MIN - Prueba para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera. - GVA.ES
MIN - Prueba para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional (CAP) para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera.
Department: Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
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(22-12-2023
–
05-01-2024)
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What is it and what is it for?
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Exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, regulados en el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, requerida para la conducción por vías públicas españolas de vehículos para los que resulte obligatorio estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D ó D+E, definidas en el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores
Observations
Observations
El Tribunal de las pruebas convocadas estará compuesto por:
Tribunal titular
Presidenta: Susanna Lledó Serres Provinciale
Secretaria: Mª Valle Escudero Aguado
Vocales: Néstor Casado Novella, Encarnación Guijarro Jordán, Pilar Ibáñez Moreno, Pedro Juanes Ballester, Rafael
Rubio Estruch, Francisca Sahuquillo Moreno y Marisa Zabala Salelles.
Tribunal suplente
Presidenta: Teresa Gras Huerta
Secretario: Alberto Alonso Vidales
Vocales: Rafael González Tur, Carmen Gracia Nogueras, Antonio Llofriu Flores, Anabel Llorca Marco, Miguel Ángel
Parra Mañas, María José Riquelme Rocamora y Ángeles Rodríguez Herranz.
CORREO PARA ACLARACIONES: tarjetas_cap@gva.es
Requirements
Requirements
Los requisitos indispensables para los aspirantes que deseen presentarse a las pruebas de obtención del certificado de aptitud profesional, será:
-Haber superado el curso de cualificación inicial antes de la finalización de los plazos de inscripción relacionados en el Anexo II. Podrá presentarse a los exámenes que se convoquen en el año siguiente en los términos del RD 281/2021.
-Quienes acrediten ser titulares del certificado de profesionalidad de «Conducción de autobuses» o del certificado de profesionalidad de «Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera» regulados en los anexos III y IV, respectivamente, del Real Decreto 1539/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen siete certificados de profesionalidad de la familia profesional “Transporte y mantenimiento de vehículos” que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, podrán presentarse al examen para la obtención del certificado, que deberán superar en un plazo no superior a un año contado desde dicha finalización, en los mismos términos previstos en el artículo 16 del mismo.
-Tener vigente en la fecha del examen la documentación que acredite la nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro país extranjero en el que, en virtud de acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad o contar con las autorizaciones o permisos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.
Regulations of the procedure
Regulations of the procedure
- Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
- Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
- Orden 3/2010, de 18 de enero, de la Conselleria de Infraestructuras y Transportes, por la que se aprueban las bases generales reguladoras de las pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional, acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera (DOCV nº 6200, de 05/02/10).
- RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Transportes y Logística, por la que se convoca la celebración de diversas pruebas para la obtención o renovación de Certificados acreditativos de capacitación profesional en materia de transportes por carretera para el año 2024.
Doubts about telematic processing
Doubts about telematic processing
Documentation and forms
Term
Term
El plazo de presentación de las solicitudes será el establecido en el calendario de exámenes que se detalla a continuación:
*FECHAS Y HORARIOS DE CELEBRACIÓN DE LAS PRUEBAS 2024
- Para el examen del 27-01-2024 el plazo de inscripción será del 22-12-2023 al 05-01-2024
- Para el examen del 23-03-2024 el plazo de inscripción será del 14-02-2024 al 28-02-2024
- Para el examen del 25-05-2024 el plazo de inscripción será del 14-04-2024 al 29-04-2024
- Para el examen del 13-07-2024 el plazo de inscripción será del 11-06-2024 al 25-06-2024
- Para el examen del 28-09-2024 el plazo de inscripción será del 16-08-2024 al 30-08-2024
- Para el examen del 30-11-2024 el plazo de inscripción será del 16-10-2024 al 30-10-2024
(DOGV núm. 9747, de 18/12/2023).
Documentation and forms
Las solicitudes para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial se presentarán según lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden 3/2010, de 18 de enero, de la Conselleria de Infraestructuras y Transportes, que establece:
a) Las solicitudes se tramitarán exclusivamente por vía telemática.
b) Las solicitudes de inscripción se deberán efectuar en los plazos que se detallan en el Anexo II de esta resolución.
c) Para la efectiva inscripción se deberá consignar el número de la tasa de derechos de admisión al examen, así como la fecha del ingreso correspondiente.
d) La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.
e) En ningún caso la justificación del abono de los derechos de examen sustituirá al trámite de inscripción.
f) Es requisito indispensable para los aspirantes que deseen presentarse a las pruebas de obtención del certificado de aptitud profesional, haber superado el curso de cualificación inicial antes de la finalización de los plazos de inscripción relacionados en el Anexo II de esta resolución.
g) Para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial, en la modalidad ordinaria, quienes acrediten ser titulares del certificado de profesionalidad de «Conducción de autobuses» o del certificado de profesionalidad de «Conducción de vehículos pesados de transporte de mercancías por carretera» regulados en los anexos III y IV, respectivamente, del Real Decreto 1539/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen siete certificados de profesionalidad de la familia profesional “Transporte y mantenimiento de vehículos” que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, podrán presentarse al examen para la obtención del certificado, que deberán superar en un plazo no superior a un año contado desde dicha finalización, en los mismos términos previstos en el artículo 16 del mismo.
Fee or payment
Fee or payment
El importe actual de la tasa es:
- A08: 14,19 euros
FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS:
Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet que se indica a continuación:
Presentation
Presentation
Telematics
- Para tramitar telemáticamente, a través de la aplicación del Ministerio de Fomento, se requiere que el usuario tenga un certificado digital.
- Pinchando en el icono superior Tramitar con certificado de esta misma página.
- Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico.
Processing process
Processing process
ADMISIÓN A LAS PRUEBAS
Tener vigente en la fecha del examen la documentación que acredite la nacionalidad española o de un Estado
miembro de la Unión Europea o de otro país extranjero en el que, en virtud de acuerdos, tratados o convenios
internacionales suscritos por España, no sea exigible el requisito de la nacionalidad o contar con las autorizaciones
o permisos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y previa comprobación de que se ha realizado el pago de los
derechos de examen, se hará pública la relación provisional de personas admitidas y excluidas, que podrá asimismo
ser consultada en la URL: https://mediambient.gva.es/es/web/transportes/
Las personas aspirantes podrán, en caso de error o exclusión, subsanar los defectos en que hayan incurrido en
su solicitud o realizar las alegaciones que tengan por conveniente en el plazo de diez días naturales contados a
partir del siguiente al de la publicación de la relación provisional.
Transcurrido el plazo anterior, vistas las alegaciones y subsanados los defectos cuando proceda, se elevará a
definitiva la lista de personas admitidas y excluidas a la realización de las pruebas, que se hará pública de la misma
forma que la relación provisional.
REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS
La determinación de las fechas de realización de los exámenes se establece en el Anexo II de esta resolución.
El Tribunal, con una antelación de al menos diez días naturales antes de la fecha de cada examen, insertará la
información relativa al lugar y hora exactas de su celebración en la página web a la que se podrá acceder mediante
la siguiente URL: https://mediambient.gva.es/es/web/transportes/
Los aspirantes se deberán presentar en el lugar de celebración de las pruebas provistos de la siguiente
documentación y material:
• Documento nacional de identidad, número de identificación de extranjeros u otros documentos vigentes
a fecha de examen que, a juicio del Tribunal, acrediten fehacientemente la identidad en el momento de
realización de las pruebas.
• Útiles de escritura: bolígrafo azul o negro.
Durante la realización del examen no se permitirá la utilización de dispositivos de intercomunicación, la
utilización de los mismos supondrá la expulsión del examen.
Los aspirantes serán convocados a cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no
comparezcan.
El Tribunal hará pública la relación de personas que hayan superado la prueba, estas personas serán declaradas
aptas para la expedición del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial o del certificado
de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera,
que podrá asimismo ser consultada en la URL citada anteriormente. Dicha publicación telemática abrirá un periodo
de diez días naturales para la presentación de reclamaciones, las cuales serán resueltas por el Tribuna.
Para la realización de las pruebas tendentes a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de
la cualificación inicial se dispondrá de un tiempo máximo de dos horas.
El examen constará de 100 preguntas tipo «test», más 3 adicionales para suplir posibles anulaciones, cada una
de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas.
Para los aspirantes que tengan la cualificación inicial en alguna de las dos modalidades (viajeros o mercancías)
y aspiren a obtener el certificado en la otra modalidad el examen constará de 25 preguntas, más 1 adicional para
posibles anulaciones.
En ambos casos, las respuestas correctas se valorarán con 1 punto y las incorrectas se penalizarán con 0,5 puntos
negativos. Las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni
negativamente.
Processing bodies
Processing bodies
- Servicio Territorial de Transporte - Alicante
- Servicio Territorial de Transporte - Valencia
- Servicio Territorial de Transporte - Castellón
Av. AGUILERA, 1
03007 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
Av. DEL MAR, 16
12003 - Castelló/Castellón
Resolution bodies
Resolution bodies
- Servicio de Ordenación del Transporte
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77 . CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 - València/Valencia
Exhausts administrative life
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Yes