Comunicación previa al inicio de la actividad de negociante como operación de gestión de residuos - GVA.ES
Comunicación previa al inicio de la actividad de negociante como operación de gestión de residuos
Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio
From 09-06-2023 00:00:00h
What is
Permitir el cumplimiento de la obligación que la normativa vigente en materia de residuos establece a las entidades o las empresas que pretendan operar como negociantes de residuos (peligrosos o no peligrosos), como operación de gestión de residuos.
1. Para la presentación de la comunicación de la actividad de negociante de residuos con carácter profesional, deberá previamente introducir los datos de la empresa y/o centro para que se le asigne un nuevo NIMA, siguiendo el trámite: "Obtención de NIMA (número de identificación medioambiental)" (Ver procedimientos relacionados)
2. La información de la comunicación previa se incorporará al Registro de producción y gestión de residuos, dependiente del ministerio competente en materia de residuos, de conformidad con el artículo 63 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
3. De acuerdo con el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato o información, que se incorpore a la comunicación previa, o su no presentación determinarán la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar, previa resolución de la Administración que declare tales circunstancias.
4. En este procedimiento la Administración no está obligada a dictar resolución expresa ni a notificar al interesado, de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 21.1 de la Ley 39/2015.
5. En caso de que el negociante tome posesión física de los residuos, el transporte o el traslado de estos deberá efectuarse directamente a la instalación de tratamiento, salvo que el negociante disponga también de un centro propio autorizado para el almacenamiento de residuos en el ámbito de la recogida a la espera de su tratamiento.
6. El transporte de los residuos se realizará siempre por medio de un transportista de residuos con carácter profesional inscrito en el correspondiente registro de gestores.
7. La actualización de algunos datos del negociante, entre ellos los residuos a negociar, se realiza desde la plataforma de tramitación ADCR 3.0. Para ello, debe acceder a la plataforma con el certificado electrónico de la empresa o del representante acreditado y añadirlos en la pestaña "Actualización de datos". (Enlace a la plataforma ADCR 3.0 en sección enlaces)
- Decisión 2014/955/UE de la Comisión de 18 de diciembre de 2014 por la que se modifica la Decisión 2000/532/CE, sobre la lista de residuos, de conformidad con la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
- Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
- Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos.
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana.
Who is it addressed to
Las entidades o empresas, con domicilio o sede social en la Comunitat Valenciana, que actúen por cuenta propia en la compra y posterior venta de residuos, para su tratamiento, incluidos los negociantes que no tomen posesión física de los residuos (según la definición dada en el artículo 2.s) de...
- Los negociantes deben desarrollar su actividad con residuos peligrosos y no peligrosos que tengan valor positivo.
- El negociante actúa por cuenta propia en la compra y posterior venta de residuos, quedando obligado a asegurar que se lleve a cabo una operación completa y adecuada de tratamiento de los residuos que adquiera y a acreditarlo documentalmente al productor inicial u otro poseedor de dichos residuos por medio del documento de identificación del traslado.
- Teniendo en consideración los dos puntos anteriores, los negociantes no podrán destinar los residuos adquiridos a instalaciones de valorización que realicen operaciones de tratamiento intermedio (R12 y R13) o a instalaciones que realicen operaciones de eliminación (D01-D15). Por tanto, los residuos con los que se negocie deben dirigirse directamente a instalaciones que tengan autorizadas operaciones de valorización entre R0101 y R1101 para poder asegurar el completo y adecuado tratamiento de los residuos y el valor positivo de estos
- Ambos requisitos, la compra y posterior venta, implican la traslación de la teoría jurídica civil del "título y el modo" para la transmisión de la propiedad, lo cual requiere la celebración de un contrato (título) y la posterior entrega (modo) de aquello que se quiere transmitir, aunque la entrega física de los residuos no es siempre necesaria.
- Además, el negocio contractual tiene carácter finalista; es decir, el negociante compra y vende los residuos "para su tratamiento", por lo que el negociante asume las responsabilidades inherentes a la determinación del tratamiento más adecuado para los residuos, debiendo observar a tal fin el principio de jerarquía de la gestión de los residuos establecida en el artículo 8 de la Ley 7/2022.
- El negociante y el productor inicial u otro poseedor de los residuos deberán haber suscrito entre ellos el correspondiente contrato que incluya todas las cláusulas y condiciones asumidas por las partes para garantizar el tratamiento medioambientalmente correcto de los residuos.
How to process
La comunicación previa se tramitará en los siguientes pasos:
1. Obtención de NIMA (número de identificación medioambiental) (Enlace al trámite en el apartado “Procedimientos relacionados”):
- Acceder con certificado electrónico al trámite
- Rellenar los datos de la empresa y/o del centro.
- Firmar y enviar electrónicamente.
Cuando se haya procesado la solicitud (como máximo en un plazo de 30 min) la empresa o entidad podrá comprobar el número de identificación medioambiental (NIMA) en el enlace facilitado en el procedimiento y en el apartado “Enlaces”.
2. Comunicación de la actividad de negociante como operación de gestión de residuos:
- Acceder con certificado electrónico a la plataforma de tramitación electrónica del presente trámite desde el icono “SOLICITUD Presentación autenticada”.
- Rellenar el formulario web.
- Adjuntar documentación.
En el caso de operar con residuos peligrosos, carta de pago que acredite el depósito de una fianza cuya cuantía se calculará con la fórmula que se indica a continuación, emitida por la Dirección Territorial de la Conselleria de Hacienda que le corresponda por su domicilio social.
