Details of Procedure

MIN - Autorización transporte sanitario público (VS) y privado complementario (VSPC)

Code SIA : 210884
Code GUC : 1256
Department: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Deadline for application: OPEN
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What is it and what is it for?

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Otorgamiento de autorizaciones de transporte sanitario público (VS) y privado complementario (VSPC) y aprobación de modificaciones en las mismas.

Observations

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NOTA INFORMATIVA SOBRE JUSTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO El 4 de diciembre de 2011 entró en vigor el Reglamento 1071/2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera. En este se introducen nuevas exigencias para el otorgamiento de las autorizaciones de transporte y se modifican algunas de las existentes. Las disposiciones son de aplicación directa en todos los estados miembros de la UE. El artículo 3 dispone que las empresas que ejercen la profesión de transportista por carretera deberán tener, entre otros requisitos, un establecimiento efectivo y fijo en España, con locales en los que se conserven los documentos principales de la empresa. Es considerará que las empresas cumplen el requisito de establecimiento cuando designen a tal efecto su propio domicilio u otros locales de los que dispongan en nombre propio mediante: Título jurídicamente válido en derecho. 1. Propiedad: En el caso de autónomos en que coincida el requisito de establecimiento con su propio domicilio, éste podrá acompañar la acreditación con la prestación de consentimiento. 2. Arrendamiento. 3. Usufructo. Acreditación adecuada del mismo 1. Escritura de propiedad 2. IBI 3. Contrato de arrendamiento legalizado 4. Escritura notarial * MODALIDADES DE TRANSPORTE SANITARIO: - Público, entendiendo como tal el que presta el propietario de un vehículo ambulancia por cuenta ajena, mediante retribución y con fin de lucro o sin él. - Privado, entendiendo como tal el prestado para el traslado de accidentados o enfermos con vehículos ambulancia y personal propios de las entidades prestatarias, a los únicos fines de estas y sin que se perciba una retribución independiente por el servicio de transporte. - Oficial, aquel que se efectúa directamente por un organismo público. * CLASIFICACIÓN DE LAS AMBULANCIAS: El transporte sanitario por carretera podrá ser realizado por las siguientes categorías de vehículos de transporte sanitario: 1. Ambulancias no asistenciales, que no están acondicionadas para la asistencia sanitaria en ruta. Esta categoría de ambulancias comprende las dos siguientes clases: 1.1. Ambulancias de clase A1. o convencionales, destinadas al transporte de pacientes en camilla. 1.2. Ambulancias de clase A2, o de transporte colectivo, acondicionadas para el transporte conjunto de enfermos cuyo traslado no revisa carácter de urgencia, ni estén aquejados de enfermedades infecto-contagiosas. 2. Ambulancias asistenciales, acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta. Esta categoría de ambulancias comprende las dos siguientes clases: 2.1. Ambulancias Clase B, destinadas a proporcionar soporte vital básico y atención sanitaria inicial 2.2. Ambulancias Clase C, destinadas a proporcionar soporte vital avanzado.

Requirements

Requirements

TRANSPORTE SANITARIO PÚBLICO (VS) La empresa titular de transporte público deberá cumplir en todo momento los siguientes requisitos: a) Cuando no se trate de una persona física, tener personalidad jurídica propia e independiente de la de aquellas personas que, en su caso, la integren. En ningún caso más de una persona ni comunidades de bienes. b) Tener nacionalidad española o la de algún otro Estado miembro de la Unión Europea. c) Cumplir las obligaciones de carácter fiscal establecidas en la legislación vigente. d) Cumplir las obligaciones laborales y sociales establecidas en la legislación correspondiente. e) Disponer de un local en las condiciones exigidas en la orden PRE/1435/2013 f) Disponer de, al menos, cinco vehículos que cumplan las condiciones señaladas en el artículo 5 de la orden PRE/1435/2013. g) Tener cubierta la responsabilidad civil por daños que se causan con ocasión del transporte hasta al menos la cantidad de 50 millones de euros. h) Estar en posesión del certificado ISO 9001. i) Contar, al menos, con un profesional que haya obtenido el certificado haber superado el Curso Superior en Gestión del Transporte Sanitario. j) Disponer de dirección y firma electrónica. TRANSPORTE SANITARIO PRIVADO COMPLEMENTARIO (VSPC) a) Justificación de la necesidad de realizar el transporte sanitario para el que se solicita la autorización de acuerdo con la naturaleza y volumen de la actividad. b) La empresa deberá estar dedicada a una finalidad principal distinta de la de transporte sanitario. c) La empresa deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales, laborales y sociales. d) El volumen de transporte autorizado a la empresa deberá ser acorde con las exigencias de transporte sanitario que pueda verse obligada a atender. e) Los vehículos a los que hayan de estar referidas las autorizaciones habrán de cumplir las obligaciones previstas en el artículo 5 de la Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio. f) La empresa deberá tener cubierta su responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del transporte hasta al menos la cantidad de 50 millones de euros. g) La empresa deberá tener domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana con locales en los que se conserven los documentos principales de la empresa. h) Disponer de dirección y firma electrónica.

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de la Jefatura del Estado, sobre ordenación del transporte (BOE nº 182, de 31/071987).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas (BOE nº 236,de 2/10/2015)
  • Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las comunidades autónomas en materia de transporte por carretera y por cable (BOE nº 182, de 31/07/87)
  • Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, del Ministerio de Transportes Turismo y Comunicaciones, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 241, de 08/10/1990).
  • Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera (BOE nº 137 de 08/06/2012).
  • Orden PRE/1435/2013, de 23 de julio, por la que se desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de transporte sanitario por carretera (BOE nº 180, de 29/07/2013).
  • DECRETO 157/2014, de 3 de octubre, del Consell, por el que se establecen las autorizaciones sanitarias y se actualizan, crean y organizan los registros de ordenación sanitaria de la Consellería de Sanidad. (DOGV nº 7376 de 07.10.2014)
  • ORDEN 7/2017, de 28 de agosto, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se desarrolla el Decreto 157/2014, de 3 de octubre, por el que se establecen las autorizaciones sanitarias y se actualizan, crean y organizan los registros de ordenación sanitaria de la Conselleria de Sanidad. (DOGV nº 8122 de 07.09.2017)
  • ORDEN 5/2013, de 3 de septiembre, de la Consellería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de habilitación del personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera que acredite su experiencia laboral. [2013/8995] (DOGV nº. 7114 , de 19.09.2013)

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

Autorización: durante todo el año.

Documentation and forms

ADVERTENCIAS DE CARÁCTER GENERAL Junto con la cumplimentación electrónica del formulario de solicitud se deberán anexar copias digitalizadas de los documentos requeridos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Conforme al artículo 51.3 de la LOTT, el Servicio Territorial de Transporte consultará, a través de la aplicación que permite la tramitación y el mantenimiento de las autorizaciones de transporte por carretera, la información de Registros de otros organismos (Dirección General de Tráfico, Tesorería General de la Seguridad Social, Registro Mercantil y demás registros públicos), que resulte estrictamente necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el otorgamiento, visado o modificación de los títulos que habilitan para el ejercicio de las actividades y profesiones reguladas en la citada ley o en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo. Asimismo, la Dirección General consultará, por medios electrónicos, los datos relativos a la identificación fiscal del solicitante y la certificación acreditativa de la inexistencia de deudas tributarias, excepto que expresamente se desautorice su consulta. DOCUMENTACIÓN A) NUEVA AUTORIZACIÓN 1. Deberá justificar el alta en la actividad, a través de alguno de los siguientes documentos: - Justificante de pago IAE, persona obligada - Resumen anual del IVA (Modelo 390) - Certificado expedido por la AEAT u órgano equivalente de la CA que acredite la actividad. 2. VS/VSPC alta en la Seguridad Social de la empresa. 3. Solo en caso de transporte sanitario público y para poblaciones de más de 20.000 habitantes: Licencia municipal de apertura de local o solicitud de la misma acompañada del documento de disposición de local. La disponibilidad del local se considerará acreditada cuando el titular de la actividad aporte cualquier título jurídicamente válido en derecho (propiedad, arrendamiento, usufructo, etc.). 4. Vehículos en propiedad/ arrendamiento - Certificación técnico-sanitaria - Seguro de responsabilidad civil mínimo 50 millones de euros, justificante de pago y póliza 5. Solo en caso de transporte sanitario privado complementario, justificación de la necesidad de realizar el transporte sanitario. 6. Declaración de veracidad de la documentación aportada. B) ALTA DE COPIA 1. Seguro de responsabilidad civil mínimo 50 millones de euros, justificante de pago y póliza 2. Certificación técnico - sanitaria solicitada a la Dirección Territorial de Sanidad, 3. Acreditación de conductores. Último TC2 4. Declaración de veracidad de la documentación aportada. C) SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULO 1. Original de la autorización del vehículo 2. Certificación técnico-sanitaria 3. Seguro de responsabilidad civil mínimo 50 millones de euros, justificante de pago y póliza 4. Declaración de veracidad de la documentación aportada. TASAS - Aportar justificante del pago de las tasas

Fee or payment

Fee or payment

El importe actual de la tasa es: - A05 Transporte sanitario (por empresa): 27,40 euros. - A06 Por copia (una por cada vehículo): 23,01 euros. FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS: Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet que se indica a continuación:

Presentation

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Telematics
Si tiene alguna duda o quiere comunicar alguna incidencia, puede enviar un correo al soporte técnico: viajeros_stv@gva.es si es de Valencia autorizaciones_sta@gva.es si es de Alicante autorizaciones_stc@gva.es si es de Castellón

Processing process

Processing process

- Presentación de la solicitud y la documentación requerida. - Revisión de la misma. - Expedición de la tarjeta de transportes.

Observations

Observations

Recurso: alzada. Plazo: un mes. Órgano ante el que se interpone y resuelve: director general de Obras Públicas, Transporte y Movilidad. Presentación del recurso: cabe presentarlo en el correspondiente Servicio Territorial de Transporte.

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes