Details of Procedure

Autorización a la Administración para consultar de forma telemática datos necesarios para la percepción de becas, ayudas y subvenciones de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública.

Code SIA : 1875410
Code GUC : 19548
Department: Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública
Deadline for application: OPEN
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Basic information

What is it and what is it for?

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Autorización a la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública para que compruebe directamente, de forma telemática los datos acreditativos de estar al corriente en los pagos con la Agencia Tributaria estatal y autonómica, y con la Tesorería de la Seguridad Social para la percepción de becas, ayudas y subvenciones, así como, en su caso, los datos de identidad de las entidades y personas, la consulta del grado de Conocimiento del Valenciano de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià de la GVA y la consulta de Títulos Universitarios de las personas interesadas en obtener becas, ayudas y subvenciones de dicha conselleria. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en ausencia de oposición expresa por parte del interesado, el órgano gestor del procedimiento estará autorizado para obtener directamente los datos de los documentos elaborados por cualquier administración y que para este procedimiento, son los señalados en el parrafo anterior. En caso de no autorizarlo, deberá marcar en el formulario adjunto la casilla, indicando los datos que no autorice, y aportar los documentos correspondientes, en los términos exigidos por las normas reguladoras del procedimiento. (Art.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).

Who can apply?

Who can apply?

Las personas, fisicas o juridicas, interesadas en ser beneficiarias de becas, ayudas y subvenciones de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

En el plazo establecido por la Administración en el procedimiento de concesión de becas, ayudas y subvenciones de que se trate.

Presentation

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Face-to-face
- En los registros de los órganos administrativos al que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio,así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. - También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia. Y, preferentemente, en:
Telematics
1. De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la autorización puede realizarse por medios electrónicos MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Esta modalidad telemática es obligatoria para las personas comprendidas en el artículo 14, apartados 2 y 3, de la citada Ley 39/2015 y voluntaria para las personas físicas. 2. Para presentar la autorización mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). En el caso de utilizar un certificado digital de una persona actuando en representación de otra persona, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&;version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ 3. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse o en el enlace ";Tramitar con certificado"; (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la autorización cumplimentada y firmada digitalmente que debe aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4. Respecto al documento a anexar: - En el apartado ";Impresos Asociados"; (además de en el propio trámite telemático) existe un modelo normalizado y rellenable, que tras cumplimentarse, DEBE FIRMARSE DIGITALMENTE. Para ello la autoridad certificadora de la Comunitat Valenciana (ACCV) ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF (acuda a http://www.accv.es para más información al respecto), aunque hay más sistemas válidos de firma de documentos pdf que puede utilizar. - Es recomendable que, en primer lugar, cumplimente, firme y guarde electrónicamente la autorización a anexar en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarla en el paso correspondiente del trámite telemático. No obstante, también podrá hacerlo en ese mismo paso. 5. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección. Si tiene algún problema en la tramitación telemática, compruebe si hay alguna indicación en ellas para solucionarlo. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través de uno de los siguientes correos electrónicos en función del tipo de problema de que se trate: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es, 1. De conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la autorización puede realizarse por medios electrónicos MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Esta modalidad telemática es obligatoria para las personas comprendidas en el artículo 14, apartados 2 y 3, de la citada Ley 39/2015 y voluntaria para las personas físicas. 2. Para presentar la autorización mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la plataforma telemática de la Generalitat (más información respecto a los certificados admitidos en la Sede Electrónica de la Generalitat en https://sede.gva.es/es/sede_certificados). En el caso de utilizar un certificado digital de una persona actuando en representación de otra persona, se deberá inscribir previamente en el Registro de Representantes ante la Generalitat para la realización de trámites por vía telemática, cuya información está disponible: - En http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=17168&;version=amp - Y en http://regrep.accv.es/accv_repr/zonarep/index.html/ 3. Pinchando en el enlace directo que acaba de indicarse o en el enlace ";Tramitar con certificado"; (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático, que le permitirá cumplimentar el formulario web inicial, anexar la autorización cumplimentada y firmada digitalmente que debe aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro. 4. Respecto al documento a anexar: - En el apartado ";Impresos Asociados"; (además de en el propio trámite telemático) existe un modelo normalizado y rellenable, que tras cumplimentarse, DEBE FIRMARSE DIGITALMENTE. Para ello la autoridad certificadora de la Comunitat Valenciana (ACCV) ofrece un servicio gratuito de firma de documentos PDF (acuda a http://www.accv.es para más información al respecto), aunque hay más sistemas válidos de firma de documentos pdf que puede utilizar. - Es recomendable que, en primer lugar, cumplimente, firme y guarde electrónicamente la autorización a anexar en su ordenador, de modo que posteriormente pueda incorporarla en el paso correspondiente del trámite telemático. No obstante, también podrá hacerlo en ese mismo paso. 5. Dispone de más información sobre la tramitación telemática en la siguiente dirección: http://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/at_ciud_faq/at_ciud_faq_tramitacion Revise la lista de preguntas frecuentes detalladas en esa dirección. Si tiene algún problema en la tramitación telemática, compruebe si hay alguna indicación en ellas para solucionarlo. En caso de que siga necesitando ayuda, por favor notifíquelo a través de uno de los siguientes correos electrónicos en función del tipo de problema de que se trate: - Para consultas sobre el contenido del trámite: prop@gva.es - Para incidencias informáticas: generalitat_en_red@gva.es

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