Servicio de Infraestructuras y Suministros Energéticos - GVA.ES
Servicio de Infraestructuras y Suministros Energéticos
DIR3 A10042381
46018
-
València
Depends on:
Functions:
- Le corresponde el ejercicio de las funciones siguientes:
- a) Proponer y elaborar iniciativas normativas y hacer el seguimiento en materia de infraestructuras y suministros energéticos, excepto cuando se trate de instalaciones de generación, producción y autoconsumo de electricidad, comunidades ciudadanas de energía y comunidades de energías renovables u otras figuras análogas que sean reguladas al efecto. Se consideran infraestructuras energéticas las instalaciones eléctricas de transporte, distribución, almacenamiento de red, líneas directas, acometidas e infraestructuras eléctricas de las estaciones de recarga de vehículos eléctricos; las instalaciones para el transporte, almacenamiento, distribución y venta de productos derivados del petróleo, incluidos los gases licuados del petróleo; las instalaciones de fabricación, mezcla, regasificación, almacenamiento, transporte, distribución, líneas directas, acometidas y de comercialización de combustibles gaseosos, incluidas las instalaciones necesarias para el suministro de gases combustibles de origen renovable y otros nuevos combustibles.
- b) Elaborar los criterios de planificación y la determinación, en aplicación de los mismos, de las infraestructuras energéticas competencia de la Generalitat, así como hacer el seguimiento e informar del grado de cumplimiento de esta planificación.
- c) Llevar a cabo la elaboración de estudios y propuestas en materia de infraestructuras y suministros energéticos.
- d) Formular la propuesta de las autorizaciones de las instalaciones y de los sujetos que operan en el sector eléctrico, el de hidrocarburos y las relativas a los nuevos combustibles de las incluidas en la letra a) anterior, incluyendo las propuestas relativas a todas las cancelaciones de garantías económicas asociadas a los permisos de acceso y conexión a las redes energéticas que sean competencia de la Conselleria, así como el resto de procedimientos administrativos relativos a aquellas materias, cuando corresponda su resolución o propuesta al centro directivo al que está adscrito.
- e) Efectuar la propuesta, evaluación, gestión y seguimiento de actuaciones de apoyo en las materias que tiene atribuidas.
- f) Gestionar los registros administrativos creados de acuerdo con la normativa vigente en materia de las infraestructuras y suministros energéticos de su competencia, así como proponer la expedición de certificados sobre su contenido.
- g) Elaborar y proponer criterios de control, inspección y supervisión por parte de los servicios territoriales, del cumplimiento de las condiciones técnicas de las infraestructuras energéticas y sus equipos, de los requisitos establecidos en las autorizaciones, las condiciones, obligaciones y actuaciones de sus titulares y la calidad del servicio de los suministros energéticos, en el ámbito que tiene asignado. Efectuar directamente los controles, inspecciones y supervisiones citadas cuando le corresponda.
- h) Cuando le corresponda, adoptar los acuerdos de inicio, la instrucción y la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores por las infracciones previstas en la normativa vigente en materia de infraestructuras y suministros energéticos.
- i) Efectuar la propuesta, evaluación, gestión y seguimiento de convenios y otros instrumentos de cooperación con administraciones públicas y otras instituciones, públicas y privadas, en las materias que se le han asignado.
- j) Apoyar, coordinar y asesorar a las unidades territoriales en materia de infraestructuras y suministros energéticos, y realizar el seguimiento, análisis y evaluación de sus actividades en la citada materia.
- k) Cualquier otra que se le encomiende en relación con las materias que le son propias.