Details of Procedure

Solicitud de autorización de instalaciones para el almacenamiento de residuos de competencia local en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento (ECOPARQUE).

Code SIA : 211283
Code GUC : 3385
Department: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Obtener del órgano competente en materia de residuos autorización para las instalaciones de almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento de los residuos cuya competencia corresponda a las Entidades Locales de conformidad con el artículo 12.5 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, y los artículos 5 y 6 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de Residuos de la Comunidad Valenciana.

Observations

Observations

- La «Norma Técnica reguladora de la Implantación y Funcionamiento de los Ecoparques en la Comunitat Valenciana» (que se incluye como anexo 1.1 al documento de ordenación normativo y vinculante del Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana) determina los tipos de ecoparques en atención al número de usuarios potenciales. Dicha norma tiene carácter vinculante y resulta de aplicación tanto para aquéllas instalaciones que se encuentren en funcionamiento, como para aquéllas que se proyecten en el futuro. - El ecoparque se concibe como una instalación cerrada y vigilada destinada a la recepción y almacenamiento -en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento- de los residuos, peligrosos y no peligrosos, cuya competencia corresponda a las Entidades Locales. - El ecoparque se considera un equipamiento público de infraestructura-servicio urbano perteneciente a la red primaria y, a tal efecto, los instrumentos de planificación urbanística deberán establecer las reservas de suelo con destino dotacional necesarias para su implantación. - Corresponde a los municipios, como servicio obligatorio, la recogida, el transporte y tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios en la forma que establezcan sus respectivas ordenanzas, pudiendo llevarse a cabo este servicio de forma independiente o asociada. - Las Entidades Locales podrán gestionar los residuos comerciales no peligrosos y los residuos domésticos generados en las industrias en los términos que establezcan sus respectivas ordenanzas. - La autorización se concederá por un plazo máximo de 8 años, pasado el cual se renovará automáticamente por períodos sucesivos, y se incorporará al Registro de producción y gestión de residuos de conformidad con el artículo 39 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. - La construcción, ampliación o modificación de las instalaciones del ecoparque queda sometida a licencia ambiental y de apertura, así como a licencia de edificación a otorgar por el Ayuntamiento o entidad local. La titularidad de la instalación será siempre de la correspondiente entidad local, por tratarse de la prestación de un servicio público de titularidad municipal. - Cuando el titular de la instalación autorizada opte por su gestión indirecta, el explotador deberá acreditar la siguiente documentación antes del inicio de la actividad: - ante la Entidad Local su condición de gestor autorizado para realizar operaciones de almacenamiento de residuos de competencia local en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, otorgada por resolución del órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma donde el explotador tenga su domicilio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 27.2 de la Ley 22/2011. - ante el órgano competente en materia de residuos de la Comunitat Valenciana el cumplimiento del régimen de garantías (fianza y seguro de responsabilidad civil establecidos en el artículo 20.4 de la Ley 22/2011) recogido en la resolución de autorización de la correspondiente instalación..

Who can apply?

Who can apply?

El titular de la instalación (ecoparque), ya sea la entidad local, la Diputación, el consorcio, la mancomunidad o cualquier otra de las fórmulas asociativas prevista en la legislación que regula las bases del Régimen Local (ver al apartado de información complementaria)

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

  • Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos (BOE nº 182, de 30/07/88), modificado por el Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo.
  • LEY 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana (DOGV Num. 9482 / 01.12.2022).
  • Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre la gestión de neumáticos fuera de uso (BOE nº 2, de 03/01/06)
  • Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (BOE nº 38, de 13/02/08)
  • Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos. (BOE nº 37, de 12/02/08), modificado por el Real Decreto 943/2010, de 23 de julio (BOE nº 189, de 05/08/10) y el Real Decreto 710/2015, de 24 de julio (BOE nº 189, de 05/08/10)
  • Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE nº 181, de 29/7/11).
  • Decreto 81/2013, de 21 de junio, del Consell, de aprobación definitiva del Plan Integral de Residuos de la Comunitat Valenciana (PIRCV) (DOCV nº 7054, de 26/06/13)
  • Decisión 2014/955/UE de la Comisión de 18 de diciembre de 2014 por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. (DOUE nº L370, de 30/12/14).
  • Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. (BOE nº 45, de 21/02/15).
  • Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado (BOE nº 83, de 07/04/15).
  • Decreto Ley 2/2022, de 22 de abril, del Consell para la reducción temporal del importe de las tasas propias y precios públicos de la Generalitat para hacer frente al impacto de la inflación.(DOGV nº 9327, de 28/04/2022)

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Durante todo el año.

