Public Employment Detail

Procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos al cuerpo de maestros y a los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, catedráticos de Música y Artes Escénicas, profesores de Música y Artes Escénicas, profesores de Artes Plásticas y Diseño y maestros de taller de Artes Plásticas y Diseño

Code SIA : 3024069
Code GUC : 84712
Department: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Current stage: Presentación de documentación y convocatoria de adjudicación
Current stage: Lista definitiva de aprobados tras ejecución de recurso. Nuevo plazo de recurso.
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Basic information

Announcement: Stabilization process
Proof: Merit assessment
Titles: Several groups and degrees
Specific degree: Pueden consultarse las titulaciones para cada cuerpo en las siguientes bases de la convocatoria:

- base 2.2.1: Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria y cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
- base 2.2.2: Cuerpo de catedráticos de Música y Artes Escénicas y cuerpo de profesores de Música y Artes Escénicas.
- base 2.2.3: Cuerpo de profesores de Artes Plásticas y Diseño.
- base 2.2.4: Cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional.
- base 2.2.5: Cuerpo de maestros de taller de Artes Plásticas y Diseño.
- base 2.2.6: Cuerpo de Maestros.
Group: Several groups and degrees
Total number of places: 7555

Places

Places

Description of places:

Se detalla el número de plazas por cuerpo. El desglose de plazas por especialidades puede consultarse en la base 1.2 de la convocatoria. A) CUERPO DE MAESTROS (código 597): 2.667 plazas B) CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA (código 590): 3.942 plazas C) CUERPO DE PROFESORES ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL (código 598): 347 plazas D) CUERPO DE PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS (código 592): 138 plazas E) CUERPO DE CATEDRÁTICOS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (código 593): 103 plazas F) CUERPO DE PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (código 594): 149 plazas G) CUERPO DE PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (código 595): 188 plazas H) CUERPO DE MAESTROS DE TALLER DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (código 596): 21 plazas

Requirements

Requirements

Las personas aspirantes deben reunir los siguientes requisitos: a)Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) 492/2011 del Parlamento europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre. También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a cargo de sus progenitores. b) Tener cumplida la edad mínima de acceso a la función pública y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación. c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta. d) Estar en posesión de alguna de las titulaciones que figuran en el apartado 2.2, o en su defecto certificación supletoria provisional. En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación o declaración de equivalencia por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero y Diplomado; en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado y el Real Decreto 1171/2003, de 12 de septiembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/19/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2001, por la que se modifican las directivas sobre reconocimiento profesional, y se modifican los correspondientes reales decretos de transposición. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, igualmente, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. f) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Los participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales. Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente. g) No tener la condición de personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del mismo cuerpo para el que se solicita la participación. h) Acreditar el conocimiento de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana. De conformidad con lo que establece el Decreto 62/2002, de 25 de abril, del Consell, por el que se regula la acreditación de los conocimientos lingüísticos para el acceso y la provisión de plazas en la función pública docente no universitaria en la Comunitat Valenciana, y con la Orden 3/2020, de 6 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se determina la competencia lingüística necesaria para el acceso y el ejercicio de la función docente en el sistema educativo valenciano, modificada por Orden 4/2021, de 4 de febrero, las personas que participen en los procedimientos de ingreso y accesos deberán acreditar los conocimientos, tanto en expresión oral como escrita, de los dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana. i) Acreditación del conocimiento de los idiomas oficiales de otras comunidades. Las personas aspirantes que opten en su solicitud a plazas correspondientes a otras Comunidades Autónomas cuya lengua propia tenga carácter cooficial, cuando el conocimiento de esta lengua constituya un requisito para el ingreso a dichas plazas, deberán acreditar su conocimiento en la forma establecida en la convocatoria de la comunidad autónoma solicitada. La documentación que acredite el requisito del conocimiento de otras lenguas oficiales se adjuntara a la solicitud. Todos los requisitos deben estar cumplidos el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como persona funcionaria de carrera del cuerpo correspondiente. Pueden consultarse los requisitos específicos para cada cuerpo en las siguientes bases de la convocatoria: - base 2.2.1: Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria y cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas. - base 2.2.2: Cuerpo de catedráticos de Música y Artes Escénicas y cuerpo de profesores de Música y Artes Escénicas. - base 2.2.3: Cuerpo de profesores de Artes Plásticas y Diseño. - base 2.2.4: Cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional. - base 2.2.5: Cuerpo de maestros de taller de Artes Plásticas y Diseño. - base 2.2.6: Cuerpo de Maestros. Todos los requisitos deben estar cumplidos el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como persona funcionaria de carrera del cuerpo correspondiente.

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Current stage:

Lista definitiva de aprobados tras ejecución de recurso. Nuevo plazo de recurso.

Application submission period open: from: 02-08-2023 until: 01-09-2023

Term description

Term description

Contra las listas de personas aspirantes seleccionadas tras recurso, se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Personal Docente, por vía telemática, en el plazo de 1 mes, desde el 2 de agosto de 2023 al 1 de septiembre de 2023.

Publication

Publication

Complementary information

Complementary information

Pueden consultarse las listas de personas seleccionadas tras recurso en la página web de la conselleria de Educación, Cultura y Deporte. Apartado "Listas de personas seleccionadas" del cuerpo convocado: https://ceice.gva.es/es/web/rrhh-educacion/2022-procediment-extraordinari-d-estabilitzacio-concurs-de-merits

List of stages

Current stage: Lista definitiva de aprobados tras ejecución de recurso. Nuevo plazo de recurso.

Publication date: 01-08-2023

Información de interés

Publication date: 05-07-2023

Lista de personas aspirantes seleccionadas. Plazo de recurso

Publication date: 15-06-2023

Listas provisionales personas seleccionadas. Plazo de aceptación y renuncia

Publication date: 29-05-2023

Puntuación definitiva de la fase de concurso. Plazo de recurso

Publication date: 10-05-2023

Puntuación provisional del baremo de méritos. Plazo de reclamaciones

Publication date: 31-03-2023

Corrección de errores lista definitiva personas aspirantes admitidas y excluidas

Publication date: 31-03-2023

Corrección errores listados provisionales

Publication date: 08-03-2023

Nombramiento comisión de valoración

Publication date: 15-02-2023

Nombramiento de tribunal

Publication date: 14-02-2023

Nota informativa.

Publication date: 03-02-2023

Nota informativa.

Publication date: 31-01-2023

Aportación de méritos

Publication date: 21-12-2022

Nombramiento de tribunal

Publication date: 19-12-2022

Corrección de errores (bases)

Publication date: 02-12-2022

Bases y apertura de plazo

Publication date: 18-11-2022

Publicación de la OPE

Publication date: 31-05-2022

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Lista definitiva de aprobados tras ejecución de recurso. Nuevo plazo de recurso.

La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
La información facilitada tiene exclusivamente carácter explicativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las instrucciones específicas.