Departament Detail

ENTIDAD VALENCIANA DE VIVIENDA Y SUELO EVHA

DIR3 A10032733
46001 - València
Telephone: 961964700
Website: www.evha.es
Range: Secretaría autonómica
Dependents departments
Functions:
  • La Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo es una entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 155.3 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.
  • 2. La entidad gozará de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, quedando adscrita a la conselleria con competencias en vivienda.
  • a) La construcción y rehabilitación de viviendas protegidas así como la adquisición de viviendas en proyecto, en ejecución y terminadas y la adjudicación y contratación de toda clase de obras, estudios y proyectos precisos para la construcción y rehabilitación de viviendas en la Comunitat Valenciana de acuerdo con sus planes de actuación, así como la administración, conservación y enajenación de las viviendas adquiridas, construidas o rehabilitadas.
  • b) La adquisición de suelo por cualesquiera de los procedimientos legalmente establecidos con objeto de llevar a cabo actuaciones o programas previstos en materia de vivienda por la Generalitat así como la gestión del mismo. A estos efectos la Entidad podrá ostentar la condición de beneficiaria de la expropiación.
  • c) La participación en procesos urbanísticos para urbanizar suelo destinado a la obtención de viviendas protegidas y en las operaciones de remodelación de barrios, cuando lo requieran los programas aprobados por el Consell y sin perjuicio de las competencias atribuidas a la conselleria con competencias en vivienda.
  • d) La gestión, conservación, mantenimiento, explotación y custodia de los bienes que le hayan sido adscritos o cuya administración le haya sido atribuida por la normativa vigente.
  • e) La redacción, adjudicación y contratación de toda clase de estudios, proyectos y obras para la construcción y rehabilitación de viviendas protegidas en el ámbito de la Comunitat Valenciana así como para la conservación, mantenimiento y explotación de los bienes contemplados en el apartado d anterior.
  • f) La redacción y gestión de los instrumentos de planeamiento precisos para la ejecución de programas con destino a actuaciones urbanizadoras que fomenten la vivienda social.
  • g) La realización de trabajos de encuesta, valoración, codificación y clasificación del patrimonio público de suelo de la Generalitat para la formación de su inventario en los términos establecidos por la normativa aplicable.
  • h) La gestión, administración, explotación y arrendamiento no financiero de viviendas de titularidad de la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo o de terceros así como la gestión y administración de promociones de viviendas de protección oficial en régimen de alquiler de otros promotores públicos que convengan su gestión y administración con la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo y la oferta y puesta en el mercado de viviendas privadas que le sean cedidos para destinarlos al alquiler social.
  • i) La gestión y administración del patrimonio público de vivienda de titularidad de la Generalitat en los términos expresados en la legislación vigente o en los convenios que suscriba con la Administración de la Generalitat.
  • j) Establecer, gestionar y tramitar ayudas y subvenciones, en materia de vivienda, así como también gestionar o colaborar con entidades financieras públicas y privadas en programas de financiación de construcción de vivienda de protección pública. (Decreto 68/2023, de 12 de mayo)
  • La gestión y administración del patrimonio público de vivienda de titularidad de la Generalitat a que se refiere el párrafo anterior se instrumentará a través del correspondiente contrato-programa que se suscribirá entre la Generalitat, a través de la conselleria competente en vivienda y la entidad misma, y deberá ser aprobado por el Consell, a propuesta de la conselleria de adscripción, previo informe favorable de la conselleria o consellerias con competencia en las materias de hacienda y de sector público.
  • El contrato-programa habrá de sujetarse a lo dispuesto en el art. 55 de la Ley 1/2015, y a la legislación aplicable en materia de vivienda en la Comunitat Valenciana.
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Department manager: ERNESTO FERNÁNDEZ PARDO