Importe de la fianza (en euros) = 8.000 + Importe variable en función del volumen anual, declarado en la comunicación, de residuos peligrosos a negociar.
Importe variable para un volumen de negocio declarado (t/año) de hasta 300 t: 100 /t.
Importe variable para un volumen de negocio declarado (t/año) superior a 300 t: 100 /t por las primeras 300 t y 10 por cada tonelada adicional.
- Pago de la tasa (9756) obligatorio.
- Firmar y enviar electrónicamente.
En el plazo de 24-48 horas la empresa o entidad podrá comprobar el número de inscripción asignado para el desarrollo de la actividad en el Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunitat Valenciana, en la página web de la Conselleria. (Enlace al buscador de productores y gestores de residuos en la sección “Enlaces”)
3. Comunicación de los residuos que van a gestionar:
- Comprobar que la empresa aparece en el buscador de productores y gestores de residuos y dispone de inscripción y NIMA.
- Acceder con certificado electrónico a la plataforma de tramitación telemática de los documentos de control de residuos (ADCR 3.0). (Enlace a la plataforma en el apartado “Enlaces”)
-Dirigirse a la pestaña "Actualización de datos".
-Introducir los residuos que van a gestionar.
-En 24-48 horas podrán comprobar que los residuos introducidos aparecen en el buscador de productores y gestores de residuos asociados a la inscripción de negociante.
Se entenderá que la comunicación previa al inicio de la actividad de agente como operación de gestión de
residuos regulada en el artículo 35 de la Ley 7/2022 será efectiva cuando se hayan completado todos los
pasos detallados anteriormente.
En todo caso:
La comunicación previa permitirá el inicio de la actividad desde el día de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección atribuidas a la Administración Pública, quién procederá a la inscripción en el Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunitat Valenciana y a su publicación en el listado de gestores de la página web de la Conselleria a efectos informativos.
La presentación de la comunicación previa no exime al interesado de la obligación de obtener aquellas otras autorizaciones o licencias que resulten exigibles para el ejercicio de la actividad por aquella otra normativa que le resulte aplicable.
La comunicación previa permitirá el ejercicio de la actividad en todo el territorio nacional sin la necesidad de registrarse en cada territorio autonómico en el que pretenda desarrollarla.
Será de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
46018 - València/Valencia
Collaborating certification entities
Request
En cualquier momento previo al inicio de la actividad.
Las entidades o empresas presentarán los siguientes formularios y documentación:
- Formulario telemático para la obtención de NIMA.
- Formulario telemático de comunicación de la actividad de negociante como operación de gestión de residuos, en el que se realizará simultáneamente el pago de la tasa.
A este formulario se adjuntará la siguiente documentación:
- Carta de pago de la fianza (en el caso de gestionar residuos peligrosos).
- Comunicación telemática en la plataforma ADCR 3.0 de los residuos con los que va a negociar.
Tasas 2024: 103,96 euros.
El pago de la tasa será único independientemente del tipo de residuos a gestionar (peligroso o no peligroso).
El pago de la tasa se realiza dentro del procedimiento, por lo que debe dirigirse directamente al icono “SOLICITUD Presentación autenticada”, seguir los pasos de la tramitación y, en el punto 4, se le requerirá el pago telemático de la tasa.
Dado que los solicitantes pueden ser tanto personas físicas obligadas a relacionarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos, en virtud del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como...
Resolution
En su condición de gestor de residuos, deberá cumplir con el régimen de obligaciones previsto en el artículo 23 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y en la normativa de desarrollo reglamentario, y en particular:
- Cumplir con lo declarado en su comunicación de actividad y con las cláusulas y condiciones asumidas contractualmente con el productor inicial u otro poseedor de los residuos.
- Gestionar residuos peligrosos y no peligrosos que tengan valor positivo y acreditar documentalmente esta condición en la correspondiente comunicación.
- Asegurar que se lleve a cabo una operación completa de tratamiento de los residuos que adquieran y acreditarlo documentalmente al productor inicial u otro poseedor de dichos residuos por medio del documento de identificación del traslado.
- Disponer de un archivo electrónico donde se recoja por orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen, destino, método de tratamiento de los residuos, medio de transporte y frecuencia de recogida. Se guardará la información del archivo cronológico durante, al menos, cinco años y estará a disposición de las autoridades competentes a efectos de inspección y control.
- Las entidades y empresas que negocien con residuos peligrosos estarán obligados a:
· Enviar, antes del 1 de marzo del año posterior respecto al cual se hayan recogido los datos, una memoria resumen de la información contenida en el archivo cronológico a la comunidad autónoma en la que hayan presentado la comunicación.
· Constituir una fianza, cuya cuantía se establece en el anexo IV del Real Decreto 208/2022, de 22 de marzo, sobre las garantías financieras en materia de residuos, para responder frente a la administración del cumplimiento de las obligaciones que se deriven del ejercicio de la actividad y de la comunicación.
·Suscribir un seguro u otra garantía financiera que cubra las responsabilidades a que puedan dar lugar sus actividades.
46018 - València/Valencia
El ejercicio de una actividad de gestión de residuos sin la preceptiva comunicación, así como el incumplimiento de la información incorporada en la comunicación, constituye una infracción grave o muy grave, y podrá dar lugar a la imposición de sanciones, según se establece en el artículo 108 y...
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