditativo de la representación legal. Por otra parte, estas entidades deberán acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, la exención de dicha obligación, según lo previsto en el artículo 7 de la Ley 11/2003, de 10 de abril, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad.

Presentation

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Telematics
A través del siguiente enlace mediante certificado electrónico: https://sede.gva.es/

Normative

Normative

Links

Links

  • Liquidación de reintegros ayuda/subvención
  • RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MODELO ECONÓMICO, FINANCIACIÓN AUTONÓMICA Y POLÍTICA FINANCIERA DE LA CONSELLERIA DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO, DE REINTEGRO PARCIAL POR JUSTIFICACIÓN INSUFICIENTE DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA AL EXPEDIENTE UNIECPU/2021/02 PT1, DE LA UNIVERSITAT DE VALÈNCIA, DE LA CONVOCATORIA 2021 PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN, LA INVESTIGACIÓN Y LA TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO ENTRE EL SISTEMA UNIVERSITARIO VALENCIANO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA VALENCIANA EN EL ÁMBITO DE LA ECONOMÍA PÚBLICA. (Fecha de Publicación 16/06/2023)
  • Carta de Pago
  • RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA AUTONÓMICA DE FINANCIACIÓN POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA LISTA DEFINITIVA DE ADMITIDOS, ASÍ COMO LA PUNTUACIÓN OBTENIDA EN EL PROCESO DE BAREMACIÓN DE LAS SOLICITUDES, DE LA CONVOCATORIA 2023 DE LAS SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA FORMACIÓN, LA INVESTIGACIÓN Y LA TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO ENTRE EL SISTEMA UNIVERSITARIO VALENCIANO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA VALENCIANA EN EL ÁMBITO DE LA ECONOMÍA PÚBLICA.

Processing process

Processing process

1. El órgano instructor, de oficio, impulsará todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución, así como para realizar las propuestas de cada fase contable que procedan en ejecución de la misma. 2. Si la documentación aportada fuera incompleta, se requerirá a las entidades solicitantes, telemáticamente o por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción para que, en el plazo de 10 días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con advertencia de que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPAC). Adicionalmente, también podrá comunicarse dicha incidencia por correo electrónico. 3. La selección de las universidades se llevará a cabo por parte del órgano instructor a propuesta de una comisión evaluadora, que con arreglo a los criterios establecidos para la evaluación, elevará a la persona titular de la dirección general competente en materia de financiación autonómica una propuesta de resolución definitiva, con indicación del resultado de la evaluación efectuada mediante una relación priorizada de las solicitudes, por puntuación obtenida y en su caso la lista de reserva para cubrir las renuncias que se produzcan. 4. Elevada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la conselleria competente en materia de financiación autonómica o la persona titular del órgano en quien delegue, dictará la correspondiente resolución definitiva del procedimiento, acto que pondrá fin a la vía administrativa y que será notificada a las personas interesadas. 5. La resolución del proceso de selección será motivada y contendrá la relación ordenada de universidades seleccionadas, con indicación de la puntuación obtenida en el proceso de evaluación, el número de proyectos de tesis doctoral a financiar en función de la puntuación obtenida y la cuantía concedida, total y por anualidades, en función de la cuantía por proyecto fijado en la convocatoria en los términos previstos en el artículo 7 de esta orden y del número de proyectos asignados. La resolución del proceso establecerá, en su caso, una lista de reserva con la puntuación obtenida, para cubrir las renuncias que se produzcan; y por último la relación de solicitudes con desestimación expresa 6. De acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, la resolución del procedimiento se publicará en la página web de la conselleria competente en materia de financiación autonómica, surtiendo esta publicación los efectos de la notificación. Las sucesivas notificaciones se publicarán también en la página web de la conselleria competente en materia de financiación autonómica. A efectos de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley general de subvenciones, la resolución se publicará también en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Assessment criteria

Assessment criteria

Los criterios que se emplearán para seleccionar a las universidades beneficiarias son los siguientes: a) Profesorado con doctorado por cada cien alumnos: Profesorado Permanente Doctor equivalente a tiempo completo por cada 100 alumnos matriculados en estudios de grado, máster y doctorado. Máximo: 25 puntos. b) Número de tesis doctorales leídas en el programa de Doctorado de Economía por cada cien alumnos matriculados en estudios de grado, máster y doctorado. Máximo: 20 puntos. c) Factor de impacto medio: Factor de impacto medio de las publicaciones para las cuales hay un autor o autora afiliado a la institución. Máximo: 20 puntos. d) Fondos de investigación por profesorado doctor: Recursos para proyectos de investigación sobre el total de profesorado permanente doctor equivalente a tiempo completo. Máximo: 20 puntos. e) Porcentaje de tesis defendidas con mención internacional en programas de doctorado en economía sobre el total de tesis leídas en programas de doctorado en economía. Máximo: 15 puntos. Las universidades solicitantes, deberán presentar una certificación del representante legal, en la que se recojan, conforme al modelo normalizado, los méritos que serán objeto de valoración para la concesión de las subvenciones, así como el detalle del cálculo y datos utilizados para la determinación de los mismos. Los criterios de concesión relacionados, sobre los que las universidades solicitantes deberán proporcionar información, estarán referidos a los datos del curso académico finalizado en 2022 y únicamente a los departamentos en materias relativas a Economía. En el caso del criterio establecido en la letra c del apartado 1 del presente artículo, se tendrá en cuenta el factor de impacto medio de las publicaciones para las cuales hay una autoría o autor afiliado a la institución de acuerdo con Journal Citation Reports referenciado a las áreas de Economy, Finance y Business. Para cada uno de estos criterios, las universidades serán clasificadas, por orden decreciente (de mayor a menor), en función de sus respectivos registros (datos declarados). Las que tengan el registro más elevado obtendrán el máximo de puntos del criterio, y la puntuación irá reduciéndose de manera proporcional a los datos aportados por el resto de universidades con arreglo a la siguiente fórmula (regla de tres inversa): Puntuación de la universidad en el criterio X = (Puntuación máxima del criterio X * Dato declarado por la universidad en el criterio X) / Dato declarado por la universidad con la puntuación más alta en el criterio X. En caso de no presentarse información relativa a un criterio o el cálculo y detalle de las cifras utilizadas para la determinación de las ratios o ser considerada dicha información por la comisión evaluadora como inadecuada o insuficiente, se valorará con 0 puntos. La puntuación final de cada universidad será la suma de los puntos obtenidos en todos los criterios. En caso de empate en la puntuación final, para deshacerlo se utilizará la puntuación en el primer criterio; si el empate persistiera, se emplearía el segundo criterio y, así, sucesivamente.

Processing bodies

Processing bodies

Obligations

Obligations

Las entidades beneficiarias (universidades) suscribirán un convenio de colaboración con la Generalitat, cuyo contenido se ajustará a lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 176/2014, de 10 de octubre, del Consell, por el que regula los convenios que suscriba la Generalitat y su registro, y en el que se concretarán los siguientes aspectos: a) El proyecto de tesis doctoral, dentro de las áreas prioritarias establecidas en la convocatoria. b) Los conceptos subvencionables, dentro de los enumerados en cada convocatoria, y entre los cuales se incluirá la financiación de un contrato de investigador predoctoral, que llevará a cabo la realización de la tesis doctoral, que se desarrollará tanto en la universidad como en la sede de alguno de los departamentos de la Generalitat o sus organismos autónomos. c) El proceso de selección del personal investigador predoctoral, que será responsabilidad de la universidad y, en todo caso, respetará los principios de publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación, siendo obligatoria la publicación de las ofertas públicas de plazas del personal investigador predoctorales en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), así como la difusión de las mismas a toda la comunidad universitaria a través del sitio web de la universidad, de tablones de anuncios o de otros medios de publicidad (listas de suscriptores de correo electrónico, prensa, radio, televisión o cualquier otro medio de difusión). d) El régimen de trabajo en las dependencias de la Generalitat y de la Universidad, así como los tutores o tutoras de la tesis doctoral y, en el caso de que sea necesario para el desarrollo de la tesis, las horas y el período temporal en las que el personal investigador predoctoral en formación deberá desarrollar su actividad en la sede de la Generalitat o sus organismos autónomos. En todo caso, el tiempo de trabajo desarrollado por el personal investigador predoctoral en la sede de la Generalitat se destinará exclusivamente a la elaboración de su tesis doctoral y tendrá por objeto recabar la información necesaria (datos, contexto institucional, marco normativo, etc.,) para el desarrollo de la tesis doctoral. e) La cuantía total de las obligaciones económicas que asume la hacienda de la Generalitat, detallando, por importes y ejercicios, la forma de realizar los pagos y la aplicación presupuestaria a la que se imputan. f) El establecimiento de un comité de seguimiento, formado por representantes de la Generalitat y de la universidad, que se encargará del seguimiento y evaluación de los proyectos de investigación. En aplicación de lo previsto en el II Plan de igualdad de mujeres y hombres de la Administración de la Generalitat, aprobado por Acuerdo de 10 de marzo de 2017, del Consell y lo dispuesto en la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, deberá existir una presencia equilibrada de mujeres y hombres en el comité de seguimiento. Los representantes de la Generalitat en el comité serán nombrados por la persona titular de la dirección general competente en materia de financiación autonómica. g) La obligación de las universidades de realizar, una vez finalizada la tesis doctoral, el seguimiento de los indicadores y objetivos, a los efectos previstos en las presentes bases reguladoras. h) Los términos de la colaboración entre las partes, que en todo caso respetarán lo dispuesto en estas bases reguladoras y en la convocatoria correspondiente. De acuerdo con la Ley orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, las entidades beneficiarias, deberán disponer de un plan de igualdad en el caso que, de acuerdo con la legislación de aplicación, les sea exigible. Las entidades beneficiarias están sujetas a las obligaciones generales derivadas de la normativa vigente sobre subvenciones públicas y, en particular, a las que hace referencia el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Además, las entidades beneficiarias estarán obligadas a: a) Hacer constar en las memorias que se redacten, así como en los trabajos y actividades realizados, la financiación de la conselleria concedente de la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado h del artículo 14 de la Ley general de subvenciones y del artículo 3 de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana, así como lo establecido en Decreto 105/2017, de 28 de julio, del Consell, de desarrollo de la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat. b) Difundir los resultados de las investigaciones objeto de subvención. A tal efecto el personal de investigación cuya actividad investigadora esté financiada mayoritariamente con fondos públicos, hará pública una versión digital de la versión final de los contenidos del proyecto en repositorios de acceso abierto reconocidos en el campo de conocimiento en el que se ha desarrollado la investigación, o en repositorios institucionales de acceso abierto, sin perjuicio de los acuerdos en virtud de los cuales se hayan podido atribuir o transferir a terceros los derechos sobre las publicaciones, y no será de aplicación cuando los derechos sobre los resultados de la actividad de investigación, desarrollo e innovación sean susceptibles de protección. Asimismo, para obtener la condición de entidades beneficiarias, las mismas no deberán incurrir en ninguna de las circunstancias de privación de subvenciones públicas contempladas en el artículo 41 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana. Las entidades beneficiarias están obligadas a realizar las actividades subvencionadas en los términos de la resolución de concesión y del convenio suscrito y a justificar su realización en los plazos establecidos.

Observations

Observations

La resolución del procedimiento de concesión de subvenciones pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Amount and charge

Amount and charge

El número máximo de universidades beneficiarias en esta convocatoria será de dos. Asimismo, se financiarán un número máximo de tres proyectos de investigación de tesis doctoral, dos para la universidad que quede en primer lugar en el proceso de baremación de las solicitudes y uno para la universidad que quede en segundo lugar. Estas subvenciones tienen carácter plurianual y una duración máxima de cuatro años. El importe máximo por proyecto y su distribución por anualidades será de 24.500 euros para el primer año y el segundo año, 25.700 euros para el tercer año y 31.300 euros para el cuarto. Las subvenciones podrán financiar los siguientes conceptos: a) Gastos de personal investigador de carácter predoctoral. La subvención para financiar los contratos predoctorales cubrirá la totalidad de las retribuciones mínimas establecidas en el artículo 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación, teniendo en cuenta que: - En cada año se devengarán doce mensualidades y dos pagas extraordinarias - Se financiarán también los costes de la cuota patronal de la Seguridad Social, conforme a las órdenes anuales que desarrollen las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, dictadas por el ministerio competente en materia de Seguridad Social. b) Otros gastos directamente relacionados con el desarrollo de la tesis y la formación del doctorando, hasta un máximo de 3.500 euros por anualidad. Estos gastos podrán financiar únicamente los siguientes conceptos: - Material fungible y bibliográfico hasta un máximo de 1.000 euros por anualidad. - Bienes de equipo para uso del investigador o investigadora predoctoral (portátil) hasta un máximo de 1.500 euros para la primera anualidad del proyecto y para la compra de una unidad. - Gastos de difusión del proyecto de tesis doctoral hasta un máximo de 3.500 euros por anualidad, tales como los costes de publicación en revistas especializadas, siempre y cuando el trabajo presentado para la publicación esté firmado por la persona que realiza el proyecto de investigación de tesis subvencionado. - Gastos derivados de la organización y participación de la persona investigadora predoctoral y del tutor o tutora designado por la entidad beneficiaria, en jornadas, seminarios y actividades de formación específicas relacionadas con el tema de la tesis doctoral o la adquisición de capacidades y habilidades investigadoras, hasta un máximo de 3.500 euros por anualidad. Este apartado incluye los gastos de inscripción, viaje, manutención y alojamiento. El límite conjunto por año de los conceptos subvencionables (gastos de personal y otros gastos relacionados con el desarrollo de la tesis y la formación del doctorando) será la cuantía individual máxima de la subvención establecida en el apartado 2 del presente artículo. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste real de la actividad subvencionada, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En ningún caso el importe de la subvención será superior al importe del gasto solicitado para su ejecución. Para cada anualidad presupuestaria, se realizará el pago anticipado del cien por cien del importe de las subvenciones que se convocan mediante la presente resolución, si la ley de presupuestos de la Generalitat u otra norma así lo establecen, de acuerdo con la solicitud presentada y en los términos establecidos en la resolución de concesión y en la resolución de convocatoria. En otro caso, el pago de la subvención se realizará previa justificación por la entidad beneficiaria de la realización del proyecto de acuerdo con la solicitud presentada y en los términos establecidos en la resolución de concesión y esta resolución de convocatoria.

Resolution bodies

Resolution bodies

Appeal proceeding against the resolution

Appeal proceeding against the resolution

Optional replacement / contentious-administrative

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

Links

Links

  • Resolución de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública por la que se publica el baremo definitivo y se conceden las subvenciones de la convocatoria 2023 de las subvenciones para el fomento de la formación, la investigación y la transferencia de conocimiento entre el sistema universitario valenciano y la administración pública valenciana en el ámbito de la economía pública.
  • Resolución de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública por la que se publican los proyectos de investigación de tesis a financiar y el nombramiento de tutores de la Generalitat Valenciana de la convocatoria 2023 de las subvenciones para el fomento de la formación, la investigación y la transferencia de conocimiento entre el sistema universitario valenciano y la administración pública valenciana en el ámbito de la economía pública.

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

La resolución de concesión de subvenciones podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo.

Term

Term

a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Hacienda, Economía y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.