Convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2021 a entidades locales para la financiación de proyectos de itinerarios integrados para la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social.

Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Code SIA: 223693
|
Code GVA: 18190
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Closed term

From 01-06-2021

Until 21-06-2021

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What is

What is it and what is it for

Las subvenciones se otorgarán para la realización de proyectos de desarrollo de itinerarios integrados para la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social que se desarrollen en el ámbito de territorial de la Comunitat Valenciana.

Terms
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From 01-06-2021 until 21-06-2021
Normative
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).
  • Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (DOCV núm. 7464 de 12/02/2015).
  • Orden 10/2017, de 29 de noviembre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de itinerarios integrados para la inserción sociolaboral de personas en situación o...
  • Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2021, las subvenciones dirigidas al desarrollo de itinerarios integrados para la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión...
  • Extracto de la Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las subvenciones dirigidas al desarrollo de itinerarios integrados para la inserción sociolaboral de personas en situación o...

Who is it addressed to

Administration
Interested people

Entidades Locales.

Requirements

Podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones las entidades locales que cumplan los requisitos establecidos en artículo 4 de la Orden 10/2017, de 29 de noviembre, de Vicepresidencia y Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se establecen las bases reguladoras...

Know more

How to process

Processing process

El órgano encargado de la ordenación e instrucción del expediente será la Dirección General competente en materia de inclusión social.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos exigidos, o no se acompañe la documentación que de acuerdo con esta orden resulte exigible, se requerirá a la persona interesada para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en la legislación de Procedimiento Administrativo Común.

En cualquier fase de la tramitación de los expedientes, a la vista de la documentación obrante en cada uno de estos y de las obligaciones que se adquieren por la concesión de la ayuda, se podrán recabar informes de los organismos y de las entidades que se estime oportuno y efectuar las comprobaciones necesarias sobre la exactitud de todo ello.

Assessment criteria

1) Criterios objetivos para las Entidades Locales:

a) Criterios relacionados con el ámbito territorial de actuación:

1º Situación de colectivos en situación o riesgo de exclusión social en el ámbito territorial de la actuación. Se valorará con un máximo de 15 puntos.

2º Indices de desempleo, de personas migrantes, de personas procedentes de minorías étnicas, de personas en situación de o riesgo de exclusión social, e indicadores municipales de Servicios Sociales. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

3º Recursos existentes de los Servicios Sociales municipales en la zona de actuación. Se valorará con un máximo de 5 puntos.

4º Existencia de Plan de Inclusión Social y mecanismos de participación y coordinación intersectoriales y comunitario existentes en el municipio y ámbito territorial de actuación. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

b) Criterios relacionados con la actuación:

1º Perfil y número de las personas beneficiarias del proyecto. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

2º Perfil profesional de los recursos humanos adscritos a la ejecución del proyecto y que estas personas vengan a reforzar las plantillas existentes en Servicios Sociales. Se valorará con un máximo de 15 puntos.

3º Planteamiento de los itinerarios de inserción, metodología y coherencia entre objetivos, indicadores y resultados. Se valorará con un máximo de 15 puntos.

4º Cronograma, mecanismos de seguimiento, evaluación y medición de impacto. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

5º Prácticas de innovación social en el proyecto. Se valorará con un máximo de 5 puntos.

6º Existencia de un protocolo de actuación para la no discriminación e igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Se valorará con un máximo de 5 puntos

Para que la actuación se considere susceptible de ser subvencionada, será necesario obtener al menos 20 puntos en los criterios relacionados con el ámbito territorial de actuación y 30 puntos en los criterios relacionados con la actuación.

2) Criterios objetivos para las Entidades del Tercer Sector de Acción Social:

a) Criterios relacionados con la entidad solicitante:

1º Implantación y base social en el ámbito de actuación territorial. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

2º Especialización en el trabajo con el colectivo objeto del proyecto. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

3º Experiencia en proyectos de inserción sociolaboral con colectivos en riesgo o exclusión social. Se valorará con un máximo de 15 puntos.

3º Transparencia y buenas prácticas. Se valorará con un máximo de 5 puntos.

4º Capacidad operativa, solvencia y sostenibilidad. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

b) Criterios relacionados con la actuación:

1º Perfil de las personas beneficiarias del proyecto. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

2º Perfil profesional de los recursos humanos adscritos a la ejecución del proyecto y que estas vengan a reforzar las plantillas existentes. Se valorará con un máximo de 10 puntos.

3º Planteamiento de los itinerarios de inserción, metodología y coherencia entre objetivos, indicadores y resultados. Se valorará con un máximo de 15 puntos.

4º Cronograma, mecanismos de seguimiento, evaluación y de medición de impacto. Se valorará con un máximo de 10 puntos

5º Prácticas de innovación de transformación social, análisis del impacto de género y contar con un protocolo de actuación para la no discriminación e igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Se valorará con un máximo de 5 puntos.

Para que la actuación se considere susceptible de ser subvencionada, será necesario obtener al menos 25 puntos en los criterios relacionados con la entidad solicitante y 25 puntos en los criterios relacionados con la actuación.

Processing bodies
El órgano encargado de la ordenación e instrucción del expediente será la Dirección General competente en materia de inclusión social. En la Dirección General competente en materia de inclusión social se creará una Comisión de Evaluación. Dicha comisión elaborará una relación ordenada de...
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Request

Term
From 01-06-2021 until 21-06-2021

El plazo para la presentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 9096/ 31.05.2021.

Documentation
Las solicitudes se presentarán de manera telemática en los términos que se determinen en la convocatoria. En la solicitud se cumplimentará la autorización de consulta telemática de datos para ayudas y subvenciones. La no autorización supondrá que la interesada deberá aportar, junto con la...
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Form of presentation
Telematics
La presentación se realizará única y exclusivamente de manera telemática a través de la sede electrónica de la Generlalitat. Las solicitudes se podrán presentar durante las veinticuatro horas del día siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes.

    Resolution

    Deadline
    EL plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución de convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya dictado resolución expresa, las...
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    Amount and charge
    El presupuesto será de 9.084.821,81 euros repartidos de la siguiente manera : a) Entidades locales un máximo de 4.542.410,91 euros. De acuerdo con el apartado 3. a) del artículo 4 de la Orden 10/2017, se subvencionará un máximo de 107.142,86 € en concepto de costes salariales brutos, más un 25%...
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    Obligations
    Además de las obligaciones que se establecen en el artículo 14 de la Ley 38/2003, y en los artículos 159 y siguientes de la Ley 1/2015, en el artículo 6 de la Orden 10/2017 se establecen las siguientes: 1) Desarrollar las actuaciones conforme a los objetivos y requisitos establecidos en la...
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    Observations

    La resolución de concesión de la subvención que se dicte conforme a esta convocatoria, pondrá fin a la vía administrativa, y contra la misma se podrá interponer, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación o bien directamente recurso...

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    Resolution bodies
    Dicha comisión elaborará una relación ordenada de solicitantes de las ayudas convocadas de acuerdo con los criterios establecidos en estas bases y las condiciones de concesión que se establezcan en la correspondiente convocatoria, proponiendo al órgano competente para la concesión de las ayudas...
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    Sanctions
    El régimen sancionador se aplicará por la comisión de infracciones administrativas contemplada en la normativa básica estatal a aquellos sujetos que sean responsables de las mismas y se regirá por lo dispuesto en el Capítulo IV del Título X de la Ley 1/2015.