Details of Procedure

Solicitud de reparación o de autorización para la realización de obras, de inmueble de promoción pública propiedad de la Generalitat Valenciana.

Code SIA : 211063
Code GUC : 2319
Department: ENTIDAD VALENCIANA DE VIVIENDA Y SUELO EVHA
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Adecuar (en el caso que proceda) el estado de conservación de un inmueble de promoción pública propiedad de la Generalitat Valenciana.

Observations

Observations

COMPROMISOS PREVIOS A LA AUTORIZACIÓN DE REALIZACIÓN DE OBRAS EN INMUEBLE - Asumir todos los gastos que ocasionen las obras descritas. - Cumplir con lo establecido en la normativa técnica vigente. - Asumir la responsabilidad de cualquier reparación futura en el propio inmueble, en los inmuebles colindantes o en los elementos comunes, que puedan producirse por la incorrecta ejecución de las obras. - Notificar a EIGE la finalización de las obras.

Requirements

Requirements

- Estar al corriente de pago de las cuotas mensuales. - Que la relación contractual entre el adjudicatario del inmueble a reparar y EIGE sea en arrendamiento o el acceso diferido a la propiedad, para el caso de 'Solicitud de Reparación'. - No tener ningún expediente de recuperación de titularidad abierto por cualquiera de las causas recogidas en la legislación en materia de vivienda.

Who can apply?

Who can apply?

Puede solicitarlas cualquier adjudicatario de una vivienda de promoción pública propiedad de la Generalitat Valenciana.

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

  • Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU).
  • Decreto 75/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Protección Pública a la vivienda (DOCV nº 5517, de 22/05/2007).

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Durante todo el año.

Documentation and forms

- Impreso de solicitud (NO OLVIDAR CUMPLIMENTAR LA CASILLA DE 'TELÉFONO DE CONTACTO'). - Informe médico que certifique dicha necesidad, en el caso de solicitar el cambio de bañera por plato de ducha.

Presentation

Presentation

Face-to-face
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. Y preferentemente en:
Telematics
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat. ( https://sede.gva.es/va/sede_certificados ). IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello habrá que tener en cuenta que: 1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo. 2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos preparados para anexarlos en la fase "DOCUMENTAR" de la tramitación telemática. 3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago. 4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación. PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA: a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales. b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite * Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD" * Especifique la materia objeto de la solicitud * Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante). c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede. d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación). e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro. Su presentación telemática habrá finalizado.

Processing process

Processing process

- Presentación de la solicitud. - Inspección del inmueble (en su caso). - Informe técnico-jurídico. - Propuesta del Área de Edificación y Conservación de Inmuebles de EIGE. - Resolución de la Dirección General de EIGE. - Notificación a la persona interesada.

Processing bodies

Processing bodies

Observations

Observations

El interesado podrá formular petición ante la Dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente en el plazo de 30 días a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de la resolución.

Deadline

Deadline

El tiempo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de 3 meses, a contar desde la fecha de recepción de la solicitud por el órgano competente para su tramitación, sin perjuicio de lo establecido en el art. 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, al efecto de interrumpir el mencionado término de 3 meses. Que EIGE no se ponga en contacto con el solicitante significa que el expediente está en trámite y sigue su curso normal.

Resolution bodies

Resolution bodies

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes