Solicitud de modificación de localización de la superficie autorizada de plantación de viñedo de vinificación - GVA.ES
Solicitud de modificación de localización de la superficie autorizada de plantación de viñedo de vinificación
Department: Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca
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from 01-01-2018
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What is it and what is it for?
What is it and what is it for?
Modificar la localización de las parcelas para las que fue autorizada una plantación de viñedo de vinificación en casos debidamente justificados y según lo establecido por la normativa del sector.
Who can apply?
Who can apply?
El titular de la autorización de plantación en vigor.
Regulations of the procedure
Regulations of the procedure
- Ley 24/2003 de la Jefatura del Estado, de 10 de julio, de la Viña y del vino.
- Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de ordenación del sector Vitivinícola de la Comunitat Valenciana.
- Decreto 8/2007, de 19 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de Ordenación del Sector Vitivinícola de la Comunitat Valenciana.
- Reglamento (UE) Nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n o 922/72, (CEE) n o 234/79, (CE) n o 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007.
- Resolución de 29 de julio de 2016, de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Agraria Común (PAC), sobre delegación en los directores/as territoriales de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural para la resolución de los procedimientos necesarios para el mantenimiento del Registro Vitícola de la Comunitat Valenciana.
- Decreto 67/2017, de 26 de mayo, del Consell, por el que se regula el Registro Vitícola y las declaraciones obligatorias del sector vitícola en la Comunitat Valenciana.
- ORDEN 7/2018, de 13 de febrero, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural por la que se regula el potencial de producción vitícola y las declaraciones obligatorias del sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana
- Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
- Resolución de 27 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se fija, para el año 2019, la superficie que se podrá conceder para autorizaciones de nuevas plantaciones de viñedo a nivel nacional, por la que se establecen las denominaciones de origen protegidas supraautonómicas donde se podrán aplicar limitaciones a las nuevas plantaciones y restricciones a las solicitudes de autorizaciones de replantación y de conversión de derechos de plantación, y se da publicidad a las decisiones adoptadas por las comunidades autónomas sobre las recomendaciones de limitación de autorizaciones de nueva plantación, de replantación y de conversión de derechos de plantación en el ámbito de las Denominaciones de Origen Protegidas que se ubiquen en su territorio.
- Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
Doubts about telematic processing
Doubts about telematic processing
Term
Term
Durante todo el año, previo a la plantación y como mínimo 3 meses antes del final de la vigencia de la autorización.
Documentation and forms
1. Documentación acreditativa de la identidad del solicitante, en el caso de no autorizar éstos la consulta de datos de identidad y, en el caso de personas jurídicas, NIF y escritura de constitución de la sociedad, junto a la documentación acreditativa de la identidad del representante y poderes de representación.
2. La nueva superficie solicitada tendrá el mismo tamaño en hectáreas, estará a disposición del solicitante en cualquier régimen de tenencia y con la autorización en vigor.
La titularidad de la parcela solicitada se comprobará de oficio en el proceso administrativo de resolución del procedimiento mediante consulta con la Oficina Virtual de Catastro. No obstante, el solicitante podrá acreditar ésta mediante escritura de propiedad con datos catastrales.
En caso que el explotador solicitante de la modificación de localización de la autorización de plantación, sea distinto del propietario de la parcela debe presentar una autorización expresa del propietario/a de la parcela, en virtud de la cual el explotador/a, puede ejercer la replantación, previa autorización de la Conselleria con competencias en materia de agricultura, en las tierras que tiene arrendadas. A tal efecto, se presenta una única solicitud por cada explotador y propietario.
3. En su caso, documentación identificativa de la parcela/s sobre las que solicita la autorización de plantación. Tanto de la subparcela/s RV de origen, como de la superficie concreta objeto de la actuación se solicitarán obligatoriamente con las referencias SIGPAC. En el caso de discrepancias con dicha identificación (cambios de catastro, discrepancias con los lindes de la parcela, etc.;) deberá aportarse Plano Catastral.
Cuando la subparcela sobre la que se actúa se correlaciona con parte de un recinto SIGPAC y/o en el caso de autorización de plantación parciales sobre la superficie de un recinto se generarán y aportarán los croquis correspondientes a la parte del recinto correlacionado o a la parte de esta plantación.
4. Documentación que motive la modificación de las parcelas inicialmente solicitadas en las autorizaciones.
5. Si el origen de la autorización es una nueva plantación, la nueva parcela estará a disposición del solicitante desde el momento de la solicitud de la autorización de nueva plantación y la nueva superficie no podrá estar localizada en una zona en la que se hubieran aplicado limitaciones en el año en el que se hubiera solicitado la modificación, y se hubiera alcanzado el límite máximo, mientras que la superficie inicial estaba situada fuera de esa zona.
6. Si la solicitud es para modificar la localización de una autorización concedida para replantación o por conversión de un derecho de plantación, y la nueva superficie estuviera localizada en una zona en la que se aplican restricciones en el año de la solicitud de la modificación, la autorización concedida quedará sometida a las mismas restricciones.
7. Si la nueva superficie solicitada esta radicada en otra Comunidad Autónoma se presentará la solicitud ante la autoridad competente de la misma, la cual comunicará dicha solicitud a la Conselleria competente.
Presentation
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Face-to-face
a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
No obstante, los solicitantes que sean personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente. En caso de que se hiciera presencialmente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Para realizar la Solicitud Única deben dirigirse a la Oficina Comarcal Agraria de su ámbito territorial:
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA SAFOR - GANDIA-Valencia
AVDA. REPÚBLICA ARGENTINA, 28 - PB
46700-Gandia
Telf.: 962829510
Fax: 962829519
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), RINCÓN DE ADEMUZ - TORREBAJA-Valencia
PL. AYUNTAMIENTO, 1-2N
46143-Torrebaja
Telf.: 978787015
Fax: 978787018
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), L'HORTA SUD - ALDAIA-Valencia
C/ PABLO IGLESIAS, 10
46960-Aldaia
Telf.: 961207220
Fax: 961207229
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA VALL D'ALBAIDA - CASTELLÓ DE RUGAT-Valencia
C/ DE LAS ESCUELAS, S/N
46841-Castelló de Rugat
Telf.: 962829500
Fax: 962829509
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA) CAMP DE TÚRIA - LLÍRIA-Valencia
PLA DE RASCANYA, S/N
46160-Llíria
Telf.: 962718470
Fax: 962718471
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), L'ALCALATÉN - LLUCENA/LUCENA DEL CID-Castellón
CTRA. DE XODOS KM. 0'5
12120-Llucena/Lucena del Cid
Telf.: 964399680
Fax: 964399688
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), L'HORTA NORD - FOIOS-Valencia
C/ CONCORDIA, 4
46134-Foios
Telf.: 961207240
Fax: 961207241
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA MARINA ALTA - PEGO-Alicante
C/ SAN ELOY, 6
03780-Pego
Telf.: 966409970
Fax: 966409981
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), EL MAESTRAT - VALL D'ALBA-Castellón
PL. DE LA IGLESIA, 11
12194-Vall d'Alba
Telf.: 964399690
Fax: 964399701
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA RIBERA BAIXA - CULLERA-Valencia
C/ MÉDICO JOAN PESET, 2
46400-Cullera
Telf.: 961719150
Fax: 961719152
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), ALTO PALANCIA - SEGORBE-Castellón
AVDA. FRAY LUIS AMIGÓ, 11
12400-Segorbe
Telf.: 964336800
Fax: 964336812
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LOS SERRANOS - CHELVA-Valencia
C/ FOTÓGRAFO BELENGUER, Nº 2
46176-Chelva
Telf.: 962103090
Fax: 962103099
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA VALL D'AYORA - AYORA-Valencia
C/ COFRENTES, 8
46620-Ayora
Telf.: 961898900
Fax: 961898908
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA RIBERA ALTA - ALZIRA-Valencia
C/ PINTOR SOROLLA, 4
46600-Alzira
Telf.: 962458070
Fax: 962458088
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA PLANA ALTA - VILA-REAL-Castellón
CTRA. ONDA, KM. 3
12540-Vila-real
Telf.: 964399650
Fax: 964399664
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA) - UTIEL-Valencia
AV. DEL DEPORTE, 1
46300-Utiel
Telf.: 962169315
Fax: 962169326
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), CAMP DE MORVEDRE - SAGUNT/SAGUNTO-Valencia
PL. TRINIDAD, 2
46500-Sagunt/Sagunto
Telf.: 962617840
Fax: 962617847
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), ELS PORTS - MORELLA-Castellón
CTRA. MORELLA-FORCALL, KM. 4
12300-Morella
Telf.: 964189010
Fax: 964189019
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA) - REQUENA-Valencia
PL. VALENTÍN GARCÍA TENA, 1
46340-Requena
Telf.: 962323404
Fax: 962323419
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA MARINA BAIXA - CALLOSA D'EN SARRIÀ-Alicante
C/ DEL FONDO, 3
03510-Callosa d'en Sarrià
Telf.: 966870660
Fax: 966870661
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), HOYA DE BUÑOL - CHIVA-Valencia
POL. AGROINDUSTRIAL "LA MURTA"
46370-Chiva
Telf.: 961808470
Fax: 961808485
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), L'ALACANTÍ - SANT JOAN D'ALACANT-Alicante
AVDA. MUCHAMIEL, S/N - URB. RAJOLETES 2
03550-Sant Joan d'Alacant
Telf.: 966478650
Fax: 966478655
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), BAJO SEGURA - ORIHUELA-Alicante
C/ LÓPEZ POZAS, S/N
03300-Orihuela
Telf.: 966748433
Fax: 966748475
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), VINALOPÓ MITJÀ - NOVELDA-Alicante
AVDA. ALFONSO X EL SABIO, 40
03660-Novelda
Telf.: 966908275
Fax: 966908284
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), EL COMPTAT I L'ALCOIÀ - COCENTAINA-Alicante
C/ SALIDA A FRAGA, 9
03820-Cocentaina
Telf.: 965533680
Fax: 965533689
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), CAMP D'ELX - ELX/ELCHE-Alicante
CTRA. ELCHE-DOLORES, KM. 1
03002-Elx/Elche
Telf.: 966912400
Fax: 966912401
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA PLANA DE VINARÒS - VINARÒS-Castellón
C/ HOSPITAL, 5 - APDO. CORREOS 102
12500-Vinaròs
Telf.: 964468550
Fax: 964468561
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), L'ALT VINALOPÓ - VILLENA-Alicante
C/ POETISA ELENA MONTIEL, S/N - APDO. CORREOS 188
03400-Villena
Telf.: 965823740
Fax: 965823749
* REGISTRO DE LA OFICINA COMARCAL AGRARIA (OCA), LA PLANA BAIXA - LA VALL D'UIXÒ-Castellón
C/ JAIME I, 17
12600-Vall d'Uixó, la
Telf.: 964369665
Fax: 964399677
Y, preferentemente, en:
Where to go
- Registro de la Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Alicante
- Registro de la Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Valencia
- Registro de la Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Castellón
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2
03003 - Alacant/Alicante
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
Av. HERMANOS BOU, 47
12003 - Castelló/Castellón
Telematics
Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como las personas solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat.
Para acceder de forma telemática al procedimiento, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado cualificado de representante de entidad (si es persona jurídica) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (si es persona física), ambos emitidos por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunitat Valenciana (ACCV). Asimismo, se podrá utilizar cualquier otro sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat (sede.gva.es/es/sede_certificados).
Cuando se quiera tramitar un procedimiento en representación de otras personas físicas o jurídicas, se podrá otorgar dicha representación a través del Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/). El acceso a dicho registro por parte de los representados puede realizarse utilizando un certificado cualificado de ciudadano (si es persona física) o de representante de entidad (si es persona jurídica).
Los documentos que se anexen al trámite telemático, cuando proceda, deberán ir firmados electrónicamente por quienes sean competentes para ello.
Los trámites que se realicen a través de la sede electrónica de la Generalitat pero que no lleguen a registrarse, se pueden recuperar en un momento posterior para terminar la presentación telemática accediendo al área personal de la Generalitat desde el apartado “cómo va lo mío”-> “solicitudes en creación” (https://www.tramita.gva.es/cdc/login.html?idioma=es).
Processing process
Processing process
1. Las solicitudes presentadas se tramitarán de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. A la vista de las solicitudes presentadas y la documentación adjunta, los Servicios Territoriales competentes en el Registro Vitícola y declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola, verificarán el cumplimiento de los requisitos para su aprobación y emitirán una propuesta, que elevarán al Director Territorial competente en dicha materia, quien dictará resolución.
3. Se fija en tres meses el plazo máximo para resolver el procedimiento de acreditación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa se entenderá denegada la solicitud.
Processing bodies
Processing bodies
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Castellón
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Valencia
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Alicante
Av. HERMANOS BOU, 47
12003 - Castelló/Castellón
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2
03003 - Alacant/Alicante
Observations
Observations
La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su recepción, recurso de alzada ante el Secretario Autonómico de Agricultura, Ganadería y Pesca, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Deadline
Deadline
Se fija en tres meses el plazo máximo para resolver el procedimiento de acreditación. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera producido resolución expresa se entenderá denegada la solicitud.
Resolution bodies
Resolution bodies
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Castellón
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Valencia
- Dirección Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca - Alicante
Av. HERMANOS BOU, 47
12003 - Castelló/Castellón
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 - València/Valencia
C/ PROFESSOR MANUEL SALA, 2
03003 - Alacant/Alicante
Exhausts administrative life
Exhausts administrative life
No