Documentation and forms

- Impreso de solicitud de autorización de instalaciones para el almacenamiento de residuos de competencia local en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento (ECOPARQUE), según modelo normalizado - Acreditación por cualquier medio admisible en derecho de la representación que ostenta el firmante de la solicitud: certificado de la secretaría de la corporación correspondiente. - Proyecto de la instalación, en soporte digital (CD), con descripción detallada de la misma, de sus características técnicas y de cualquier otro tipo aplicables a ella o al lugar donde se van a llevar a cabo las operaciones de almacenamiento, y en particular (ver también en el apartado de información complementaria): - Proyecto de construcción de la instalación, que incluya como mínimo una justificación de las infraestructuras y equipamientos en base a la población usuaria potencial (superficie y distribución; cotas; cantidad de contenedores y tamaño/volumetría de los mismos; viales, elementos comunes, aula medioambiental, soluciones o variantes adoptadas para futuras ampliaciones, esquema funcional y señalización interior, etc) - Tipos y cantidades de los residuos, peligrosos y no peligrosos, que puedan almacenarse en la instalación identificados mediante los códigos LER según la Decisión 2014/955/UE de la Comisión de 18 de diciembre de 2014 por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos. - Planos a escala de localización y distribución de los contenedores y equipos. - Presupuesto de la instalación. - Ubicación de la instalación identificada mediante coordenadas geográficas (UTM en sistema de referencia ETRS89, Huso 30). - Cualquier otra exigida por las normas que regulan la gestión de residuos específicos que resulten aplicables a la solicitud (por ejemplo residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, de neumáticos al final de su vida útil, pilas, acumuladores y baterías,...). - Justificante del pago de la correspondiente tasa por servicios administrativos de intervención ambiental prevista en el artículo 26.2-4 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas. - En el supuesto que el titular de la instalación opte por su gestión indirecta, justificación documental del otorgamiento de la explotación de la instalación (copia del contrato, resolución de la concesión administrativa, certificado de la secretaría de la corporación,etc)

Fee or payment

Fee or payment

Tasas 2023: Modelo 046-9756: Tasas por servicios administrativos de intervención ambiental. - Tramitación de autorización, ampliación o modificación sustancial de instalaciones y operaciones de tratamiento de residuos, incluido el almacenamiento en el ámbito de la recogida en espera de tratamiento, de acuerdo con la normativa de residuos, no sometidas a autorización ambiental integrada: 311,84 euros. A. Obtención del formulario a través de SARA (Sistema d'Ajuda a la Recepció d'Autoliquidacions): Pasos: 1. Rellene el formulario correspondiente con los datos que se le solicita y pulse el botón Generar impreso. 2. Compruebe que el primer modelo PDF es correcto y pulse el botón Aceptar. 3. Una pantalla le mostrará los datos identificativos del modelo. Pulse, de nuevo, el botón Aceptar. 4. Pulse el botón Imprimir para obtener las copias necesarias. 5. Compruebe que los ejemplares que el ordenador le proporciona llevan impresos en el apartado Número de liquidación, un código de barras y una numeración. Sólo con esa información las entidades colaboradoras aceptarán los ejemplares para efectuar el pago. B. Pago 1. A través del pago telemático genérico. - Las personas que cuenten con DNI electrónico o certificado electrónico, y hayan generado previamente la tasa por Internet, podrán realizar el pago telemáticamente. 2. A través de la banca electrónica, banca telefónica, adeudo on line, de las entidades financieras colaboradoras: Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos. 3. A través de oficinas y cajeros de las entidades fincieras colaboradoras: Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos. Ver en enlaces: "Formas de Pago y Entidades Colaboradoras".

Presentation

Presentation

Face-to-face
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. No obstante, los solicitantes que sean personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente. En caso de que se hiciera presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación. Y preferentemente en:
Telematics
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL http://www.gva.es/portal/page/portal/inicio/procedimientos?id_proc=3385. Cuando los solicitantes estén obligados a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos pero la solicitud se haga de forma presencial, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Entre ellos los certificados emitidos por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana (https://sede.gva.es/va/sede_certificados), así como el sistema clave firma para las personas físicas. Los documentos que se anexen al trámite telemático deberán ir firmados electrónicamente por las personas que, según el tipo de documento, proceda. Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado "como va lo mío"-> "solicitudes en creación" (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).

Processing process

Processing process

- Presentación de la solicitud de autorización acompañada de la documentación requerida. - Si la solicitud no reuniese los requisitos exigibles o la Administración considerase necesaria la ampliación de datos, se requerirá al interesado su subsanación de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Una vez comprobada la suficiencia y la adecuación de la documentación presentada, y previa visita de comprobación de la instalación, el órgano competente para resolver dictará, en su caso, la resolución por la que se conceda la autorización de las instalaciones de tratamiento de residuos, procediendo a su inscripción en el Registro General de Gestores de Residuos de la Comunitat Valenciana y a su publicación en los listados de gestores de la página web de la conselleria a efectos informativos. - De acuerdo con el artículo 27.10 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, el plazo máximo establecido para dictar resolución será de 10 meses. Transcurrido el plazo previsto sin haberse notificado resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud presentada.

Observations

Observations

Contra la resolución del órgano competente podrá interponerse recurso de alzada ante el superior jerárquico en el plazo de un mes conforme al artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Deadline

Deadline

De acuerdo con el artículo 27.10 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, el plazo máximo establecido para dictar resolución será de diez (10) meses. Transcurrido el plazo previsto sin haberse notificado resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud presentada.

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes