Details of Procedure

Autorización a la Administración para consultar de forma telemática los datos de las personas físicas o jurídicas que quieran contratar con la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Code SIA : 211994
Code GUC : 17648
Department: Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Autorización para que la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas compruebe los datos de estar al corriente en los pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Hacienda Autonómica, Tesorería General de la Seguridad Social, identidad y residencia de los interesados o representantes de las entidades interesadas en contratar con la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas

Who can apply?

Who can apply?

Personas, físicas o jurídicas, que quieran contratar con la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

  • Artículo 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público (DOCV núm. 6376, de 14/10/2010).
  • Artículos 71.1 d), 140.1 a),3º y 150.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE núm. 272, de 9/11/2017).

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Al menos 3 días antes de que finalice el plazo de 10 días establecido por el artículo 150 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Presentation

Presentation

Face-to-face
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan. b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. En el caso de: REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE IGUALDAD Y POLÍTICAS INCLUSIVAS - VALENCIA: La ATENCIÓN PRESENCIAL y REGISTRO DE DOCUMENTOS será ÚNICAMENTE mediante CITA PREVIA, que se puede solicitar a través del teléfono de información de la Generalitat 012   o a través de internet: https://www.gva.es/es/inicio/servicios_linea/citas_previas Y preferentemente en:

Exhausts administrative life

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Yes