Details of Procedure

Solicitud de ayudas económicas para los centros docentes no universitarios que pertenecen a la Red de Centros de Calidad Educativa de la Comunitat Valenciana.

Code SIA : 211402
Code GUC : 14618
Department: Conselleria de Educación, Universidades y Empleo
Deadline for application: CLOSE
(26-05-2012
12-06-2012)
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Basic information

What is it and what is it for?

What is it and what is it for?

Las ayudas tienen las siguientes finalidades: 1. Fomentar y promover la implantación de sistemas de gestión de calidad en los centros educativos, así como su evaluación y mejora continua. 2. Incentivar a los centros educativos que deseen implantar el sistema de gestión de calidad con el fin de conseguir la mejora continua de sus procesos y de sus resultados. 3. Promover la elaboración de proyectos tendentes a conseguir la mejora de la calidad en la gestión de los centros educativos.

Observations

Observations

* REQUISITOS DEL PROYECTO O PLAN 1. El proyecto o plan será presentado: Se deberá presentar en soporte papel y en soporte informático formato PDF, se ajustará al siguiente formato: extensión máxima de 10 páginas, formato DIN A4 y fuente Arial 12 o similar, escrito a doble espacio. 2. El proyecto o plan deberá tratar al menos los siguientes aspectos: a) Análisis de la situación del centro en materia de calidad. b) Justificación de la necesidad de solicitar ayudas para el desarrollo de las actividades y su coherencia con la gestión de calidad del centro. c) Objetivos de calidad a los que responden las actividades a desarrollar en el año 2012. d) Actividades a desarrollar en materia de calidad en el año 2012. e) Cronograma previsto para la realización de las actividades a lo largo del año 2012. f) Papel asignado a cada miembro de la comunidad educativa y número de personas implicadas en el desarrollo de las actividades previstas. g) Recursos didácticos y organizativos. h) Previsión económica para el 2012. 3. Los proyectos que requieran el asesoramiento o colaboración de personas o instituciones externas al centro educativo, deberán adjuntar un escrito de estos agentes externos donde conste su aceptación y la planificación de sus intervenciones.

Who can apply?

Who can apply?

Podrán solicitar estas ayudas centros docentes públicos de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo de titularidad de la Generalitat y a los centros docentes sostenidos con fondos públicos que no sean de titularidad de la Generalitat de enseñanzas no universitarias de la Comunitat Valenciana, que pertenezcan a la Red de Centros de Calidad Educativa de la Comunitat Valenciana con anterioridad a la fecha de publicación de la presente Orden.

Regulations of the procedure

Regulations of the procedure

  • Orden 21/2012, de 21 de mayo, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se convocan ayudas económicas para los centros docentes no universitarios que pertenecen a la Red de Centros de Calidad Educativa de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6782, de 25/05/12).

Doubts about telematic processing

Doubts about telematic processing

Doubts about the procedure

Computer problems

Term

Term

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 6782, de 25/05/12.

Documentation and forms

La documentación necesaria para poder participar en la solicitud de las ayudas es la siguiente: a) Solicitud, según modelo normalizado, y que se facilitará en el servidor de la página web de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo http://www.cefe.gva.es/eva/es/calidad.htm. b) Certificado del secretario o secretaria del centro educativo, en el que se transcriba literalmente el apartado del acta del consejo escolar del centro, con la aprobación de las actividades a realizar desde enero a diciembre de 2012. c) Descripción del proyecto o plan de actuación, según los requisitos indicados en la base quinta, que deberá presentarse tanto en papel como en soporte informático, formato PDF. d) Previsiones económicas del proyecto o plan de calidad 2012.

Presentation

Presentation

Face-to-face
1. Las solicitudes y la documentación complementaria se dirigirán a la Dirección General de Educación y Calidad Educativa de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, sita en la Avenida Campanar, 32 (46015), de Valencia. 2. Los modelos de impresos normalizados (solicitudes y el resto de documentación) estarán disponibles en la siguiente dirección de Internet: http://www.cefe.gva.es/eva/es/calidad.htm 3. Las solicitudes se adecuarán a los modelos normalizados y se rellenarán utilizando los medios telemáticos facilitados por los servidores de información de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo. Los centros solicitantes que no utilicen la firma electrónica avanzada deberán imprimir las páginas preceptivas resultantes del uso de medios telemáticos y las presentarán, una vez cumplimentadas con las correspondientes firmas originales, en los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999 (LRJPAC). Cuando se presenten en una oficina de Correos, se hará por correo certificado y en sobre abierto, para que el funcionario pueda poner en la solicitud la fecha y el sello de correos antes de su certificación. - Y, preferentemente, en:

Processing process

Processing process

1.- Presentación de la documentación requerida. 2.- Si la solicitud no reúne los requisitos y documentos exigidos, se requerirá al interesado o interesada, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciese, a la hora de dictar la resolución se considerará que desiste de la solicitud. 3.- Se constituirá una única comisión de valoración que realizará el estudio, valoración y propuesta de asignación de ayudas a los centros participantes. El titular de la Subdirección General de Calidad Educativa, como órgano instructor, facilitará los trabajos presentados para que sean examinados y evaluados por esta comisión de selección. 4.- La comisión de valoración, finalizado el proceso, ordenará la lista de los proyectos presentados en función de la puntuación obtenida y propondrá, las ayudas económicas correspondientes. El total de la subvención se repartirá proporcionalmente a la puntuación obtenida por cada proyecto. 5.- La comisión de valoración publicará en los tablones de anuncios la sede de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, y en su página WEB http://www.cefe.gva.es/eva/es/calidad.htm, el listado provisional de los centros docentes que han obtenido ayudas, con su cuantía correspondiente, así como la relación de las solicitudes desestimadas con los motivos de la desestimación. En el anuncio correspondiente, se concederá un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su exposición, para que los centros educativos puedan alegar y en su caso justificar, lo que estimen pertinente ante la comisión de valoración. 6. Transcurrido el plazo establecido en el punto anterior, comprobados los escritos de aceptación, estudiadas y en su caso atendidas las alegaciones presentadas, la comisión de valoración, emitirá informe de la evaluación efectuada, a la Subdirección General de Calidad Educativa que, como órgano instructor, elevará propuesta de resolución para la concesión de las ayudas a la directora general de Educación y Calidad Educativa, quien resolverá esta convocatoria por delegación de la consellera de Educación, Formación y Empleo. 7.- La resolución, con la especificación de los nombres de los centros docentes y las dotaciones económicas que les correspondan, se publicará en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Assessment criteria

Assessment criteria

La comisión de valoración, a efectos de evaluar los proyectos o planes presentados, tendrá en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: a) La adecuación del proyecto o plan a los requisitos previstos en la base quinta, (Máximo 2 puntos.) b) La calidad, precisión y realidad en el planteamiento y desarrollo del proyecto en sus apartados prioritarios: objetivos, actividades, organización, cronograma, responsables, implicación, recursos, experiencia en gestión de calidad. (Máximo 7 puntos.) c) La implicación del equipo directivo en el plan de actividades. (Máximo 2 puntos.) d) El grado de implicación de los diferentes miembros de la comunidad educativa. (Máximo 3 puntos.) f) La eficiencia y eficacia en la gestión de los recursos. (Máximo 2 puntos.) g) La adecuación de la formación del profesorado. (Máximo 2 puntos.) h) La concreción y la viabilidad del proyecto o plan. (Máximo 2 puntos.) i) Los cambios de nivel alcanzados. (Máximo 1 punto.) j) La no recepción de ayudas por este concepto. (Máximo 1 punto.) k) Las mejoras específicas alcanzadas. (Máximo 3 puntos.) m) La evaluación, el seguimiento y la actualización del sistema de gestión. (Máximo 3 puntos.) n) El desarrollo de planes y acciones específicas encaminadas a la obtención de nuevos reconocimientos a la calidad y a la excelencia educativa, según el modelo EFQM, una vez obtenido el nivel III, previsto en la Orden de 22 de marzo de 2005, que regula el procedimiento para la implantación de sistemas de gestión de calidad en los centros educativos. ( Máximo 3 puntos).

Processing bodies

Processing bodies

Comprobados los escritos de aceptación, estudiadas y en su caso atendidas las alegaciones presentadas, la comisión de valoración, emitirá informe de la evaluación efectuada, a la Subdirección General de Calidad Educativa que, como órgano instructor, elevará propuesta de resolución para la concesión de las ayudas a la directora general de Educación y Calidad Educativa.

Obligations

Obligations

Los beneficiarios de las ayudas se comprometen a: 1. Realizar las actividades planificadas en materia de calidad 2. Asignar el importe de la ayuda recibida para gastos que generen las actividades programadas en el año 2012. 3. Elaborar una memoria final de las actividades realizadas en soporte papel y soporte informático, formato PDF y presentarla en la Dirección General de Educación y Calidad Educativa, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo. Deberá ajustarse al siguiente formato: extensión máxima de 10 páginas, formato DIN A4 y fuente Arial 12 o similar, escrito a doble espacio. Esta memoria deberá entregarse antes del 15 de diciembre del 2012 e informará de los siguientes aspectos: a) Objetivos alcanzados. b) Actividades realizadas. c) Evaluación de las actividades realizadas. d) Mejoras del centro tras la implantación de su Sistema de Gestión de Calidad e) Conclusiones y propuestas de mejora. f) Informe de valoración o acta del consejo escolar del centro, oído el claustro.

Observations

Observations

Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/1/99) y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida por los centros privados concertados potestativamente en reposición o plantear directamente recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación: a) El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Educación, Formación y Empleo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación. b) El recurso contencioso-administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Amount and charge

Amount and charge

Deadline

Deadline

El plazo máximo para resolver la presente convocatoria, será de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de entrega de las solicitudes. Vencido el plazo sin haberse notificado resolución expresa, los interesados podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, según el artículo 55 de la Ley 9/2001, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat Valenciana.

Resolution bodies

Resolution bodies

La directora general d'Educació i Qualitat Educativa, que resoldrà esta convocatòria per delegació de la consellera d'Educació, Formació i Ocupació.

Exhausts administrative life

Exhausts administrative life

Yes

Sanctions

Sanctions

El régimen sancionador será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.